Si lo que pretendes es desahucio y reclamación de cantidad, el procedimiento más rápido es el Verbal con las especialidades del art. 440 de la L.E.Civil, que lo asimilan a un monitorio.
No. No obstante es interesante tener unos mínimos conocimientos de derecho para articular la demanda en condiciones, dadas las peculiaridades y posibilidades que se establecen en dicho procedimiento.