Acabo de tener un bebé. Al solicitar la prestación por maternidad, la Seguridad Social se hace cargo del pago por el importe de las bases de cotización, deducido las cuotas sociales y el IRPF. Mi remuneración total por nómina es superior al total de las bases de cotización; ¿esa diferencia dejo de cobrarla durante el tiempo de maternidad o me la tiene que pagar la emprea u otro organismo?
Muchas gracias.
Si tu remuneración total es superior a la base de cotización sólo puede ser porque tengas conceptos que no computan (excluidos) en la base, o porque percibes una parte en B (negro).
Durante estés de baja por maternidad, no percibirás esa diferencia.
También puede ser porque tus remuneraciones sobrepasen el tope máximo de cotización (3.198 euros/mes durante 2010). La diferencia no la cobras, salvo que el convenio establezca una mejora de la prestación de la Seguridad Social.
Muy buena puntualización la ofrecida por Activo pero, y sin que el consultante lo especifique, creo que el caso se aproxima más al comentario de Shughart...
A primera instancia había pensado en lo mismo. Remuneración en "B" o complementos no salariales con exclusión de cotización. Además de las gratificaciones extraordinarias prorrateadas.