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Promoción horizontal de la AGE a administración autonómica.

1 Comentarios
 
Promoción horizontal de la age a administración autonómica.
13/01/2018 14:57
¡Buenos días!

Hace un poco más de medio año pasé a ser Jefe de Área en un organismo de la AGE. La verdad es que en Madrid estoy muy contento, tengo pocos pero muy buenos amigos y recientemente empecé una relación y estoy profundamente enamorado, pero me ha surgido un pequeño problema, la salud de mi padre ha empeorado y quiero regresar a mi tierra natal para apoyar a mis padres.

Pensé en pedir una excedencia pero debido a que tengo que pagar la hipoteca no me puedo permitir el lujo de estar sin cobrar durante mucho tiempo y acabo de ver que mi CCAA convocará plazas muy similares a las que aprobé en su día.

Me gustaría saber si, en caso de aprobar las aposiciones de la CA, si se me conservará el nivel que tengo consolidado (actualmente un 26 ya que por lo que vi en mi CA se empezaría con un 20) y si, en caso de que la salud de mi padre mejore o convezca a mis padres para que vengan a vivir a mi casa (no están muy por la labor) podría tener esta plaza en reserva por si en futuro quisiera regresar a mi tierra.

Por lo que me han contado, para conservar la plaza en mi CA sería necesario que pidiese la excedencia en Madrid, tomará posesión en la plaza que aprobase y que al menos trabajase un día allí. El problema de hacer todo esto es que perdería la plaza en Madrid y renunciaría a bastante dinero (tanto los complementos de destino como específicos son mucho menores) y de aquí a que se resuelva el concurso pueden cambiar muchas cosas.

Alguien sabe si podría conservar mi puesto de trabajo y pillarme excedencia de la plaza autonómica?

Muchas gracias,
saludos.
18/01/2018 12:47
Bigpib
Hola, no soy abogado pero soy funcionario de la AGE y en algún momento he tenido dudas similares.
.
Creo que te lo han contado mal, me explico:

Si consigues una plaza de funcionario o de laboral fijo en una CA, en el momento de toma de posesión de esa nueva plaza tú decides (Regulado en artículo 15 Real Decreto 365/1995):

Por defecto cuando tomes posesión de la nueva plaza (De oficio) tu plaza antigua queda en excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público.
A instancia de parte, tu puedes en la toma de posesión decir que sigues en tu plaza en Madrid y automáticamente la nueva plaza de la CA quedará en excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público. Es decir, no tienes que trabajar ningún día si no quiere en esa plaza, solo que lo haces constar en la toma de posesión que la dejas en excedencia.

Por otro lado ese tipo de excedencia no tiene reserva de plaza, es decir, si quisieses volver a esa plaza que dejes excedente la forma de provisión es volver por concurso o por libre designación, (artículo 29 bis de Ley 30/1984, de 2 de agosto). También se puede solicitar a función pública volver como adscripción provisional y ellos te pueden buscar una plaza, pero esta forma no es la normal de provisión (Puede tardar en resolverse y te darán la plaza que ellos quieran, no tienes capacidad de elección ninguna).

En cuanto al nivel que mantendrás, todo depende del que tengas consolidado dependiendo de tus años de servicio/situaciones, eso lo puedes ver en www.funciona.es viendo tus datos.
Promoción horizontal de la AGE a administración autonómica. | PorticoLegal
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13/01/2018 14:57
¡Buenos días!

Hace un poco más de medio año pasé a ser Jefe de Área en un organismo de la AGE. La verdad es que en Madrid estoy muy contento, tengo pocos pero muy buenos amigos y recientemente empecé una relación y estoy profundamente enamorado, pero me ha surgido un pequeño problema, la salud de mi padre ha empeorado y quiero regresar a mi tierra natal para apoyar a mis padres.

Pensé en pedir una excedencia pero debido a que tengo que pagar la hipoteca no me puedo permitir el lujo de estar sin cobrar durante mucho tiempo y acabo de ver que mi CCAA convocará plazas muy similares a las que aprobé en su día.

Me gustaría saber si, en caso de aprobar las aposiciones de la CA, si se me conservará el nivel que tengo consolidado (actualmente un 26 ya que por lo que vi en mi CA se empezaría con un 20) y si, en caso de que la salud de mi padre mejore o convezca a mis padres para que vengan a vivir a mi casa (no están muy por la labor) podría tener esta plaza en reserva por si en futuro quisiera regresar a mi tierra.

Por lo que me han contado, para conservar la plaza en mi CA sería necesario que pidiese la excedencia en Madrid, tomará posesión en la plaza que aprobase y que al menos trabajase un día allí. El problema de hacer todo esto es que perdería la plaza en Madrid y renunciaría a bastante dinero (tanto los complementos de destino como específicos son mucho menores) y de aquí a que se resuelva el concurso pueden cambiar muchas cosas.

Alguien sabe si podría conservar mi puesto de trabajo y pillarme excedencia de la plaza autonómica?

Muchas gracias,
saludos.
18/01/2018 12:47
Bigpib
Hola, no soy abogado pero soy funcionario de la AGE y en algún momento he tenido dudas similares.
.
Creo que te lo han contado mal, me explico:

Si consigues una plaza de funcionario o de laboral fijo en una CA, en el momento de toma de posesión de esa nueva plaza tú decides (Regulado en artículo 15 Real Decreto 365/1995):

Por defecto cuando tomes posesión de la nueva plaza (De oficio) tu plaza antigua queda en excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público.
A instancia de parte, tu puedes en la toma de posesión decir que sigues en tu plaza en Madrid y automáticamente la nueva plaza de la CA quedará en excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público. Es decir, no tienes que trabajar ningún día si no quiere en esa plaza, solo que lo haces constar en la toma de posesión que la dejas en excedencia.

Por otro lado ese tipo de excedencia no tiene reserva de plaza, es decir, si quisieses volver a esa plaza que dejes excedente la forma de provisión es volver por concurso o por libre designación, (artículo 29 bis de Ley 30/1984, de 2 de agosto). También se puede solicitar a función pública volver como adscripción provisional y ellos te pueden buscar una plaza, pero esta forma no es la normal de provisión (Puede tardar en resolverse y te darán la plaza que ellos quieran, no tienes capacidad de elección ninguna).

En cuanto al nivel que mantendrás, todo depende del que tengas consolidado dependiendo de tus años de servicio/situaciones, eso lo puedes ver en www.funciona.es viendo tus datos.