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Procedimiento de juicio monitorio.

27 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 27 comentarios
Procedimiento de juicio monitorio.
06/10/2016 08:40
Buenos días:

Tengo un lío bastante grande de algo que debiera ser muy simple...Espero que alguien me pueda decir exactamente dónde he de dirigirme.

Empezó todo por un servico de transporte contratado, pagado y no realizado firmándose por parte del transportista un reconocimiento de deuda y pago de la misma en un determinado periodo de tiempo.
Este pago no se realizó e interpuse un Procedimiento de Juicio Monitorio en el Juzgado de lo Mercantil, porque es debido a un tema de transporte, en el lugar de residencia de la parte demandada.
Pero he recibido notificación sobre falta de competencia objetiva y territorial de ese Juzgado, diciéndome que se trata de un asunto civil y que la jurisdicción es de los Juzgados de mi lugar de residencia.

Ahora mi pregunta:
¿A qué juzgado he de dirigirme: al de Primera Instancia o al de lo Mercantil?

Muchas gracias.

Saludos.
06/10/2016 09:03
xireyh
Efectivamente es un tema muy sencillo

Ley de Enjuiciamiento Civil.

Artículo 813

"Competencia

Será exclusivamente competente para el proceso monitorio el Juzgado de Primera Instancia del domicilio o residencia del deudor o, si no fueren conocidos, el del lugar en que el deudor pudiera ser hallado a efectos del requerimiento de pago por el Tribunal, salvo que se trate de la reclamación de deuda a que se refiere el número 2.º del apartado 2 del artículo 812, en cuyo caso será también competente el Juzgado del lugar en donde se halle la finca, a elección del solicitante."
06/10/2016 09:34
xireyh
Pues sigue sin quedarme claro...ya puedes perdonarme. Porque según el artículo que mencionas yo hice lo correcto presentándolo en el domicilio o residencia del deudor pero según la notificación enviada la jurisdicción es de los Juzgados de mi lugar de residencia.
¿Se han confundido diciéndome esto?

Por otro lado, al tratarse de tema de transporte, como en otros casos, pensaba que era el Juzgado de lo Mercantil el competente, pero veo que para este tema no...

Agradecería mucho su aclaración para saber cómo proceder.

Un saludo.
06/10/2016 10:04
xireyh
Usted no ha planteado en absoluto un tema relativo al transporte, sino a un reconocimiento de deuda, que es lo más químicamente puro en cuestiones civiles. Por lo tanto, ha de presentar la demanda ante el Juzgado de Primera Instancia y no ante lo Mercantil. En cuanto al partido judicial, el Juzgado competente es el que figure en el documento de reconocimiento de deuda como domicilio del deudor; pero si no figura o el titular del transporte es una sociedad, puede presentarlo en el lugar donde se debía cumplir la obligación (no la del transporte, sino la del pago, que posiblemente es su propio domicilio, el de usted), siempre que esa empresa tenga una delegación comercial o un local abierto al público.
06/10/2016 10:18
Grisolía
Muchas gracias.
Sí, sé que me he colado en lo que respecta al tema de presentarlo en el Juzgado de lo Mercantil pero, con respecto al partido judicial, ¿por qué se me dice que he de presentarlo en los Juzgados de mi localidad si para la parte demandada figura domicilio en el reconocimiento de deuda y no tiene nada en mi localidad?

Muchas gracias nuevamente por la ayuda.

Un saludo.
06/10/2016 11:29
xireyh
Dónde dice el reconocimiento de deuda que se ha de pagar. En una cuenta bancaria, en efectivo o no señala domicilio de pago?
06/10/2016 11:46
xireyh
Finalmente, el Procedimiento de Juicio Monitorio en el Juzgado de lo Mercantil que interpuse es totalmente correcto. No aplica el artículo 813.
Igualmente el tema del partido judicial.
Me ha llamado el mismo Letrado que ha dictado la falta de competencia objetiva y territorial para pedirme disculpas y decirme que tengo toda la razón y que no hace falta que responda, que me enviarán notificación la semana que viene anulando esta que he recibido y que lo admiten a trámite.

