"las servidumbres imprescindibles requeridas" Si pudieron realizar las obras sin pasar por ahí, es que no era una servidumbre imprescindible requerida para la realización de esa obra. Por tanto entiendo que sí que tenía derecho a no autorizar el paso por su vivienda, y eso no menoscaba su derecho a solicitar ahora que se mantenga como corresponde una zona común.
Eso quiere decir que desconoce la LPH Art 9.1.c. LPH c) Consentir en su vivienda o local las reparaciones que exija el servicio del inmueble y permitir en él las servidumbres imprescindibles requeridas para la realización de obras,
las actuaciones o la creación de servicios comunes llevadas a cabo o acordadas conforme a lo establecido en la presente Ley, teniendo derecho a que la comunidad le resarza de los daños y perjuicios ocasionados.
d) Permitir la entrada en su piso o local a los efectos prevenidos en los tres apartados anteriores.
Lea art. 9.1.c de la Lph, como ve si tenia obligacion de permitir el paso, pero al haber una segunda via pues tampoco tiene tanta obligacion. Lo normal es que se limpie, no cree usted? Ahora bien por donde lo hagan es indiferente
El propietario del primer piso ha negado el permiso para acceder por su vivienda para rehabilitar una fachada de da a un pequeño patio, con suelo en la planta 1ª, se lo hemos aceptado bajando material y mano de obra por la cubierta, alegó que no tiene puerta de acceso a ese patio (sólo ventanas). Ahora exige que se contrate a una empresa para limpiar ese patio, para lo cual si cede el paso ¿podía negarse en el primer caso y exigirlo ahora?