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prevaricacion administrativa

15 Comentarios
 
Prevaricacion administrativa
09/12/2010 20:19
Expongo el caso: policía local efectúa denuncia por presunto estacionamiento antireglamentario en zona señalizada ilegalmente, cosa que se puede probar de sobra. Se recurre con escrito de alegaciones, de alzada y el denunciado paga para no tener que recurrir a abogado y procurador. La pregunta es si, en este caso, estaríamos ante un delito de prevaricación administrativa. Si es así, a quién debemos denunciar ante Fiscalía, al policia o a su ayuntamiento?. Gracias por anticipado.
Una ciudadana indignadísima.
09/12/2010 23:14
Hasta que no hay resolucion firme no deberias haber pagado la sancion si realmente pensabas recurrirla. Despues del recurso de alzada tienes el recurso extraordinario de revision y por ultimo al cotencioso administrativo que si necesitarias abogado y procurador.
Al haber pagado no van ha hacer nada. Antes de pagar deberias haber agotado todos los recursos. Una vez pagada la sancion el procediemiento se cierra.
10/12/2010 10:42
No está pagada, pero como no responden ninguno de los escritos de alegaciones, sospecho que pretenden que llegue al contencioso, y eso es demasiado caro.
10/12/2010 12:11
Dudo que la Fiscalía se manche la toga con esto, lo cierto es que la vía penal no la tienes y tienes dos opciones la vía administrativa o pagar.

En multitud de ocasiones vengo denunciando siempre que tengo oportunidad que las administraciones, por la razón que sea, se están colocando en el punto en que al ciudadano le deja de convenir el intrincado contencioso.

Luego se producen casos en que la ciudadanía quiere castigar a todos los funcionarios y ponerles objetivos, echarlos o bajarles el sueldo. Algunos por acción u omisión se lo merecen.

Hagan los funcionarios algo: independencia de la justicia e imparcialidad administrativa, si queremos ser una democracia, y en caso contrario me avisen por favor.
10/12/2010 13:43
Precisamente, como que soy funcionaria, me indigna que la administración me exiga el máximo rigor en mi trabajo, me baje el sueldo y, encima, cuando comete un abuso, no haga otra cosa que ignorarme. Como muestra, le adjunto un link, porque vale más una imagen que mil palabras. El hacerlo público habrá sido quizá mi único consuelo.

http://tusimagenes.elperiodico.com/detalle.php?id=23955#
10/12/2010 13:45
Pretender llevar un tema administrativo al ámbito de lo penal creo que no es sencillo. La prevaricación administrativa es un delito pero no es fácil demostrar que un funcionario ha prevaricado. Según varias sentencias la injusticia cometida por el funcionario debe resultar en "un desbordamiento de la legalidad flagrante y clamoroso radicado, además de en la absoluta falta de competencia o en la inobservancia de las más elementales normas del procedimiento, en el contenido sustancial de la resolución que supone un torcimiento del Derecho o una desviación del ordenamiento jurídico de tal manera patente, grosera e incuestionable que no puede sostenerse racionalmente dándose en definitiva una injusticia clara y manifiesta, sin fundamento razonable, y situada por completo fuera de la legalidad hasta el punto de que nunca podría tener cabida en ella, pudiendo ser apreciada por cualquiera".

Supongo que no será el caso. Por tanto deberás mantenerte en la jurisdicción administrativa y la única salida que tienes es el contencioso. No creo que sea tan caro acudir a la vía contenciosa y, si tienes razón y la puedes demostrar, te saldá barato pues recuperarás lo abonado más intereses si proceden.

