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prestación en caso de erte con reducción de jornada

5 Comentarios
 
Prestación en caso de erte con reducción de jornada
25/04/2020 13:12
Tenemos una erte de un 70% de la jornada laboral. En este caso cobraré de mi empresa el 30%.

La cantidad que cobraré del SEPE sería la resultante de la base de cotización del 70% de la jornada que no trabajo.

Pero en caso de que realizando la operación de la base reguladora etc mi paro correspondiente fuera 1098€ cobro esa cantidad o el 70% de esa cantidad?

Mi salario medio bruto en los últimos 6 meses es de 2400€
25/04/2020 15:14
lagg24
A ver a ver, tienen un arte del 30 % de trabajo y el 70 % para el paro? No lo estarán liando, cuando se dice que cae hace un este el trabajador deja de acudir a la empresa, es decir no va a trabajar y cobrará del SPE el 70 % de su nómina (la media de los últimos 180 días), como su nómina supera el límite de lo que paga el SPE, esos 1098 €, eso es lo que va a cobrar.

Existe la posibilidad de establecer un erte de reducción de jornada y entonces según usted trabajan el 30 % que paga la empresa y el 70 % restante le corresponde al SPE pero el SPE paga el 70 % de ese 70 % que usted debería cobrar, es decir sería como sigue:
De la empresa el 30 % de 2400= 720.
De la empresa de 1680 €, ( el 70 %) el spe abona el 70 % 1178 € como el límite son esos 1098 € para un soltero sin hijos cobraria solo esos 1098 más 720, bueno en ambos casos estaría topado.
25/04/2020 16:16
Jamgrrhh28
Hola.

Primero muchas gracias por la rápida contestación.

Efectivamente trabajamos un 30% y un 70% no.

En realidad entiendo que de la empresa cobraría el 30% del sueldo. Pero los 2400€ son la media. Creo que me pagarán el 30% del sueldo base sin comisiones ya que no se aplicaría la media.

Respecto al importe que recibiría del SEPE yo entendí lo mismo que usted me explica pero tras intentar informarme (en medios no especializados quizás) me genera dudas pensando que cobraría del SEPE el 70% de los 1098€.

Donde podría documentarme de medios oficiales sobre este punto para informar a mis compañeros? En la página del SEPE no me queda claro.

Muchas gracias
25/04/2020 16:57
lagg24
Vera esa duda solo se la podrá resolver el SPE, lo cierto que en su pagina no lo explican nada bien y yo no soy ningún especialista en desempleo pero entiendo que si una vez calculado el 70 % de su salario de los últimos 180 días su salario supera los 1098 € es esta parte la que le corresponde, es decir entiendo que esa es la base máxima y el calculo de la suya supera ésta en ese 70 % por lo que no seria logico que a su vez a los 1098 aun se e tuviera que aplicar el 70 %, para salir de dudas deberá usted consultar al propio SPE.

smo
25/04/2020 17:39
Jamgrrhh28
Gracias

Lo único que veo pero no termino de interpretar dice los siguiente en la página del SEPE

“ Si el desempleo fuera parcial, percibirá la parte proporcional a las horas en que esté desempleado”
25/04/2020 18:42
lagg24
Lógico, esto quiere decir: " si el desempleo fuera parcial", su caso, ustedes no están al 100% desempleados, un 30 % siguen ustedes trabajando, luego sigue " percibirán ustedes la parte proporcional a la jornada que estén desempleados", es decir recibirán la parte proporcional a la jornada que están realizando, por tanto la parte de prestación será por la jornada que está desempleado, el 70 % pero como el 70 % de su salario supera esos 1098 € pues percibirá la base máxima, osea esos 1098 €.
La parte de salario que deja usted de percibir por ese 70 % que no trabaja son 1680 € el 70 % que paga el SPE los primeros 6 meses en su caso serían 1178 que como supera la base máxima, cobrará usted esta última 1098 €.
smo
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Prestación en caso de erte con reducción de jornada
25/04/2020 13:12
Tenemos una erte de un 70% de la jornada laboral. En este caso cobraré de mi empresa el 30%.

