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prestacion por desempleo

3 Comentarios
 
Prestacion por desempleo
26/07/2003 12:59
Soy auxiliar administrativo, mi grupo de cotizacion es el 7, estoy soltero, tengo un contrato por obra y servicio del 1 enero 2002 hasta el 30 de septiembre del 2003, fecha en que me doy de baja en la seguridad social. Tengo una cotizacion de 20 meses ininterrumpida durante los 6 ultimos años, y las bases de los ultimos 8 años son:
febrero 2002 1745,20
marzo 2002 1745,20
abril 2003 1745,20
mayo 2003 1745,20
junio 2003 1745,20
julio 2003 1815,20
agosto 2003 1745,20
septiembre 2003 1978,52
No tengo vacaciones por disfrutar.
¿que duracion y cuantia netar me corresponde por desempleo?
26/07/2003 13:49
Vamos a ver Juan. Por un lado, la cotización (disponible) que no has utilizado dentro de los últimos 6 años (que por el grupo considero 30 días por mes) es 12+9=21 meses= 630 días. Estarías, por tanto, incluido dentro del tramo comprendido desde 540 a 719 días. La concesión del nivel contributivo serían por tanto 180 días de prestación.

La base reguladora de la prestación estaría comprendida por la suma de los 180 días precedentes a la situación legal de desempleo, es decir el sumatorio de los últimos (mayo a Sepbre) últimos 6 meses. Haciendo la cuenta nos sale el certificado de empresa con 180 días y 9.029,32 éuros de bases, o lo que es lo mismo, una base reguladora de 50,16 € diarios.
De acuerdo con la base y el periodo, la cuantía estaría en un 70% de la misma:
50,16x30x0,70=1.053,36 €/mes.

No obstante la ley establece máximos y mínimos, de ahí que hay que realizar el siguiente planteamiento para los MAXIMOS:

1. Salario mínimo interprofesional año 2003 = 451,20 €/mes.
2. Cuando el trabajador no tenga hijos a cargo, el 170 % del SMI., lo que es igual a 767.04 €/mes.
3. Establecido el máximo y mirando que supera tu cifra, el tope que te correspondería serían los 767,04€ mensuales por el periodo.

Espero que te salgan las mismas cuentas cuando llegue el mes de octubre y te haga el INEM la resolución. Hubiera sido más facil decirte la cantidad directamente, pero ha sido mi intención que sirva de ejemplo y ayuda por todos los "foristas" que lo necesitan.
Saludos.
29/07/2003 16:05
La respuesta a Juan seguro que nos ha enseñado a muchos como calcular el importe a percibir por parte del INEM en caso de que tuvieramos la mala suerte de quedarnos sin trabajo.

Gracias de nuevo Zitro, Mónika
29/07/2003 18:07
Gracias a ti Mónica, por tu amabilidad puesta de manifiesto. No sabes cuanto se agradece (en la época que nos ha tocado vivir, que todo está presidido por un interés monetario) y estimula saber que "el mensaje" que intento enviaros no ha quedado en el vacio.

Saludos.
prestacion por desempleo | PorticoLegal
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Prestacion por desempleo
26/07/2003 12:59
Soy auxiliar administrativo, mi grupo de cotizacion es el 7, estoy soltero, tengo un contrato por obra y servicio del 1 enero 2002 hasta el 30 de septiembre del 2003, fecha en que me doy de baja en la seguridad social. Tengo una cotizacion de 20 meses ininterrumpida durante los 6 ultimos años, y las bases de los ultimos 8 años son:
febrero 2002 1745,20
marzo 2002 1745,20
abril 2003 1745,20
mayo 2003 1745,20
junio 2003 1745,20
julio 2003 1815,20
agosto 2003 1745,20
septiembre 2003 1978,52
No tengo vacaciones por disfrutar.
¿que duracion y cuantia netar me corresponde por desempleo?
26/07/2003 13:49
Vamos a ver Juan. Por un lado, la cotización (disponible) que no has utilizado dentro de los últimos 6 años (que por el grupo considero 30 días por mes) es 12+9=21 meses= 630 días. Estarías, por tanto, incluido dentro del tramo comprendido desde 540 a 719 días. La concesión del nivel contributivo serían por tanto 180 días de prestación.

La base reguladora de la prestación estaría comprendida por la suma de los 180 días precedentes a la situación legal de desempleo, es decir el sumatorio de los últimos (mayo a Sepbre) últimos 6 meses. Haciendo la cuenta nos sale el certificado de empresa con 180 días y 9.029,32 éuros de bases, o lo que es lo mismo, una base reguladora de 50,16 € diarios.
De acuerdo con la base y el periodo, la cuantía estaría en un 70% de la misma:
50,16x30x0,70=1.053,36 €/mes.

No obstante la ley establece máximos y mínimos, de ahí que hay que realizar el siguiente planteamiento para los MAXIMOS:

1. Salario mínimo interprofesional año 2003 = 451,20 €/mes.
2. Cuando el trabajador no tenga hijos a cargo, el 170 % del SMI., lo que es igual a 767.04 €/mes.
3. Establecido el máximo y mirando que supera tu cifra, el tope que te correspondería serían los 767,04€ mensuales por el periodo.

Espero que te salgan las mismas cuentas cuando llegue el mes de octubre y te haga el INEM la resolución. Hubiera sido más facil decirte la cantidad directamente, pero ha sido mi intención que sirva de ejemplo y ayuda por todos los "foristas" que lo necesitan.
Saludos.
29/07/2003 16:05
La respuesta a Juan seguro que nos ha enseñado a muchos como calcular el importe a percibir por parte del INEM en caso de que tuvieramos la mala suerte de quedarnos sin trabajo.

Gracias de nuevo Zitro, Mónika
29/07/2003 18:07
Gracias a ti Mónica, por tu amabilidad puesta de manifiesto. No sabes cuanto se agradece (en la época que nos ha tocado vivir, que todo está presidido por un interés monetario) y estimula saber que "el mensaje" que intento enviaros no ha quedado en el vacio.

Saludos.