Un saludo,
10/12/2010 13:53
Gracias, taxland. Intentaré llegar al contencioso, si es necesario, y también te invito a observar la imagen de mi queja, publicada en diversos medios, y que explica mi indignación, como ciudadana y como funcionaria.

http://tusimagenes.elperiodico.com/detalle.php?id=23955#
14/12/2010 15:48
Sólo le queda el contencioso. La prevaricación administrativa la han incluido en el código penal para cuando un superior o un cargo político quiere cargarse a un funcionario arbitrariamente. Pues la prevaricación se determina mediante "pruebas" subjetivas.
En cuanto al contencioso, tiene el procedimiento abreviado. Ahora bien, le saldrá caro porque aunque usted gane no le impondrán costas a la administración. Nunca lo hacen. Esto es fundamental pues castiga a los ciudadanos injustamente y permite que las autoridades y funcionarios puedan prevaricar "gratis".
15/12/2010 16:14
Gracias a todos por responder. Está claro por qué la mayoría de denuncias improcedentes y recurridas no llegan al contencioso administrativo. Sólo me queda preguntar una cosa más, a los que hayan visto el link con la foto publicada, y es si hay algo que pueda hacer en caso de que el ayuntamiento no corrija al titular de la licencia por no haber utilizado legalmente la señalización, es decir, si se le puede denunciar a nivel particular, para reclamarle a él el importe de la denuncia improcedente.
Nuevamente, gracias por su atención y participación.
17/12/2010 21:00
Quien ha pintado esas lineas zigzagueantes en la calzada prohibiendo aparcar no es el del negocio de enfrente si no el Ayto. La señal, mal puesta por cierto, en el interior del local, parece de un vado no de estacionamiento ...

Modestamente, entiendo que ahí está prohibido aparcar siempre.
18/12/2010 20:16
Gracias a todos por sus respuestas. La placa pone "carga y descarga, de 4 a 14 horas" y sería legal, dado que está debidamente pintado el pavimento, si la señal vertical estuviera en su lugar, es decir, visible para los conductores, y no para los gnomos. Por lo demás, en DOMINGO, este ayuntamiento permite que se estacione en las zonas pintadas como carga y descarga.
Han modificado la ubicación de la placa, pero sin estar ubicada donde marca la normativa.
Lo dicho, gracias a todos los que han respondido. Ojalá la administración fuera así de atenta.
29/12/2010 21:16
Buenas noches, de entrada la señal en cuestión debería estar fuera en un poste o en la pared y además el ayuntamiento de Blanes en su ordenanza de estacionamiento tendría que haber asignado este tipo de placas para las reservas de carga y descarga si no fuese así en mi modesta opinión no cumpliría la norma, pués dicha señal sería una modificación de la señal de vado (r308e), que no debería tener validez lo suyo sería la señal r-308 con un cartel abajo indicando que de 4 a 14 horas se trata de una carga y descarga.

Por otro lado si se tapase la señal la marca vial estaría prohibiendo el estacionamiento las 24 horas.
La otra cuestión planteada por tí de permitir cargas y descargas en domingo no es ilegal pues es una reserva particular no pública y a la empresa en cuestión le cuesta una cantidad al año, por cierto que también ha de constar en la placa el nombre de la empresa porque sino cualquier vehículo industrial podría estacionar.

Por último puedes ver las ordenanzas en la web de tu ayuntamiento, y denunciar por escrito las irregularidades de la situación de la placa y el formato de esta.
Espero haberte aclarado algo mas la cuestión, un saludo a todos y Feliz Año nuevo.