La cantidad que cobraré del SEPE sería la resultante de la base de cotización del 70% de la jornada que no trabajo.

Pero en caso de que realizando la operación de la base reguladora etc mi paro correspondiente fuera 1098€ cobro esa cantidad o el 70% de esa cantidad?

Mi salario medio bruto en los últimos 6 meses es de 2400€
25/04/2020 15:14
lagg24
A ver a ver, tienen un arte del 30 % de trabajo y el 70 % para el paro? No lo estarán liando, cuando se dice que cae hace un este el trabajador deja de acudir a la empresa, es decir no va a trabajar y cobrará del SPE el 70 % de su nómina (la media de los últimos 180 días), como su nómina supera el límite de lo que paga el SPE, esos 1098 €, eso es lo que va a cobrar.

Existe la posibilidad de establecer un erte de reducción de jornada y entonces según usted trabajan el 30 % que paga la empresa y el 70 % restante le corresponde al SPE pero el SPE paga el 70 % de ese 70 % que usted debería cobrar, es decir sería como sigue:
De la empresa el 30 % de 2400= 720.
De la empresa de 1680 €, ( el 70 %) el spe abona el 70 % 1178 € como el límite son esos 1098 € para un soltero sin hijos cobraria solo esos 1098 más 720, bueno en ambos casos estaría topado.
25/04/2020 16:16
Jamgrrhh28
Hola.

Primero muchas gracias por la rápida contestación.

Efectivamente trabajamos un 30% y un 70% no.

En realidad entiendo que de la empresa cobraría el 30% del sueldo. Pero los 2400€ son la media. Creo que me pagarán el 30% del sueldo base sin comisiones ya que no se aplicaría la media.

Respecto al importe que recibiría del SEPE yo entendí lo mismo que usted me explica pero tras intentar informarme (en medios no especializados quizás) me genera dudas pensando que cobraría del SEPE el 70% de los 1098€.

Donde podría documentarme de medios oficiales sobre este punto para informar a mis compañeros? En la página del SEPE no me queda claro.

Muchas gracias
25/04/2020 16:57
lagg24
Vera esa duda solo se la podrá resolver el SPE, lo cierto que en su pagina no lo explican nada bien y yo no soy ningún especialista en desempleo pero entiendo que si una vez calculado el 70 % de su salario de los últimos 180 días su salario supera los 1098 € es esta parte la que le corresponde, es decir entiendo que esa es la base máxima y el calculo de la suya supera ésta en ese 70 % por lo que no seria logico que a su vez a los 1098 aun se e tuviera que aplicar el 70 %, para salir de dudas deberá usted consultar al propio SPE.

smo
25/04/2020 17:39
Jamgrrhh28
Gracias

Lo único que veo pero no termino de interpretar dice los siguiente en la página del SEPE

“ Si el desempleo fuera parcial, percibirá la parte proporcional a las horas en que esté desempleado”
25/04/2020 18:42
lagg24
Lógico, esto quiere decir: " si el desempleo fuera parcial", su caso, ustedes no están al 100% desempleados, un 30 % siguen ustedes trabajando, luego sigue " percibirán ustedes la parte proporcional a la jornada que estén desempleados", es decir recibirán la parte proporcional a la jornada que están realizando, por tanto la parte de prestación será por la jornada que está desempleado, el 70 % pero como el 70 % de su salario supera esos 1098 € pues percibirá la base máxima, osea esos 1098 €.
La parte de salario que deja usted de percibir por ese 70 % que no trabaja son 1680 € el 70 % que paga el SPE los primeros 6 meses en su caso serían 1178 que como supera la base máxima, cobrará usted esta última 1098 €.
smo