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Problemas con un heredero

1 Comentarios
 
Problemas con un heredero
10/11/2003 12:17
Un familiar acaba de fallecer y ha dejado a 5 herederos. Unicamente existe un piso como parte de la herencia, pero uno de los herederos se niega a ir al notario para formalizar la escritura, con lo que los demás estamos sin poder ser propietarios de ese piso. ¿Cual es el paso a seguir? ¿Demandarlo para qué?
12/11/2003 17:12
Hola Pedro. Entiendo que en este caso uno de esos herederos se niega a formalizar la escritura de partición de herencia, por lo que de momento la herencia se encuentra indivisa.

Según el art. 1052 del código civil todo coheredero podrá pedir en cualquier tiempo la partición de la herencia, pues ningún coheredero puede ser obligado a permanecer en la indivisión de la misma (art. 1051 del código civil). Por tanto cualquiera de esos herederos podrá reclamar judicialmente la división siguiendo los trámites del art. 782 y ss. de la Ley de Enjuiciamiento Civil. En términos más sencillos, se trata de acudir al Juez para que venda el piso en pública subasta y reparta el precio entre los coherederos.

Lo que pueden hacer los 4 herederos que sí están de acuerdo es interponer demanda judicial de solicitud de división de herencia, para lo cual han de estar asistidos de Abogado y Procurador.

Aprovecho para recordarte que, con independencia de que ese heredero quiera o no hacer la partición, todos teneis que liquidar el impuesto de sucesiones en el plazo de seis meses a contar desde el fallecimiento del causante.

Para más dudas puedes contactar con Susana Beltrán en sbeltran@ejaso.com

Un saludo
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10/11/2003 12:17
Un familiar acaba de fallecer y ha dejado a 5 herederos. Unicamente existe un piso como parte de la herencia, pero uno de los herederos se niega a ir al notario para formalizar la escritura, con lo que los demás estamos sin poder ser propietarios de ese piso. ¿Cual es el paso a seguir? ¿Demandarlo para qué?
12/11/2003 17:12
Hola Pedro. Entiendo que en este caso uno de esos herederos se niega a formalizar la escritura de partición de herencia, por lo que de momento la herencia se encuentra indivisa.

Según el art. 1052 del código civil todo coheredero podrá pedir en cualquier tiempo la partición de la herencia, pues ningún coheredero puede ser obligado a permanecer en la indivisión de la misma (art. 1051 del código civil). Por tanto cualquiera de esos herederos podrá reclamar judicialmente la división siguiendo los trámites del art. 782 y ss. de la Ley de Enjuiciamiento Civil. En términos más sencillos, se trata de acudir al Juez para que venda el piso en pública subasta y reparta el precio entre los coherederos.

Lo que pueden hacer los 4 herederos que sí están de acuerdo es interponer demanda judicial de solicitud de división de herencia, para lo cual han de estar asistidos de Abogado y Procurador.

Aprovecho para recordarte que, con independencia de que ese heredero quiera o no hacer la partición, todos teneis que liquidar el impuesto de sucesiones en el plazo de seis meses a contar desde el fallecimiento del causante.

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Un saludo