Lo que me preocupa y mucho es que alguien como yo que no ha estudiado para Letrado, Juez o Abogado ni nada que se le parezca (tan solo me he leído lo relativo a mi caso y lo he tramitado yo personalmente), haga las cosas bien y quienes sí lo han hecho no den pie con bola...No sé que se puede esperar en caso de llegar a juicio cometiendo errores tan garrafales.
06/10/2016 11:54
xireyh
Disculpeme pero un Monitorio en jurisdicción Mercantil es TOTAL Y ABSOLUTAMENTE imposible.
06/10/2016 12:06
xireyh
Me refiero, claro está, al caso concreto que nos plantea, y eso es debido a la naturaleza del asunto.
06/10/2016 12:22
D. Crane
Pues yo no lo presenté en el de lo Mercantil porque sí... lo estuve consultando y estudiando y me quedó claro...aunque la mayoría de las opiniones decían que era en el de Primera Instancia.
En cualquier caso, sabía que me arriesgaba...y al recibir la notificación pensé que me había equivocado (aunque a mi no me lo pareciera) pero no ha sido así sino todo lo contrario, quien se ha equivocado ha sido el Letrado (ha cambiado la ley y no la ha aplicado).
06/10/2016 17:16
xireyh
Xirey: tiene razón el Doctor Crane. No diga que le han aceptado un monitorio en un Juzgado de lo Mercantil, porque eso es una extravagancia. No cuente que le han llamado del Juzgado disculpándose y diciendo que no hace falta que haga nada, que anularán su propia resolución ex oficio. No cuente trolas, Xirey.
06/10/2016 17:56
xireyh
La semana que viene me mandarán notificación anulando la notificación que he recibido y admitiendo a trámite mi solicitud.
Si no se lo cree, cuando me llegue se la envío por privado si me facilita su email.
Y luego, ya de paso, me pide disculpas también usted públicamente por haberme llamado trolera.
06/10/2016 18:42
xireyh
A mí, la verdad, me suena todo muy, muy raro, y muy especialmente que el Letrado de la Administración de Justicia se rectifique a si mismo per se. A mí también me gustaría (por mera curiosidad) ver la primera notificación, y luego la segunda rectificando.

P.D. La D. significa "Denny", de Denny Crane. El abogado chiflado de Boston Legal.
06/10/2016 19:20
xireyh
Pues se las mandaré...pero sin datos claro, cuando reciba la semana que viene la notificación segunda. Me han dicho que a finales de semana y que, si no me llega, que les de un toque.
Una pena no haber grabado la llamada...pero no me la esperaba en absoluto.
14/10/2016 13:15
xireyh
UPDATE: No me ha llegado (aún) la notificación que me dijeron que me iba a llegar esta semana. También me dijeron que, si no me llegaba para hoy, le diera un toque, y así lo he hecho pero la persona que me llamó está de permiso, así que hasta el lunes nada (a no ser que me llegue la notificación en lo que queda de día).
17/10/2016 12:39
xireyh
UPDATE 17/10/2016: He llamado y aún no han recibido respuesta del, creo que me ha dicho, ministerio fiscal. Cuando la reciban me notificarán pero que no me preocupe, que se admite a trámite.

En cuanto tenga más noticias, comentaré.
17/10/2016 16:00
xireyh
¿Ministerio fiscal en un monitorio?¿En jurisdicción Mercantil? Ahora si que me ha dejado completamente acoj ... digo acongojado.
17/10/2016 16:01
xireyh
¿Ministerio fiscal en un monitorio?¿En jurisdicción Mercantil? Ahora si que me ha dejado completamente acoj ... digo acongojado.
17/10/2016 16:16
xireyh
No me hagas mucho caso...que me lo ha dicho una vez y seguramente no lo he pillado bien.

Cuando me manden la notificación, lo aclaro.
08/11/2016 17:29
xireyh
Bueno, pues como lo prometido es deuda señor Juan Carlos Grisolía, si me facilita su e-mail le envío todas las pruebas de las trolas que dice que cuento ("No diga que le han aceptado un monitorio en un Juzgado de lo Mercantil, porque eso es una extravagancia. No cuente que le han llamado del Juzgado disculpándose y diciendo que no hace falta que haga nada, que anularán su propia resolución ex oficio. No cuente trolas, Xirey.")

Espero que luego tenga a bien disculparse.

Igualmente, señor D. Crane, si me facilita su email, le demostraré que sí es posible lo que usted considera imposible ("Disculpeme pero un Monitorio en jurisdicción Mercantil es TOTAL Y ABSOLUTAMENTE imposible.")

