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Propietaria local comercial

4 Comentarios
 
Propietaria local comercial
18/03/2014 18:21
Buenos días, tal y como indiqué, quisiera consultarle lo siguiente:

Soy dueña de un local comercial y nunca he pagado a la comunidad de vecinos, ya que mi local no tiene acceso por la porteria sino por la calle. Yo no tengo ni llave, ni buzón ni nada en dicha porteria, por lo que con lo único que contribuyo es con la parte proporcional del recibo del seguro de la escalera. Actualmente me quieren cobrar una obra donde se arreglaron goteras en el tejado, obra que ni he visto si se ha hecho ya que yo no tengo acceso a la porteria, y que ningún vecino ha pagado ya que según ellos tenían dinero en la cuenta y lo arreglaron. No se ha hecho una reunión donde se aprobara la obra con la consecuente derrama, y como indico ningún vecino ha contribuido con un gasto más. De antemano le diré que ningún vecino está de acuerdo con pedirnos dinero alguno, a excepción de un sólo señor mayor que dice que si que nos corresponde pagar y pretende que liquide 300€ aproximadamente. Como no quiero líos, le dije que lo consultaría y que le demostraría si tengo o no tengo obligación de pagar. Es una finca de protección oficial. Quedo a la espera de su respuesta.
20/03/2014 17:03
Los bajos comerciales de un edificio constituido en propiedad horizontal han de pagar los gastos de la comunidad de propietarios a la que pertenecen según su cuota de participación, salvo que en el título constitutivo (la escritura de división en propiedad horizontal) o en los Estatutos se establezcan otra cosa.

Por lo tanto, en principio hay que estar a lo que diga dicho título constitutivo y/o los estatutos.

Generalmente esos gastos habituales se refieren a gastos de tejado, ya sea mediante derrama puntual o bien por mantenimiento habitual, de seguro comunitario, incluso por servicio de administración.

Para cualquier consulta, no dude visitarnos en:
https://www.facebook.com/pages/Bañuls-González-Asociados/476869895751753
20/03/2014 17:49
Para koquirruncha:

Lo primero es saber, si a usted la convocan a las Juntas Generales, si usted asiste a las mismas y si le envían las actas.
20/03/2014 18:20
Hola Acriton, no no me convocan a las Juntas Generales, por lo tanto no asisto a ellas porque no se cuando las hacen y por supuesto no me envían actas, de todas formas por los estatutos de la comunidad, "los 4 locales que hay están exentos a contribuir a los gastos de comunidad de propietarios, quedando única y exclusivamente obligados a contribuir en el pago del seguro comunitario", por todo esto no tienen porque convocarme a las Juntas, porque ni yo, ni los otros 3 propietarios de los locales contribuimos en nada a la comunidad más que en el seguro.
20/03/2014 20:29
Si estan exentos, estan exentos.
Saludos
Propietaria local comercial | PorticoLegal
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Propietaria local comercial
18/03/2014 18:21
Buenos días, tal y como indiqué, quisiera consultarle lo siguiente:

Soy dueña de un local comercial y nunca he pagado a la comunidad de vecinos, ya que mi local no tiene acceso por la porteria sino por la calle. Yo no tengo ni llave, ni buzón ni nada en dicha porteria, por lo que con lo único que contribuyo es con la parte proporcional del recibo del seguro de la escalera. Actualmente me quieren cobrar una obra donde se arreglaron goteras en el tejado, obra que ni he visto si se ha hecho ya que yo no tengo acceso a la porteria, y que ningún vecino ha pagado ya que según ellos tenían dinero en la cuenta y lo arreglaron. No se ha hecho una reunión donde se aprobara la obra con la consecuente derrama, y como indico ningún vecino ha contribuido con un gasto más. De antemano le diré que ningún vecino está de acuerdo con pedirnos dinero alguno, a excepción de un sólo señor mayor que dice que si que nos corresponde pagar y pretende que liquide 300€ aproximadamente. Como no quiero líos, le dije que lo consultaría y que le demostraría si tengo o no tengo obligación de pagar. Es una finca de protección oficial. Quedo a la espera de su respuesta.
20/03/2014 17:03
Los bajos comerciales de un edificio constituido en propiedad horizontal han de pagar los gastos de la comunidad de propietarios a la que pertenecen según su cuota de participación, salvo que en el título constitutivo (la escritura de división en propiedad horizontal) o en los Estatutos se establezcan otra cosa.

Por lo tanto, en principio hay que estar a lo que diga dicho título constitutivo y/o los estatutos.

Generalmente esos gastos habituales se refieren a gastos de tejado, ya sea mediante derrama puntual o bien por mantenimiento habitual, de seguro comunitario, incluso por servicio de administración.

Para cualquier consulta, no dude visitarnos en:
https://www.facebook.com/pages/Bañuls-González-Asociados/476869895751753
20/03/2014 17:49
Para koquirruncha:

Lo primero es saber, si a usted la convocan a las Juntas Generales, si usted asiste a las mismas y si le envían las actas.
20/03/2014 18:20
Hola Acriton, no no me convocan a las Juntas Generales, por lo tanto no asisto a ellas porque no se cuando las hacen y por supuesto no me envían actas, de todas formas por los estatutos de la comunidad, "los 4 locales que hay están exentos a contribuir a los gastos de comunidad de propietarios, quedando única y exclusivamente obligados a contribuir en el pago del seguro comunitario", por todo esto no tienen porque convocarme a las Juntas, porque ni yo, ni los otros 3 propietarios de los locales contribuimos en nada a la comunidad más que en el seguro.
20/03/2014 20:29
Si estan exentos, estan exentos.
Saludos