Estoy pagando los gastos generales para el sostenimiento del inmueble según mi cuota de partipación (conforme al sistema establecido en la escritura de división horizontal). ¿Puede la comunidad cambiar mediante mayoría ese porcentaje de participación por otro, o se necesita la unanimidad? Lo pregunto dado que el art. 9.e) de la LPH dice "con arreglo... o a lo especialmente establecido"
Explico mejor el caso: es a mí a quien le interesa cambiar el sistema de adopción de acuerdos relativos a la participación en gastos generales, dado que tengo una cuota de participación muy alta y me interesaba proponer a la comunidad el cambio del sistema. ¿Me bastaría con contar con el voto de la mayoría para cambiarlo por otro?
Para cambiar el sistema legal, cuota de participación, a otro sistema, por ejemplo partes iguales, se necesita la aprobación por unanimidad en la junta.
De manera orientativa, saque información del catastro, con una simple regla de tres. Verifique si la vivienda con menos cuota, corresponde con la suya.