30/12/2010 11:54
Muchas gracias, 848, por tu respuesta. Efectivamente, ya consulté las ordenanzas municipales y pedí por instancia que se solucionaran las irregularidades observadas, cosa que hicieron inmediatamente, mientras yo sigo esperando que den por válidas mis alegaciones. La placa, si bien es cierto que no debería tener validez, porque supone una modificación de la señal de vado, lo permite así tal cual la propia ordenanza. Por otro lado, si nos referimos sólo a la señal horizontal, tal como consta en el art. 171 del RGC, está prohibido estacionar las 24 horas del día pero, tal y como yo le recuerdo a la policía local, a mí no me denunciaron por ese concepto, sinó por una placa que no estaba visible así que, si son coherentes, deberán asumir que se han equivocado (conmigo y vete a saber con cuántos más....). Por cierto, que admitieron por carta que la señal no estaba bien, así que... a seguir esperando que me acepten las alegaciones (total, yo sólo dispuse de 15 días máximo para defenderme, y ellos tienen hasta 6 meses para pensárselo). Lo dicho, muchas gracias por tus aclaraciones y un muy Felíz Año Nuevo!.
10/01/2011 18:24
Hola Maby63, ya que te dan la razón de que la placa no estaba bién ubicada enviales otro escrito para que lo adjunten al primero haber si de esa manera son mas benevolentes y deshacen el entuerto y anulan el expediente.
Ya dirás algo.
Saludos
10/01/2011 18:44
Es lo que he hecho, recordándoles además que, a pesar de estar pintado el suelo, a mí no me denunciaron por ello, sinó por el vado, que según sus propias OOMM debe estar regulado por la señal correspondiente. Me llamó el Intendente jefe de la Policía Local, para decirme que se admitían mis alegaciones y que ya no me volverían a mandar notificaciones de multa, pero hasta que no me llegue la resolución por escrito, no me lo creeré. De momento, he puesto los hechos en conocimiento del Defensor del Pueblo (Síndic de Greuges en Cataluña), y ha abierto expediente por la falta de respuesta por parte del Ayuntamiento de Blanes. En cuanto tenga algo por escrito, lo haré saber en este foro. Gracias por todos los consejos, sin duda, han sido muy valiosos.
12/01/2011 20:47
Buenas noches Maby63, seguramente no te mandarán ninguna notificación utilizando el silencio administrativo a favor tuyo.
Yo en el pabellón olimpico de Badalona por una denuncia de 60€ a un amigo le hice un pliego de descargo de 9 páginas y posteriormente le añadí otras 5 el ayuntamiento en vez de decirle que el agente se habia excedido le perdonaron la denuncia por no haber sido denunciado en el último año, colla de inutiles.
Bueno espero que sea como te dijo el jefe de la P. Local, saludos
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09/12/2010 20:19
Expongo el caso: policía local efectúa denuncia por presunto estacionamiento antireglamentario en zona señalizada ilegalmente, cosa que se puede probar de sobra. Se recurre con escrito de alegaciones, de alzada y el denunciado paga para no tener que recurrir a abogado y procurador. La pregunta es si, en este caso, estaríamos ante un delito de prevaricación administrativa. Si es así, a quién debemos denunciar ante Fiscalía, al policia o a su ayuntamiento?. Gracias por anticipado.
Una ciudadana indignadísima.
09/12/2010 23:14
Hasta que no hay resolucion firme no deberias haber pagado la sancion si realmente pensabas recurrirla. Despues del recurso de alzada tienes el recurso extraordinario de revision y por ultimo al cotencioso administrativo que si necesitarias abogado y procurador.
Al haber pagado no van ha hacer nada. Antes de pagar deberias haber agotado todos los recursos. Una vez pagada la sancion el procediemiento se cierra.
10/12/2010 10:42
No está pagada, pero como no responden ninguno de los escritos de alegaciones, sospecho que pretenden que llegue al contencioso, y eso es demasiado caro.
10/12/2010 12:11
Dudo que la Fiscalía se manche la toga con esto, lo cierto es que la vía penal no la tienes y tienes dos opciones la vía administrativa o pagar.

En multitud de ocasiones vengo denunciando siempre que tengo oportunidad que las administraciones, por la razón que sea, se están colocando en el punto en que al ciudadano le deja de convenir el intrincado contencioso.

Luego se producen casos en que la ciudadanía quiere castigar a todos los funcionarios y ponerles objetivos, echarlos o bajarles el sueldo. Algunos por acción u omisión se lo merecen.

