Para citar a testigos que deban comparecer en la vista del procedimiento abreviado, si es necesaria la citación judicial, debe solicitarse una petición de diligencia preparatoria de prueba, con una antelación razonable para que el Juzgado pueda practicar las citaciones.
En cuanto al perito, no hace falta citación alguna. Debe acompañarse la pericial con la demanda y posteriormente deberá acudir el perito a la vista (no hace falta citación, dada su cualidad de perito de parte).
Estimada Carolina, yo ahora tengo el mismo problema que tú, sólo que lo tengo con la pericial que no sé como citar al perito a la vista. Ya he aportado el informe pericial, pero no sé si además he de presentar un escrito solicitando la proposición de los medios de prueba de los que intento valerme en la vista, en particular la declaración y ratificación del perito.
Te agradecería me hicieras saber tu opinión al respecto, mi e-mail es el mnievesgs@telefonica.netl y mi tfno-fax.922.63.18.86. ¡MUCHAS GRACIAS!
Necesitaría la ayuda de algún compañero especializado en derecho administrativo.
Presenté una demanda de procedimiento abreviado y me la han admitido a trámite, y ya me han notificado la fecha del juicio, sin embargo la duda que me planteo está en el periodo de pruebas. Yo quiero citar a determinados testigos cuya localización sólo se puede hacer mediante vía judicial, sin embargo no se cual es el momento procesal oportuno para proponer las pruebas. La Ley dice que se propondrán y practicarán en el acto de juicio oral, sin embargo aunque la proponga no la podré practicar. Me podrías explicar como funciona la practica de las pruebas periciales y testificales en un procedimiento abreviado contencioso administrativo?