Un saludo.
Procedimiento de juicio monitorio. | PorticoLegal
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27 Comentarios
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Procedimiento de juicio monitorio.
06/10/2016 08:40
Buenos días:

Tengo un lío bastante grande de algo que debiera ser muy simple...Espero que alguien me pueda decir exactamente dónde he de dirigirme.

Empezó todo por un servico de transporte contratado, pagado y no realizado firmándose por parte del transportista un reconocimiento de deuda y pago de la misma en un determinado periodo de tiempo.
Este pago no se realizó e interpuse un Procedimiento de Juicio Monitorio en el Juzgado de lo Mercantil, porque es debido a un tema de transporte, en el lugar de residencia de la parte demandada.
Pero he recibido notificación sobre falta de competencia objetiva y territorial de ese Juzgado, diciéndome que se trata de un asunto civil y que la jurisdicción es de los Juzgados de mi lugar de residencia.

Ahora mi pregunta:
¿A qué juzgado he de dirigirme: al de Primera Instancia o al de lo Mercantil?

Muchas gracias.

Saludos.
06/10/2016 09:03
xireyh
Efectivamente es un tema muy sencillo

Ley de Enjuiciamiento Civil.

Artículo 813

"Competencia

Será exclusivamente competente para el proceso monitorio el Juzgado de Primera Instancia del domicilio o residencia del deudor o, si no fueren conocidos, el del lugar en que el deudor pudiera ser hallado a efectos del requerimiento de pago por el Tribunal, salvo que se trate de la reclamación de deuda a que se refiere el número 2.º del apartado 2 del artículo 812, en cuyo caso será también competente el Juzgado del lugar en donde se halle la finca, a elección del solicitante."
06/10/2016 09:34
xireyh
Pues sigue sin quedarme claro...ya puedes perdonarme. Porque según el artículo que mencionas yo hice lo correcto presentándolo en el domicilio o residencia del deudor pero según la notificación enviada la jurisdicción es de los Juzgados de mi lugar de residencia.
¿Se han confundido diciéndome esto?

Por otro lado, al tratarse de tema de transporte, como en otros casos, pensaba que era el Juzgado de lo Mercantil el competente, pero veo que para este tema no...

Agradecería mucho su aclaración para saber cómo proceder.

Un saludo.
06/10/2016 10:04
xireyh
Usted no ha planteado en absoluto un tema relativo al transporte, sino a un reconocimiento de deuda, que es lo más químicamente puro en cuestiones civiles. Por lo tanto, ha de presentar la demanda ante el Juzgado de Primera Instancia y no ante lo Mercantil. En cuanto al partido judicial, el Juzgado competente es el que figure en el documento de reconocimiento de deuda como domicilio del deudor; pero si no figura o el titular del transporte es una sociedad, puede presentarlo en el lugar donde se debía cumplir la obligación (no la del transporte, sino la del pago, que posiblemente es su propio domicilio, el de usted), siempre que esa empresa tenga una delegación comercial o un local abierto al público.
06/10/2016 10:18
Grisolía
Muchas gracias.
Sí, sé que me he colado en lo que respecta al tema de presentarlo en el Juzgado de lo Mercantil pero, con respecto al partido judicial, ¿por qué se me dice que he de presentarlo en los Juzgados de mi localidad si para la parte demandada figura domicilio en el reconocimiento de deuda y no tiene nada en mi localidad?

Muchas gracias nuevamente por la ayuda.

Un saludo.
06/10/2016 11:29
xireyh
Dónde dice el reconocimiento de deuda que se ha de pagar. En una cuenta bancaria, en efectivo o no señala domicilio de pago?
06/10/2016 11:46
xireyh
Finalmente, el Procedimiento de Juicio Monitorio en el Juzgado de lo Mercantil que interpuse es totalmente correcto. No aplica el artículo 813.
Igualmente el tema del partido judicial.
Me ha llamado el mismo Letrado que ha dictado la falta de competencia objetiva y territorial para pedirme disculpas y decirme que tengo toda la razón y que no hace falta que responda, que me enviarán notificación la semana que viene anulando esta que he recibido y que lo admiten a trámite.