Hagan los funcionarios algo: independencia de la justicia e imparcialidad administrativa, si queremos ser una democracia, y en caso contrario me avisen por favor.
10/12/2010 13:43
Precisamente, como que soy funcionaria, me indigna que la administración me exiga el máximo rigor en mi trabajo, me baje el sueldo y, encima, cuando comete un abuso, no haga otra cosa que ignorarme. Como muestra, le adjunto un link, porque vale más una imagen que mil palabras. El hacerlo público habrá sido quizá mi único consuelo.

http://tusimagenes.elperiodico.com/detalle.php?id=23955#
10/12/2010 13:45
Pretender llevar un tema administrativo al ámbito de lo penal creo que no es sencillo. La prevaricación administrativa es un delito pero no es fácil demostrar que un funcionario ha prevaricado. Según varias sentencias la injusticia cometida por el funcionario debe resultar en "un desbordamiento de la legalidad flagrante y clamoroso radicado, además de en la absoluta falta de competencia o en la inobservancia de las más elementales normas del procedimiento, en el contenido sustancial de la resolución que supone un torcimiento del Derecho o una desviación del ordenamiento jurídico de tal manera patente, grosera e incuestionable que no puede sostenerse racionalmente dándose en definitiva una injusticia clara y manifiesta, sin fundamento razonable, y situada por completo fuera de la legalidad hasta el punto de que nunca podría tener cabida en ella, pudiendo ser apreciada por cualquiera".

Supongo que no será el caso. Por tanto deberás mantenerte en la jurisdicción administrativa y la única salida que tienes es el contencioso. No creo que sea tan caro acudir a la vía contenciosa y, si tienes razón y la puedes demostrar, te saldá barato pues recuperarás lo abonado más intereses si proceden.

Un saludo,
10/12/2010 13:53
Gracias, taxland. Intentaré llegar al contencioso, si es necesario, y también te invito a observar la imagen de mi queja, publicada en diversos medios, y que explica mi indignación, como ciudadana y como funcionaria.

http://tusimagenes.elperiodico.com/detalle.php?id=23955#
14/12/2010 15:48
Sólo le queda el contencioso. La prevaricación administrativa la han incluido en el código penal para cuando un superior o un cargo político quiere cargarse a un funcionario arbitrariamente. Pues la prevaricación se determina mediante "pruebas" subjetivas.
En cuanto al contencioso, tiene el procedimiento abreviado. Ahora bien, le saldrá caro porque aunque usted gane no le impondrán costas a la administración. Nunca lo hacen. Esto es fundamental pues castiga a los ciudadanos injustamente y permite que las autoridades y funcionarios puedan prevaricar "gratis".
15/12/2010 16:14
Gracias a todos por responder. Está claro por qué la mayoría de denuncias improcedentes y recurridas no llegan al contencioso administrativo. Sólo me queda preguntar una cosa más, a los que hayan visto el link con la foto publicada, y es si hay algo que pueda hacer en caso de que el ayuntamiento no corrija al titular de la licencia por no haber utilizado legalmente la señalización, es decir, si se le puede denunciar a nivel particular, para reclamarle a él el importe de la denuncia improcedente.
Nuevamente, gracias por su atención y participación.
17/12/2010 21:00
Quien ha pintado esas lineas zigzagueantes en la calzada prohibiendo aparcar no es el del negocio de enfrente si no el Ayto. La señal, mal puesta por cierto, en el interior del local, parece de un vado no de estacionamiento ...

Modestamente, entiendo que ahí está prohibido aparcar siempre.
18/12/2010 20:16
Gracias a todos por sus respuestas. La placa pone "carga y descarga, de 4 a 14 horas" y sería legal, dado que está debidamente pintado el pavimento, si la señal vertical estuviera en su lugar, es decir, visible para los conductores, y no para los gnomos. Por lo demás, en DOMINGO, este ayuntamiento permite que se estacione en las zonas pintadas como carga y descarga.
Han modificado la ubicación de la placa, pero sin estar ubicada donde marca la normativa.
Lo dicho, gracias a todos los que han respondido. Ojalá la administración fuera así de atenta.
29/12/2010 21:16
Buenas noches, de entrada la señal en cuestión debería estar fuera en un poste o en la pared y además el ayuntamiento de Blanes en su ordenanza de estacionamiento tendría que haber asignado este tipo de placas para las reservas de carga y descarga si no fuese así en mi modesta opinión no cumpliría la norma, pués dicha señal sería una modificación de la señal de vado (r308e), que no debería tener validez lo suyo sería la señal r-308 con un cartel abajo indicando que de 4 a 14 horas se trata de una carga y descarga.

