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prestación desempleo después de cumplir 65 años

2 Comentarios
 
Prestación desempleo después de cumplir 65 años
05/09/2014 07:56
Quisiera si alguien me puede informar si un trabajador tienen reconocida la prestación por desempleo y durante ese tiempo cumple 65 años y 2meses y tiene todos los requisitos para jubilarse, si obligatoriamente tiene que jubilarse o si puede seguir cobrando la prestación de desempleo y una finalizada ésta solicitar después la jubilación .
Muchas gracias
07/09/2014 21:17
La respuesta a su pregunta se encuentra en el artículo 207.d) de la Ley General de la Seguridad Social al precisar como condición para el acceso a la prestación de desempleo no haber cumplido la edad ordinaria que se exija en cada caso para causar derecho a la pensión contributiva de jubilación, salvo que el trabajador no tuviera acreditado el período de cotización requerido para ello, o se trate de supuestos de suspensión de relaciones o reducción de jornada autorizados por resolución administrativa. Es decir, tiene preferencia la jubilación sobre el desempleo.
08/09/2014 07:58
Muchas gracias
prestación desempleo después de cumplir 65 años | PorticoLegal
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Prestación desempleo después de cumplir 65 años
05/09/2014 07:56
Quisiera si alguien me puede informar si un trabajador tienen reconocida la prestación por desempleo y durante ese tiempo cumple 65 años y 2meses y tiene todos los requisitos para jubilarse, si obligatoriamente tiene que jubilarse o si puede seguir cobrando la prestación de desempleo y una finalizada ésta solicitar después la jubilación .
Muchas gracias
07/09/2014 21:17
La respuesta a su pregunta se encuentra en el artículo 207.d) de la Ley General de la Seguridad Social al precisar como condición para el acceso a la prestación de desempleo no haber cumplido la edad ordinaria que se exija en cada caso para causar derecho a la pensión contributiva de jubilación, salvo que el trabajador no tuviera acreditado el período de cotización requerido para ello, o se trate de supuestos de suspensión de relaciones o reducción de jornada autorizados por resolución administrativa. Es decir, tiene preferencia la jubilación sobre el desempleo.
08/09/2014 07:58
Muchas gracias