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Procedimiento de Ejecución Hipotecaria

2 Comentarios
 
Procedimiento de ejecución hipotecaria
07/04/2004 12:23
La cuestión planteada es: Ante una promoción de viviendas que no se termina por falta de liquidez del promotor, se plantea cómo se puede asegurar la posición de los distintos sujetos con intereses ( reflejados en los distintos contratos privados) en la misma ante una subasta judicial por ejecución por parte de la Entidad Bancaria del préstamo concedido en su día para esta promoción. ¿Cuánto tiempo suele durar la tramitación de un procedimiento de estas características?
11/04/2004 04:13
Me temo que el asunto encierra una complejidad que se escapa de lo que se podría decir en unas pocas líneas, sobre todo sin conocer exactamente cual es la situación actual.

Desde luego, la mejor manera de proteger los intereses de los adquirentes es la negociación con la entidad de crédito.

La duración de los procedimientos de ejecución de bienes especialmente hipotecados dependerá del partido judicial, incluso dentro de éste del propio juzgado, por lo que sería aventurado decir una duración siquiera aproximada, pero, quizá y sólo quizá, podría oscilar entre los cuatro y los ocho meses.

De todas formas, y dado que se trata de una promoción, no sería desaconsejable tratar de conseguir un convenio de realización.

Pero como decía antes, dada la importancia de los intereses en juego, sería conveniente que cuanto antes pusiesen el asunto en manos de un abogado de su confianza.

Un saludo.
12/04/2004 14:35
Gracias Mario:
Te diré que la situación actual es, básicamente, ésta:Hemos entregado cantidades al promotor (no avaladas ni póliza de seguro).Promotor no termina obra por una situación de falta de liquidez (no suspensión, ni quiebra). Sobre el inmueble se están asentando registralmente distintos embargos. La Entidad que concedió crédito para la promoción se plantea iniciar procedimiento de ejecución. Previamente se pone en contacto con los distintos "propietarios" con intereses (contratos privados) en élla para conocer su intención. El crédito bancario es preferente (en tiempo) sobre los distintos embargos que pesan en ese inmueble.
¿ Qué consejos y cómo ponerlos en práctica a los propietarios respecto a la Entidad bancaria?
¿ Es necesario ejecutar y llegar a Pública Subasta, qué riesgos comporta para los "propietarios"?
No se ha amortizado nada del principal y los "propietarios" se plantean cómo deben de "comprar" el crédito al Banco. Se han entregado cantidades en A y (mucho) en B al Promotor ( incluso hay propietarios con la totalidad del precio de su vivienda entregado con contrato privado como única garantía del pago). ¿ Cómo deben de contribuir cada uno de los propietarios y en qué cantidades para sumar el montante total del principal que se adeuda al Banco y que éste reclama para la cesión del inmueble en su caso?

El Convenio de Realización que mencionas, al haber asentados en el Registro distintos embargos posteriores ¿no precisa el acuerdo de todas las partes interesadas: ejecutante, ejecutado, los "propietarios", los sujetos que han asentado los distintos embargos?. Sie sólo se precisase el acuerdo de ejecutante ( Banco ), ejecutado (promotor), y los propietarios, existiría una posibilidad de acuerdo, pero si estos últimos han de hacer frente a los embargos asentados con posterioridad me temo que el tema es más complicado.
Procedimiento de Ejecución Hipotecaria | PorticoLegal
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Procedimiento de ejecución hipotecaria
07/04/2004 12:23
La cuestión planteada es: Ante una promoción de viviendas que no se termina por falta de liquidez del promotor, se plantea cómo se puede asegurar la posición de los distintos sujetos con intereses ( reflejados en los distintos contratos privados) en la misma ante una subasta judicial por ejecución por parte de la Entidad Bancaria del préstamo concedido en su día para esta promoción. ¿Cuánto tiempo suele durar la tramitación de un procedimiento de estas características?
11/04/2004 04:13
Me temo que el asunto encierra una complejidad que se escapa de lo que se podría decir en unas pocas líneas, sobre todo sin conocer exactamente cual es la situación actual.

Desde luego, la mejor manera de proteger los intereses de los adquirentes es la negociación con la entidad de crédito.

La duración de los procedimientos de ejecución de bienes especialmente hipotecados dependerá del partido judicial, incluso dentro de éste del propio juzgado, por lo que sería aventurado decir una duración siquiera aproximada, pero, quizá y sólo quizá, podría oscilar entre los cuatro y los ocho meses.

De todas formas, y dado que se trata de una promoción, no sería desaconsejable tratar de conseguir un convenio de realización.

Pero como decía antes, dada la importancia de los intereses en juego, sería conveniente que cuanto antes pusiesen el asunto en manos de un abogado de su confianza.

Un saludo.
12/04/2004 14:35
Gracias Mario:
Te diré que la situación actual es, básicamente, ésta:Hemos entregado cantidades al promotor (no avaladas ni póliza de seguro).Promotor no termina obra por una situación de falta de liquidez (no suspensión, ni quiebra). Sobre el inmueble se están asentando registralmente distintos embargos. La Entidad que concedió crédito para la promoción se plantea iniciar procedimiento de ejecución. Previamente se pone en contacto con los distintos "propietarios" con intereses (contratos privados) en élla para conocer su intención. El crédito bancario es preferente (en tiempo) sobre los distintos embargos que pesan en ese inmueble.
¿ Qué consejos y cómo ponerlos en práctica a los propietarios respecto a la Entidad bancaria?
¿ Es necesario ejecutar y llegar a Pública Subasta, qué riesgos comporta para los "propietarios"?
No se ha amortizado nada del principal y los "propietarios" se plantean cómo deben de "comprar" el crédito al Banco. Se han entregado cantidades en A y (mucho) en B al Promotor ( incluso hay propietarios con la totalidad del precio de su vivienda entregado con contrato privado como única garantía del pago). ¿ Cómo deben de contribuir cada uno de los propietarios y en qué cantidades para sumar el montante total del principal que se adeuda al Banco y que éste reclama para la cesión del inmueble en su caso?

El Convenio de Realización que mencionas, al haber asentados en el Registro distintos embargos posteriores ¿no precisa el acuerdo de todas las partes interesadas: ejecutante, ejecutado, los "propietarios", los sujetos que han asentado los distintos embargos?. Sie sólo se precisase el acuerdo de ejecutante ( Banco ), ejecutado (promotor), y los propietarios, existiría una posibilidad de acuerdo, pero si estos últimos han de hacer frente a los embargos asentados con posterioridad me temo que el tema es más complicado.