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Presidente ilegal

3 Comentarios
 
25/12/2003 16:28
La ley dice que la renovacion es anual, pero si no hay reuniones el PResidente puede ejercer de Presidente para toda la vida, pues ustedes el 25% pueden convocar junta, si el no la convoca, las citaciones se las envian al domicilio que usted haya dejado para las notificaciones, y la ley dice que tambien en el Tablon de anuncios, que para el efecto se tendra en la comunidad, si no le han podido notificar, ponen la notificacíon alli y es valida
24/12/2003 19:22
Creo que no he explicado bién, el presidente fué nombrado en junta el 23 de diciembre de 2001, por el periodo de un año, por lo tanto su cargo caduco el 23 de diciembre de 2202, sin que me conste proroga de cargo en junta ni reelección, del que hace la citación como presidente, además me interesa saber como se ha de comunicar la citación, si se ha de hacer por correo certificado o no pues si no es así como consta su efectiva recepción, porque se pueden haber celebrado juntas sin que se me haya notificado.
23/12/2003 18:47
Aunque se hayan impugnado las actas, si el juez no ha dispuesto la suspensión de la ejecución de los acuerdos, (art. 18.4) esos acuerdos estan vigentes, por lo que si no se ha nombrado otro presidente, ese presidente caduco no es tan caduco, hasta que un juzgado lo diga, o ustedes en una junta lo destituya.
Si Es valida la convocatoria
Presidente ilegal
22/12/2003 22:07
He recibido notificacion oficiosa, del presidente de comunidad cullo periodo por el cual fue nombrado caduco hace un año, por motibos de impugnacion de actas no se han celebrado juntas desde entonces por lo que oficialmente no exìste presidente ¿ es valida esta convocatoria por el presidente caduco?
Presidente ilegal | PorticoLegal
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25/12/2003 16:28
La ley dice que la renovacion es anual, pero si no hay reuniones el PResidente puede ejercer de Presidente para toda la vida, pues ustedes el 25% pueden convocar junta, si el no la convoca, las citaciones se las envian al domicilio que usted haya dejado para las notificaciones, y la ley dice que tambien en el Tablon de anuncios, que para el efecto se tendra en la comunidad, si no le han podido notificar, ponen la notificacíon alli y es valida
24/12/2003 19:22
Creo que no he explicado bién, el presidente fué nombrado en junta el 23 de diciembre de 2001, por el periodo de un año, por lo tanto su cargo caduco el 23 de diciembre de 2202, sin que me conste proroga de cargo en junta ni reelección, del que hace la citación como presidente, además me interesa saber como se ha de comunicar la citación, si se ha de hacer por correo certificado o no pues si no es así como consta su efectiva recepción, porque se pueden haber celebrado juntas sin que se me haya notificado.
23/12/2003 18:47
Aunque se hayan impugnado las actas, si el juez no ha dispuesto la suspensión de la ejecución de los acuerdos, (art. 18.4) esos acuerdos estan vigentes, por lo que si no se ha nombrado otro presidente, ese presidente caduco no es tan caduco, hasta que un juzgado lo diga, o ustedes en una junta lo destituya.
Si Es valida la convocatoria
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22/12/2003 22:07
He recibido notificacion oficiosa, del presidente de comunidad cullo periodo por el cual fue nombrado caduco hace un año, por motibos de impugnacion de actas no se han celebrado juntas desde entonces por lo que oficialmente no exìste presidente ¿ es valida esta convocatoria por el presidente caduco?