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procesal

3 Comentarios
 
Procesal
07/03/2004 21:38
Tres personas solicitan prestamo hipotecario para inverti en sociedad civil privada. La sociedad se extingue y de los tres tan solo uno se ve obligado a pagar el prestamo que resulta ser el propietario de la vivienda hipotecada. Pregunto que accion civil se puede pedir para que en el futuro puedan garantizar el pago las dos personas que pretenden eludir el pago hipotecario ( el problema no es lo que yo pague del prestamo, ya q eso es facil reclamarlo, sino las cuostas pendientes de pago )

ruego me contesteis a la mayor brevedad

gracias

maria
09/03/2004 14:13
Suponiendo que el préstamo lo solicitaran los tres, frente al Banco responden los tres, con independencia de los acuerdos que tengan entre ellos, salvo que el Banco lo consienta expresamente.

Si lo que pides es obligar tu a los demas al pago de las cuotas, teneis que estar a lo pactado entre vosotros.

Son distitnas las relaciones internas entre vosotros y la que teneis todos con el Banco pero, y creo que esta es tu pregunta, no dispones de acción para ir en contra de lo convenido ( siempre que sea un negocio lícito y válido ), ni para reclamar lo pagado ni para garantizar el cobro futuro.

Pero claro, es necesario estudiar el caso detenidamente, con papeles.
15/03/2004 22:43

Hay que estar a la literalidad del contrato ¿ obligaciones solidarias mancomunadas?
16/03/2004 19:41
Salvo que se haya pacato de otra forma, que es raro, la responsabilidad frente al Banco es solidaria pues así lo incluye en su clausulado.

Entre vosotros, depende de lo pactado, que hay que interpretar en principio de forma litera ( con algunos mnatices ) pero respondeis mancomunadamente, es decir, a partes iguales ( salvo pacto en contrario tipo 10% uno, 20% otro y 70% el restante etc )
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Tres personas solicitan prestamo hipotecario para inverti en sociedad civil privada. La sociedad se extingue y de los tres tan solo uno se ve obligado a pagar el prestamo que resulta ser el propietario de la vivienda hipotecada. Pregunto que accion civil se puede pedir para que en el futuro puedan garantizar el pago las dos personas que pretenden eludir el pago hipotecario ( el problema no es lo que yo pague del prestamo, ya q eso es facil reclamarlo, sino las cuostas pendientes de pago )

ruego me contesteis a la mayor brevedad

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maria
09/03/2004 14:13
Suponiendo que el préstamo lo solicitaran los tres, frente al Banco responden los tres, con independencia de los acuerdos que tengan entre ellos, salvo que el Banco lo consienta expresamente.

Si lo que pides es obligar tu a los demas al pago de las cuotas, teneis que estar a lo pactado entre vosotros.

Son distitnas las relaciones internas entre vosotros y la que teneis todos con el Banco pero, y creo que esta es tu pregunta, no dispones de acción para ir en contra de lo convenido ( siempre que sea un negocio lícito y válido ), ni para reclamar lo pagado ni para garantizar el cobro futuro.

Pero claro, es necesario estudiar el caso detenidamente, con papeles.
15/03/2004 22:43

Hay que estar a la literalidad del contrato ¿ obligaciones solidarias mancomunadas?
16/03/2004 19:41
Salvo que se haya pacato de otra forma, que es raro, la responsabilidad frente al Banco es solidaria pues así lo incluye en su clausulado.

Entre vosotros, depende de lo pactado, que hay que interpretar en principio de forma litera ( con algunos mnatices ) pero respondeis mancomunadamente, es decir, a partes iguales ( salvo pacto en contrario tipo 10% uno, 20% otro y 70% el restante etc )