Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Prestación de servicios indistintamente en grupo de empresas a efectos laborales

6 Comentarios
 
12/02/2018 18:21
Anitsirc91
Estimado Anitsirc91,

El problema principal que yo veo es que los trabajadores afectados por la supuesta cesión ilegal (hablo según la teoria de la inspección de trabajo) pueden adquirir la condición de indefinidos en la plantilla de la empresa donde vienen prestando realmente su oficio, y ambas empresas responden solidariamente de las deudas que puedan generarse ante la seguridad social, si las hubiese.

Evidentemente frente al acta del inspector de trabajo, tendrá que defenderse que el trabajador presta su trabajo para un grupo de empresas y no existe una cesión ilegal, de ahí que le comentara que es un asunto delicado y más teniendo en cuenta que la inspección esta desde hace unos años muy seria con el asunto de las posibles cesiones de trabajadores, horas extras y los registros de jornada en las empresas.
12/02/2018 14:05
Anitsirc91
Es decir que realizan trabajos para clientes externos de las diferentes empresas?
12/02/2018 13:59
Wolframio85
El contrato es con una empresa que junto a otras forma un grupo de empresa a efectos laborales. Pero prestan servicios indistintamente para una u otra.
12/02/2018 13:58
julianplata
Claro, el problema es que la inspección de trabajo parece ser que está considerando que hay cesión ilegal porque al llevar a cabo sus actuaciones de inspección comprobó que los trabajadores que allí se encontraban no formaban parte realmente de la plantilla de esa empresa. Pero es que existe grupo de empresas a efectos laborales, hay confusión de plantilla. Luego entiendo que sería totalmente legal que esos trabajadores prestaran servicios indistintamente en una empresa u otra, aunque su empleador sea concretamente una.

¿Podría haber consecuencias para con la seguridad social?

Gracias.
12/02/2018 13:27
Anitsirc91
Estimado consultante,

El tema que usted plantea es desde mi punto de vista delicado, pues si bien es cierto es que si existe un grupo de empresas formal y la cesión de trabajadores se basa en criterios organizativos o economicos puntuales no habría en principio mayores problemas, sin embargo, si es cierto que alguno de esos trabajadores demandase a la empresa por cesión ilegal con los efectos oportunos.
12/02/2018 13:18
Anitsirc91
Depende de como estén contratados, lo normal sería que exista una empresa contratante que es la que abona nómina y responde al alta en seguridad social y que se establezcan como puntos de trabajo las otras empresas.

Es decir una empresa les tiene contratados, y el resto de empresas subcontratan a esta empresa. Si este es el caso no hay problema ya que solo existe un pagador como tal.

Otro asunto sería si cada vez trabajan contratados para una empresa diferente.
Prestación de servicios indistintamente en grupo de empresas a efectos laborales
12/02/2018 12:30
Mi duda estriba en si conlleva algún tipo de problemática legal con la seguridad social o la inspección de trabajo el hecho de que una serie de trabajadores que prestan sus servicios en un grupo de empresas a efectos laborales presten tales servicios indistintamente en una u otras empresas. Por ejemplo, un mes en una empresa, dos meses en otra, dos semanas en otra y así.
Prestación de servicios indistintamente en grupo de empresas a efectos laborales | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Prestación de servicios indistintamente en grupo de empresas a efectos laborales

6 Comentarios
 
12/02/2018 18:21
Anitsirc91
Estimado Anitsirc91,

El problema principal que yo veo es que los trabajadores afectados por la supuesta cesión ilegal (hablo según la teoria de la inspección de trabajo) pueden adquirir la condición de indefinidos en la plantilla de la empresa donde vienen prestando realmente su oficio, y ambas empresas responden solidariamente de las deudas que puedan generarse ante la seguridad social, si las hubiese.

Evidentemente frente al acta del inspector de trabajo, tendrá que defenderse que el trabajador presta su trabajo para un grupo de empresas y no existe una cesión ilegal, de ahí que le comentara que es un asunto delicado y más teniendo en cuenta que la inspección esta desde hace unos años muy seria con el asunto de las posibles cesiones de trabajadores, horas extras y los registros de jornada en las empresas.
12/02/2018 14:05
Anitsirc91
Es decir que realizan trabajos para clientes externos de las diferentes empresas?
12/02/2018 13:59
Wolframio85
El contrato es con una empresa que junto a otras forma un grupo de empresa a efectos laborales. Pero prestan servicios indistintamente para una u otra.
12/02/2018 13:58
julianplata
Claro, el problema es que la inspección de trabajo parece ser que está considerando que hay cesión ilegal porque al llevar a cabo sus actuaciones de inspección comprobó que los trabajadores que allí se encontraban no formaban parte realmente de la plantilla de esa empresa. Pero es que existe grupo de empresas a efectos laborales, hay confusión de plantilla. Luego entiendo que sería totalmente legal que esos trabajadores prestaran servicios indistintamente en una empresa u otra, aunque su empleador sea concretamente una.

¿Podría haber consecuencias para con la seguridad social?

Gracias.
12/02/2018 13:27
Anitsirc91
Estimado consultante,

El tema que usted plantea es desde mi punto de vista delicado, pues si bien es cierto es que si existe un grupo de empresas formal y la cesión de trabajadores se basa en criterios organizativos o economicos puntuales no habría en principio mayores problemas, sin embargo, si es cierto que alguno de esos trabajadores demandase a la empresa por cesión ilegal con los efectos oportunos.
12/02/2018 13:18
Anitsirc91
Depende de como estén contratados, lo normal sería que exista una empresa contratante que es la que abona nómina y responde al alta en seguridad social y que se establezcan como puntos de trabajo las otras empresas.

Es decir una empresa les tiene contratados, y el resto de empresas subcontratan a esta empresa. Si este es el caso no hay problema ya que solo existe un pagador como tal.

Otro asunto sería si cada vez trabajan contratados para una empresa diferente.
Prestación de servicios indistintamente en grupo de empresas a efectos laborales
12/02/2018 12:30
Mi duda estriba en si conlleva algún tipo de problemática legal con la seguridad social o la inspección de trabajo el hecho de que una serie de trabajadores que prestan sus servicios en un grupo de empresas a efectos laborales presten tales servicios indistintamente en una u otras empresas. Por ejemplo, un mes en una empresa, dos meses en otra, dos semanas en otra y así.