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prestacion por riesgo de embarazo en situacion de reduccion de jornada

8 Comentarios
 
18/11/2010 21:01
Pues no lo sé, pero canta mucho.
Míralo así: ahora estás cobrando la mitad por trabajar la mitad.
Cuando estés de baja vas a cobrar la mitad por trabajar nada.
17/11/2010 16:49
Muchas gracias por vuestras respuestas de verdad!! Una ultima pregunta si no es mucho molestar. Si cobraria lo q ahora cobro (es decir, la mitad ya que trabajo la mitad), podria reincorporarme a jornada completa aunque sea un mes y despues coger la prestacion por riesgo de embarazo? Te miran el ultimo mes, o el ultimo año?
17/11/2010 16:34
Entiendo, salvo mejor opinión, que "ufo1" está en lo cierto (tan sólo sustituyendo la prestación de maternidad por la prestación de riesgo durante el embarazo).

Me explico...
Te encuentras en reducción de jornada por guarda legal del art. 37.5 ET. Durante 2 años, tus bases de cotización serán del 100% como si no hubiese reducción, pero sólo a los efectos de las prestaciones de jubilación, IP, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad (art. 180 LGSS).

Ahora generas una prestación de riesgo durante el embarazo, cuya cuantía es el 100% de la base reguladora, equivalente ésta a la de IT por contingencias profesionales (art. 135 LGSS).

Como la prestación por riesgo durante el embarazo no se incluye dentro del art. 180 LGSS, entiendo que te correspondería el 100% de la base reguladora, sin el incremento que establece el art. 180 LGSS (es decir, percibirás una prestación en cuantía a la que actualmente percibes).
17/11/2010 16:21
Entonces si, cotiza lo mismo.
SALUDOS
17/11/2010 15:47
Por cuidado de un hijo menor de 8 años.
17/11/2010 09:18
¿Cual es la causa de la reducción?.
SALUDOS.
16/11/2010 23:35
Gracias por la respuesta, pero mi pregunta, no se trata de la prestacion de maternidad, si no de la prestacion por riesgo de embarazo (baja por la mutua) lo cual quedan meses para el parto. Tenia entendido que en reduccion de jornada los 2 primeros años cotizas como si hicieras 40h.
16/11/2010 23:01
La base reguladora para la prestación de maternidad es la del mes anterior al parto, es decir la de ahora.
Prestacion por riesgo de embarazo en situacion de reduccion de jornada
16/11/2010 20:54
Hola buenas, trabajo en una gasolinera en la cual estoy en reducción de jornada, hace un año. Debido a nuestra situación laboral cuando una empleada se queda en estado nos dan la baja por la mutua por riesgo de embarazo. Mi pregunta es si ahora trabajo la mitad lo cual cobro la mitad, si me dan esta prestación, cual seria mi salario? El de ahora o el de cuando trabajaba 40h semanales?
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18/11/2010 21:01
Pues no lo sé, pero canta mucho.
Míralo así: ahora estás cobrando la mitad por trabajar la mitad.
Cuando estés de baja vas a cobrar la mitad por trabajar nada.
17/11/2010 16:49
Muchas gracias por vuestras respuestas de verdad!! Una ultima pregunta si no es mucho molestar. Si cobraria lo q ahora cobro (es decir, la mitad ya que trabajo la mitad), podria reincorporarme a jornada completa aunque sea un mes y despues coger la prestacion por riesgo de embarazo? Te miran el ultimo mes, o el ultimo año?
17/11/2010 16:34
Entiendo, salvo mejor opinión, que "ufo1" está en lo cierto (tan sólo sustituyendo la prestación de maternidad por la prestación de riesgo durante el embarazo).

Me explico...
Te encuentras en reducción de jornada por guarda legal del art. 37.5 ET. Durante 2 años, tus bases de cotización serán del 100% como si no hubiese reducción, pero sólo a los efectos de las prestaciones de jubilación, IP, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad (art. 180 LGSS).

Ahora generas una prestación de riesgo durante el embarazo, cuya cuantía es el 100% de la base reguladora, equivalente ésta a la de IT por contingencias profesionales (art. 135 LGSS).

Como la prestación por riesgo durante el embarazo no se incluye dentro del art. 180 LGSS, entiendo que te correspondería el 100% de la base reguladora, sin el incremento que establece el art. 180 LGSS (es decir, percibirás una prestación en cuantía a la que actualmente percibes).
17/11/2010 16:21
Entonces si, cotiza lo mismo.
SALUDOS
17/11/2010 15:47
Por cuidado de un hijo menor de 8 años.
17/11/2010 09:18
¿Cual es la causa de la reducción?.
SALUDOS.
16/11/2010 23:35
Gracias por la respuesta, pero mi pregunta, no se trata de la prestacion de maternidad, si no de la prestacion por riesgo de embarazo (baja por la mutua) lo cual quedan meses para el parto. Tenia entendido que en reduccion de jornada los 2 primeros años cotizas como si hicieras 40h.
16/11/2010 23:01
La base reguladora para la prestación de maternidad es la del mes anterior al parto, es decir la de ahora.
Prestacion por riesgo de embarazo en situacion de reduccion de jornada
16/11/2010 20:54
Hola buenas, trabajo en una gasolinera en la cual estoy en reducción de jornada, hace un año. Debido a nuestra situación laboral cuando una empleada se queda en estado nos dan la baja por la mutua por riesgo de embarazo. Mi pregunta es si ahora trabajo la mitad lo cual cobro la mitad, si me dan esta prestación, cual seria mi salario? El de ahora o el de cuando trabajaba 40h semanales?