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Propiedad Intelectual Contenidos Organismos Públicos

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Propiedad intelectual contenidos organismos públicos
12/04/2015 12:06
Buenos días.

Mi consulta está relacionada con la posibilidad de reproducir en nuestra página web de empresa los contenidos (siempre con textos e imágenes literales y fieles al original) de las páginas web de organismos públicos oficiales para nuestra base de datos jurídica y técnica (no es gratuita, se pagaría una tarifa por los clientes).

Tenemos entendido que, con carácter general son contenidos de "dominio público" las normas publicadas en el BOE, la jurisprudencia (que ya tenemos incluidos) y también los contenidos de organismos públicos, haciendo por supuesto en este último caso las referencias habituales a la Fuente del organismo público.

Sin embargo, nos surge la duda con el Aviso Legal de un organismo público que dice literalmente lo siguiente:

Advertencia sobre el Copyright de la Web

© INSHT. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. España. Ministerio de Trabajo.

Reproducción autorizada siempre que se cite la fuente y no se alteren los contenidos, salvo que se indique lo contrario.

En aquellos casos en que sea necesaria una autorización previa (*) para la reproducción o el uso de datos textuales o multimedia (sonidos, imágenes, programas, etc.), dicha autorización cancelará la autorización general antes citada y su trasgresión dará lugar a que se emprendan las acciones legales pertinentes.

(*) Será necesario pedir autorización por escrito al Director del INSHT en el caso de que se utilicen los datos mencionados para la elaboración propia de materiales, tanto en soporte electrónico como en soporte físico. Así mismo, deberá solicitarse dicha autorización cuando el autor no sea el INSHT (como los artículos de la revista Prevención, Trabajo y Salud, entre otros).

En la solicitud de autorización deberá hacerse constancia de:

- La ausencia de ánimo de lucro de los materiales a realizar.

- La enumeración detallada de los materiales requeridos de la Web.

- La finalidad, destinatarios y formato (CD, papel, etc) del producto a realizar.

De este Aviso Legal entendemos no requiere autorización por escrito la simple reproducción insertada en nuestra página web (y por tanto se admite), y que solamente se requiere autorización previa (el asterisco) cuando vayas a utilizar la información para la elaboración de materiales propios (manuales, libros, CDs, etc) aprovechando el contenido del organismo oficial, lo cual parece lógico.

Nuestra consulta por tanto es:

¿En principio sería legal reproducir sin más en la página web de nuestra empresa los contenidos (textos e imágenes) de este organismo público (sin elaborar materiales)?

¿Deberíamos solicitar autorización previa sólo para reproducir contenidos?

¿Dónde se regula en la normativa de propiedad intelectual la utilización para páginas web de contenidos de organismos públicos?

Muchas gracias
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Propiedad intelectual contenidos organismos públicos
12/04/2015 12:06
Buenos días.

Mi consulta está relacionada con la posibilidad de reproducir en nuestra página web de empresa los contenidos (siempre con textos e imágenes literales y fieles al original) de las páginas web de organismos públicos oficiales para nuestra base de datos jurídica y técnica (no es gratuita, se pagaría una tarifa por los clientes).

Tenemos entendido que, con carácter general son contenidos de "dominio público" las normas publicadas en el BOE, la jurisprudencia (que ya tenemos incluidos) y también los contenidos de organismos públicos, haciendo por supuesto en este último caso las referencias habituales a la Fuente del organismo público.

Sin embargo, nos surge la duda con el Aviso Legal de un organismo público que dice literalmente lo siguiente:

Advertencia sobre el Copyright de la Web

© INSHT. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. España. Ministerio de Trabajo.

Reproducción autorizada siempre que se cite la fuente y no se alteren los contenidos, salvo que se indique lo contrario.

En aquellos casos en que sea necesaria una autorización previa (*) para la reproducción o el uso de datos textuales o multimedia (sonidos, imágenes, programas, etc.), dicha autorización cancelará la autorización general antes citada y su trasgresión dará lugar a que se emprendan las acciones legales pertinentes.

(*) Será necesario pedir autorización por escrito al Director del INSHT en el caso de que se utilicen los datos mencionados para la elaboración propia de materiales, tanto en soporte electrónico como en soporte físico. Así mismo, deberá solicitarse dicha autorización cuando el autor no sea el INSHT (como los artículos de la revista Prevención, Trabajo y Salud, entre otros).

En la solicitud de autorización deberá hacerse constancia de:

- La ausencia de ánimo de lucro de los materiales a realizar.

- La enumeración detallada de los materiales requeridos de la Web.

- La finalidad, destinatarios y formato (CD, papel, etc) del producto a realizar.

De este Aviso Legal entendemos no requiere autorización por escrito la simple reproducción insertada en nuestra página web (y por tanto se admite), y que solamente se requiere autorización previa (el asterisco) cuando vayas a utilizar la información para la elaboración de materiales propios (manuales, libros, CDs, etc) aprovechando el contenido del organismo oficial, lo cual parece lógico.

Nuestra consulta por tanto es:

¿En principio sería legal reproducir sin más en la página web de nuestra empresa los contenidos (textos e imágenes) de este organismo público (sin elaborar materiales)?

¿Deberíamos solicitar autorización previa sólo para reproducir contenidos?

¿Dónde se regula en la normativa de propiedad intelectual la utilización para páginas web de contenidos de organismos públicos?

Muchas gracias