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Prestacion desempleo

4 Comentarios
 
11/03/2009 19:35
Se me ocurre una posible actuación si la prestación reconocida no computan esos días o que, o bien, no tienes derecho a prestación al no contártelos.

Cuando solicites la prestación y te llegue la resolución con el número de días cotizados y reconocidos de prestación tienes un determinado plazo (creo que un mes) para hacer la Reclamación Previa. Te pueden dar un modelito en el INEM. Una vez rellenado, adjuntaría todos los datos probatorios posibles donde se constate el carácter laboral de la relación (tiempo de prestación de servicios y de cotización a la Seguridad Social, modificación del régimen de afiliación, formar parte de otro núcleo familiar, existencia de un trabajo efectivo, etc etc. El expediente te lo revisaría el letrado. Si siguen sin reconocerte ese periodo y crees que tienes derecho a que te lo contabilicen el siguiente paso sería ir al Juzgado de lo Social.

Saludos.
11/03/2009 13:48
Desde el primer día estuve dada de alta como cualquier otro empleado. Cumplía con mi horario de 8 horas (y un poco más) como cualquier compañero y cotizaba a todo lo cotizable, incluido el desempleo (1.60). No es lógico que pierda todo ese tiempo, cuando ni si quiera he recibido un duro de los beneficios.
10/03/2009 21:56
Hola como bien te contestaba patatinpatatero tienes que ver si han cotizado por ti al desempleo. Es casi seguro que si, por que de lo contrario lo mas habitual es poner al familiar con el que convive el titular de la empresa en el Regimen de autonomos como familiar colaborador. Si no ha habido convivencia puedes demostrar que efectivamente se trataba de una relacion laboral, que estabas sometido como legalmente se dice al poder de direccion de la empresa, que tenias un horario de trabajo, que acatabas las ordenes de la empresa y que tenias una nomina como la de tus compareños si hay mas trabajadores. El tema se complica si habia convivencia por que en ese caso se presupone que no estabas sometido al referido "poder de direccion de la empresa" y entonces tendrias que haber estado en autonomos. Un saludo. (Disculpad los que lo leeis pero es que no se por que cuando estoy en el foro no me funciona la tecla del acento).
10/03/2009 20:05
Puede que hayas cotizado a la Seguridad Social en otros conceptos (contingencias comunes, profesionales) pero no a desempleo. En el INEM te pueden decir, viendo la vida laboral, si en ese periodo cotizaste a desempleo. Posiblemente no hayas cotizado a desmpleo porque si has trabajado con tu padre se considera "trabajos familiares" al no tener la consideración de ajeneidad (trabajador por cuenta ajena) en base a la relación de parentesco. Se tienen en cuenta para este tipo de consideración que el empresario (tu padre) sea un empresario individual o autónomo, que haya habido convivencia, vinculo de parentesco (en este aspecto claro).

El INEM presupone una relación de no laboralidad por vínculo de parentesco. Tendría que ser el solicitante el que demuestre mediante la pertienente prueba que se ha llevado a cabo una verdadera prestación de servicios debidamente retribuida. Habría que ver, como te comenté antes que hayas cotizado a desempleo (se puede ver también en la nómina). Esto es bastante complejo y, tal vez, algún compañero del foro te pueda dar una opinión bien fundamentada.

Saludos.
Prestacion desempleo
10/03/2009 12:37
Me pararon en el mes de enero de la ultima empresa en la que trabajé. Al arreglar mi prestación ven que durante 3 años trabajé con mi padre y me dicen que ese tiempo no cuenta para el desempleo. Así que veo que he cotizado al régimen general durante un período y no me sirve para nada. Me han comentado que puedo reclamar y que sí tengo derecho al paro. ¿es verdad? ¿qué debo hacer? ¿cómo debo plantear la reclamación? Gracias y un saludo.
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11/03/2009 19:35
Se me ocurre una posible actuación si la prestación reconocida no computan esos días o que, o bien, no tienes derecho a prestación al no contártelos.

Cuando solicites la prestación y te llegue la resolución con el número de días cotizados y reconocidos de prestación tienes un determinado plazo (creo que un mes) para hacer la Reclamación Previa. Te pueden dar un modelito en el INEM. Una vez rellenado, adjuntaría todos los datos probatorios posibles donde se constate el carácter laboral de la relación (tiempo de prestación de servicios y de cotización a la Seguridad Social, modificación del régimen de afiliación, formar parte de otro núcleo familiar, existencia de un trabajo efectivo, etc etc. El expediente te lo revisaría el letrado. Si siguen sin reconocerte ese periodo y crees que tienes derecho a que te lo contabilicen el siguiente paso sería ir al Juzgado de lo Social.

Saludos.
11/03/2009 13:48
Desde el primer día estuve dada de alta como cualquier otro empleado. Cumplía con mi horario de 8 horas (y un poco más) como cualquier compañero y cotizaba a todo lo cotizable, incluido el desempleo (1.60). No es lógico que pierda todo ese tiempo, cuando ni si quiera he recibido un duro de los beneficios.
10/03/2009 21:56
Hola como bien te contestaba patatinpatatero tienes que ver si han cotizado por ti al desempleo. Es casi seguro que si, por que de lo contrario lo mas habitual es poner al familiar con el que convive el titular de la empresa en el Regimen de autonomos como familiar colaborador. Si no ha habido convivencia puedes demostrar que efectivamente se trataba de una relacion laboral, que estabas sometido como legalmente se dice al poder de direccion de la empresa, que tenias un horario de trabajo, que acatabas las ordenes de la empresa y que tenias una nomina como la de tus compareños si hay mas trabajadores. El tema se complica si habia convivencia por que en ese caso se presupone que no estabas sometido al referido "poder de direccion de la empresa" y entonces tendrias que haber estado en autonomos. Un saludo. (Disculpad los que lo leeis pero es que no se por que cuando estoy en el foro no me funciona la tecla del acento).
10/03/2009 20:05
Puede que hayas cotizado a la Seguridad Social en otros conceptos (contingencias comunes, profesionales) pero no a desempleo. En el INEM te pueden decir, viendo la vida laboral, si en ese periodo cotizaste a desempleo. Posiblemente no hayas cotizado a desmpleo porque si has trabajado con tu padre se considera "trabajos familiares" al no tener la consideración de ajeneidad (trabajador por cuenta ajena) en base a la relación de parentesco. Se tienen en cuenta para este tipo de consideración que el empresario (tu padre) sea un empresario individual o autónomo, que haya habido convivencia, vinculo de parentesco (en este aspecto claro).

El INEM presupone una relación de no laboralidad por vínculo de parentesco. Tendría que ser el solicitante el que demuestre mediante la pertienente prueba que se ha llevado a cabo una verdadera prestación de servicios debidamente retribuida. Habría que ver, como te comenté antes que hayas cotizado a desempleo (se puede ver también en la nómina). Esto es bastante complejo y, tal vez, algún compañero del foro te pueda dar una opinión bien fundamentada.

Saludos.
Prestacion desempleo
10/03/2009 12:37
Me pararon en el mes de enero de la ultima empresa en la que trabajé. Al arreglar mi prestación ven que durante 3 años trabajé con mi padre y me dicen que ese tiempo no cuenta para el desempleo. Así que veo que he cotizado al régimen general durante un período y no me sirve para nada. Me han comentado que puedo reclamar y que sí tengo derecho al paro. ¿es verdad? ¿qué debo hacer? ¿cómo debo plantear la reclamación? Gracias y un saludo.