Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Prestación por desempleo

1 Comentarios
 
Prestación por desempleo
19/11/2010 21:28
Necesito aclarar una duda, por favor.
Llevo cobrando el paro desde septiembre de este año, y hasta el 2012 no se me acaba. Me han ofrecido un trabajo con contrato indefinido, con 2 meses de prueba. En el caso de que, o no pase la prueba y me echen, o en el caso, de que el trabajo no sea lo que yo esperaba, y no quiera seguir. ¿Vuelvo a cobrar la prestación, continuando en las mismas condiciones que antes de coger el trabajo?
Gracias por la atención
19/11/2010 21:35
En forma resumida, decirte que si empiezas el nuevo trabajo, y no superas el periodo de prueba,o llegado el momento la empresa te despide, podrás reanudar la prestación que estás cobrando ahora. Si hubieses generado un nuevo derecho a prestación (trabajar al menos un año), tendrías que optar entre la generada nueva y la antigüa.
Por el contrario, si iniciado el nuevo trabajo, eres tu el que lo deja, porque no se ajusta a lo que esperabas, no estarías en situación legal de desempleo, y por lo tanto, no cobrarias prestación.

Un saludo.
Prestación por desempleo | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Prestación por desempleo

1 Comentarios
 
Prestación por desempleo
19/11/2010 21:28
Necesito aclarar una duda, por favor.
Llevo cobrando el paro desde septiembre de este año, y hasta el 2012 no se me acaba. Me han ofrecido un trabajo con contrato indefinido, con 2 meses de prueba. En el caso de que, o no pase la prueba y me echen, o en el caso, de que el trabajo no sea lo que yo esperaba, y no quiera seguir. ¿Vuelvo a cobrar la prestación, continuando en las mismas condiciones que antes de coger el trabajo?
Gracias por la atención
19/11/2010 21:35
En forma resumida, decirte que si empiezas el nuevo trabajo, y no superas el periodo de prueba,o llegado el momento la empresa te despide, podrás reanudar la prestación que estás cobrando ahora. Si hubieses generado un nuevo derecho a prestación (trabajar al menos un año), tendrías que optar entre la generada nueva y la antigüa.
Por el contrario, si iniciado el nuevo trabajo, eres tu el que lo deja, porque no se ajusta a lo que esperabas, no estarías en situación legal de desempleo, y por lo tanto, no cobrarias prestación.

Un saludo.