Por otro lado si se tapase la señal la marca vial estaría prohibiendo el estacionamiento las 24 horas.
La otra cuestión planteada por tí de permitir cargas y descargas en domingo no es ilegal pues es una reserva particular no pública y a la empresa en cuestión le cuesta una cantidad al año, por cierto que también ha de constar en la placa el nombre de la empresa porque sino cualquier vehículo industrial podría estacionar.

Por último puedes ver las ordenanzas en la web de tu ayuntamiento, y denunciar por escrito las irregularidades de la situación de la placa y el formato de esta.
Espero haberte aclarado algo mas la cuestión, un saludo a todos y Feliz Año nuevo.

30/12/2010 11:54
Muchas gracias, 848, por tu respuesta. Efectivamente, ya consulté las ordenanzas municipales y pedí por instancia que se solucionaran las irregularidades observadas, cosa que hicieron inmediatamente, mientras yo sigo esperando que den por válidas mis alegaciones. La placa, si bien es cierto que no debería tener validez, porque supone una modificación de la señal de vado, lo permite así tal cual la propia ordenanza. Por otro lado, si nos referimos sólo a la señal horizontal, tal como consta en el art. 171 del RGC, está prohibido estacionar las 24 horas del día pero, tal y como yo le recuerdo a la policía local, a mí no me denunciaron por ese concepto, sinó por una placa que no estaba visible así que, si son coherentes, deberán asumir que se han equivocado (conmigo y vete a saber con cuántos más....). Por cierto, que admitieron por carta que la señal no estaba bien, así que... a seguir esperando que me acepten las alegaciones (total, yo sólo dispuse de 15 días máximo para defenderme, y ellos tienen hasta 6 meses para pensárselo). Lo dicho, muchas gracias por tus aclaraciones y un muy Felíz Año Nuevo!.
10/01/2011 18:24
Hola Maby63, ya que te dan la razón de que la placa no estaba bién ubicada enviales otro escrito para que lo adjunten al primero haber si de esa manera son mas benevolentes y deshacen el entuerto y anulan el expediente.
Ya dirás algo.
Saludos
10/01/2011 18:44
Es lo que he hecho, recordándoles además que, a pesar de estar pintado el suelo, a mí no me denunciaron por ello, sinó por el vado, que según sus propias OOMM debe estar regulado por la señal correspondiente. Me llamó el Intendente jefe de la Policía Local, para decirme que se admitían mis alegaciones y que ya no me volverían a mandar notificaciones de multa, pero hasta que no me llegue la resolución por escrito, no me lo creeré. De momento, he puesto los hechos en conocimiento del Defensor del Pueblo (Síndic de Greuges en Cataluña), y ha abierto expediente por la falta de respuesta por parte del Ayuntamiento de Blanes. En cuanto tenga algo por escrito, lo haré saber en este foro. Gracias por todos los consejos, sin duda, han sido muy valiosos.
12/01/2011 20:47
Buenas noches Maby63, seguramente no te mandarán ninguna notificación utilizando el silencio administrativo a favor tuyo.
Yo en el pabellón olimpico de Badalona por una denuncia de 60€ a un amigo le hice un pliego de descargo de 9 páginas y posteriormente le añadí otras 5 el ayuntamiento en vez de decirle que el agente se habia excedido le perdonaron la denuncia por no haber sido denunciado en el último año, colla de inutiles.
Bueno espero que sea como te dijo el jefe de la P. Local, saludos