Lo que me preocupa y mucho es que alguien como yo que no ha estudiado para Letrado, Juez o Abogado ni nada que se le parezca (tan solo me he leído lo relativo a mi caso y lo he tramitado yo personalmente), haga las cosas bien y quienes sí lo han hecho no den pie con bola...No sé que se puede esperar en caso de llegar a juicio cometiendo errores tan garrafales.
06/10/2016 11:54
xireyh
Disculpeme pero un Monitorio en jurisdicción Mercantil es TOTAL Y ABSOLUTAMENTE imposible.
06/10/2016 12:06
xireyh
Me refiero, claro está, al caso concreto que nos plantea, y eso es debido a la naturaleza del asunto.
06/10/2016 12:22
D. Crane
Pues yo no lo presenté en el de lo Mercantil porque sí... lo estuve consultando y estudiando y me quedó claro...aunque la mayoría de las opiniones decían que era en el de Primera Instancia.
En cualquier caso, sabía que me arriesgaba...y al recibir la notificación pensé que me había equivocado (aunque a mi no me lo pareciera) pero no ha sido así sino todo lo contrario, quien se ha equivocado ha sido el Letrado (ha cambiado la ley y no la ha aplicado).
06/10/2016 17:16
xireyh
Xirey: tiene razón el Doctor Crane. No diga que le han aceptado un monitorio en un Juzgado de lo Mercantil, porque eso es una extravagancia. No cuente que le han llamado del Juzgado disculpándose y diciendo que no hace falta que haga nada, que anularán su propia resolución ex oficio. No cuente trolas, Xirey.
06/10/2016 17:56
xireyh
La semana que viene me mandarán notificación anulando la notificación que he recibido y admitiendo a trámite mi solicitud.
Si no se lo cree, cuando me llegue se la envío por privado si me facilita su email.
Y luego, ya de paso, me pide disculpas también usted públicamente por haberme llamado trolera.
06/10/2016 18:42
xireyh
A mí, la verdad, me suena todo muy, muy raro, y muy especialmente que el Letrado de la Administración de Justicia se rectifique a si mismo per se. A mí también me gustaría (por mera curiosidad) ver la primera notificación, y luego la segunda rectificando.

P.D. La D. significa "Denny", de Denny Crane. El abogado chiflado de Boston Legal.
06/10/2016 19:20
xireyh
Pues se las mandaré...pero sin datos claro, cuando reciba la semana que viene la notificación segunda. Me han dicho que a finales de semana y que, si no me llega, que les de un toque.
Una pena no haber grabado la llamada...pero no me la esperaba en absoluto.
14/10/2016 13:15
xireyh
UPDATE: No me ha llegado (aún) la notificación que me dijeron que me iba a llegar esta semana. También me dijeron que, si no me llegaba para hoy, le diera un toque, y así lo he hecho pero la persona que me llamó está de permiso, así que hasta el lunes nada (a no ser que me llegue la notificación en lo que queda de día).
17/10/2016 12:39
xireyh
UPDATE 17/10/2016: He llamado y aún no han recibido respuesta del, creo que me ha dicho, ministerio fiscal. Cuando la reciban me notificarán pero que no me preocupe, que se admite a trámite.

En cuanto tenga más noticias, comentaré.
17/10/2016 16:00
xireyh
¿Ministerio fiscal en un monitorio?¿En jurisdicción Mercantil? Ahora si que me ha dejado completamente acoj ... digo acongojado.
17/10/2016 16:01
xireyh
¿Ministerio fiscal en un monitorio?¿En jurisdicción Mercantil? Ahora si que me ha dejado completamente acoj ... digo acongojado.
17/10/2016 16:16
xireyh
No me hagas mucho caso...que me lo ha dicho una vez y seguramente no lo he pillado bien.

Cuando me manden la notificación, lo aclaro.
08/11/2016 17:29
xireyh
Bueno, pues como lo prometido es deuda señor Juan Carlos Grisolía, si me facilita su e-mail le envío todas las pruebas de las trolas que dice que cuento ("No diga que le han aceptado un monitorio en un Juzgado de lo Mercantil, porque eso es una extravagancia. No cuente que le han llamado del Juzgado disculpándose y diciendo que no hace falta que haga nada, que anularán su propia resolución ex oficio. No cuente trolas, Xirey.")

Espero que luego tenga a bien disculparse.

Igualmente, señor D. Crane, si me facilita su email, le demostraré que sí es posible lo que usted considera imposible ("Disculpeme pero un Monitorio en jurisdicción Mercantil es TOTAL Y ABSOLUTAMENTE imposible.")

Un saludo.