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Prestación por desempleo.

1 Comentarios
 
04/01/2018 21:06
Hpinks72
Como nadie ha sabido darme una contestación y una vez arreglado los papeles de desempleo en el SEPE les diré el procedimiento por si alguien le sirve de contestación ante una duda igual a la mia, el paro te paga el resto de lo que no hayas consumido al 100% de la base de cotizacion independientemente venga de un ERE. Lo único que al reanudar la prestacion la empiezas a cobrar donde se quedo anteriormente es decir en mi caso hubiera cobrado 6 meses al 50% pero para el SEPE es como si hubiera cobrado ya los 6 meses al 70% por lo que los 18 meses restantes serian todo sobre el 50%. Un Saludo
Prestación por desempleo.
17/12/2017 13:55
el 31/12/17 la empresa donde trabajo cierra. Yo a la hora de arreglar los papeles en la INEM o SEPE, se me crea una duda ya que tengo dos bolsas de empleo una que abri por un ERE de redución de jornada al 50%, hace tres años de las que consumi 6 meses de los 24 a los que tenia derecho. Y la otra despues del ERE que ha sido en la misma empresa por algo mas de dos años y medio por lo que me corresponderia 10 meses de paro. BIen mi duda es la siguiente si escojo la primera opcion la de coger los 18 meses, ¿que cobraria lo mismo que cuando estaba en el ere es decir el 50% o cobraria los 18 meses sobre el 100% de lo que se me calculo de base de cotizacion en su dia para el ERE?
Prestación por desempleo. | PorticoLegal
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Hpinks72
Como nadie ha sabido darme una contestación y una vez arreglado los papeles de desempleo en el SEPE les diré el procedimiento por si alguien le sirve de contestación ante una duda igual a la mia, el paro te paga el resto de lo que no hayas consumido al 100% de la base de cotizacion independientemente venga de un ERE. Lo único que al reanudar la prestacion la empiezas a cobrar donde se quedo anteriormente es decir en mi caso hubiera cobrado 6 meses al 50% pero para el SEPE es como si hubiera cobrado ya los 6 meses al 70% por lo que los 18 meses restantes serian todo sobre el 50%. Un Saludo
Prestación por desempleo.
17/12/2017 13:55
el 31/12/17 la empresa donde trabajo cierra. Yo a la hora de arreglar los papeles en la INEM o SEPE, se me crea una duda ya que tengo dos bolsas de empleo una que abri por un ERE de redución de jornada al 50%, hace tres años de las que consumi 6 meses de los 24 a los que tenia derecho. Y la otra despues del ERE que ha sido en la misma empresa por algo mas de dos años y medio por lo que me corresponderia 10 meses de paro. BIen mi duda es la siguiente si escojo la primera opcion la de coger los 18 meses, ¿que cobraria lo mismo que cuando estaba en el ere es decir el 50% o cobraria los 18 meses sobre el 100% de lo que se me calculo de base de cotizacion en su dia para el ERE?