1) Continuar trabajando en la empresa y reclamar los salarios que le adeudan ante la jurisdicción laboral
2) Extinguir el contrato de trabajo con efectos de despido improcedente (con la consiguiente indemnización) y acumularla con la reclamación de salarios.
El primer paso a seguir será acudir al SMAC/CMAC u organo equivalente de la comunidad autonoma donde resida y posteriormente si no alcanza un acuerdo con la empresa , interponer demanda ante el orden social, para lo que será muy conveniente que acuda asistido de un abogado laboralista.
Si desea le amplie información, puede llamarme sin compromiso alguno y gratuitamente a mi despacho y le facilitaré toda la información que precise.
Igualmente le comento que nuestro despacho se ajusta siempre a las circunstancias económicas individuales de cada uno de nuestros clientes otorgando todo tipo de facilidades, por lo que el dinero nunca puede suponer un impedimento para hacer valer sus derechos.
Buenos días jarco, ¿ Has realizado esas tareas con anterioridad, aun con esa categoría profesional?.
En cuanto al impago de nóminas, aun asi, estas obligado a trabajar mientras tengas contrato en vigor. Lo que si te diría, es que, a tenor de la jurisprudencia, estas capacitado con esos meses y esos retrasos, a solicitar el pago de las mismas ante el juzgado.