Buenos días jarco, ¿ Has realizado esas tareas con anterioridad, aun con esa categoría profesional?.
En cuanto al impago de nóminas, aun asi, estas obligado a trabajar mientras tengas contrato en vigor. Lo que si te diría, es que, a tenor de la jurisprudencia, estas capacitado con esos meses y esos retrasos, a solicitar el pago de las mismas ante el juzgado.
1) Continuar trabajando en la empresa y reclamar los salarios que le adeudan ante la jurisdicción laboral
2) Extinguir el contrato de trabajo con efectos de despido improcedente (con la consiguiente indemnización) y acumularla con la reclamación de salarios.
El primer paso a seguir será acudir al SMAC/CMAC u organo equivalente de la comunidad autonoma donde resida y posteriormente si no alcanza un acuerdo con la empresa , interponer demanda ante el orden social, para lo que será muy conveniente que acuda asistido de un abogado laboralista.
Si desea le amplie información, puede llamarme sin compromiso alguno y gratuitamente a mi despacho y le facilitaré toda la información que precise.
Igualmente le comento que nuestro despacho se ajusta siempre a las circunstancias económicas individuales de cada uno de nuestros clientes otorgando todo tipo de facilidades, por lo que el dinero nunca puede suponer un impedimento para hacer valer sus derechos.