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Prórroga contrato

2 Comentarios
 
Prórroga contrato
22/04/2012 13:44
Buenas tardes,

Trabajad@r que no tiene intención de prorrogar contrato, ¿tiene que avisar de su no renovación o simplemente esperar a que concluya el mismo?

Si la empresa quiere prorrogar, ¿con cuántos días avisa? ¿O lo comunica el último día?

Gracias.
22/04/2012 15:04
1.Trabajad@r que no tiene intención de prorrogar contrato, ¿tiene que avisar de su no renovación o simplemente esperar a que concluya el mismo?

El Régimen jurídico a aplicar, simple, artículo 49.1 apartado c) párrafo 4º (TRLET). Te lo pego:

c) Por expiración del tiempo convenido o realización de la obra o servicio objeto del contrato. A la finalización del contrato, excepto en los casos del contrato de interinidad y de los contratos formativos, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización de cuantía equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría
de abonar doce días de salario por cada año de servicio, o la establecida, en su caso, en la normativa específica que sea de aplicación.

Los contratos de duración determinada que tengan establecido plazo máximo de duración, incluidos los
contratos en prácticas y para la formación, concertados por una duración inferior a la máxima legalmente establecida, se entenderán prorrogados automáticamente hasta dicho plazo cuando no medie denuncia o prórroga expresa y el trabajador continúe prestando servicios.

Expirada dicha duración máxima o realizada la obra o servicio objeto del contrato, si no hubiera denuncia y se continuara en la prestación laboral, el contrato se considerará prorrogado tácitamente por tiempo indefinido, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de la prestación.

Si el contrato de trabajo de duración determinada es superior a un año, la parte del contrato que formule la denuncia está obligada a notificar a la otra la terminación del mismo con una antelación mínima de quince días.

2.Si la empresa quiere prorrogar, ¿con cuántos días avisa?

Sí la empresa quiere prorrogar dicho contrato de trabajo, no debe hacer nada, simplemente tramitar tal prórroga cuando éste venza.

¿O lo comunica el último día?

Insisto no debe notificar su intención de prorrogar, ahora bien, yo se lo notificaría al trabajador con la intencion de motivar y garantizarle tranquilidad y obtener un mejor rendimiento de trabajo. Existe reciprocidad de conveniencia por ambas partes. Obviamente, ésta es mi opinión personal, este último comentario no se ajusta a derecho, es simplemente, sentido común, y el deber y volar básico que debemos adquirir de una vez para ayudarnos los unos a los otros.
22/04/2012 15:06
"volar" quise decir valores básicos.
Prórroga contrato | PorticoLegal
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Prórroga contrato

2 Comentarios
 
Prórroga contrato
22/04/2012 13:44
Buenas tardes,

Trabajad@r que no tiene intención de prorrogar contrato, ¿tiene que avisar de su no renovación o simplemente esperar a que concluya el mismo?

Si la empresa quiere prorrogar, ¿con cuántos días avisa? ¿O lo comunica el último día?

Gracias.
22/04/2012 15:04
1.Trabajad@r que no tiene intención de prorrogar contrato, ¿tiene que avisar de su no renovación o simplemente esperar a que concluya el mismo?

El Régimen jurídico a aplicar, simple, artículo 49.1 apartado c) párrafo 4º (TRLET). Te lo pego:

c) Por expiración del tiempo convenido o realización de la obra o servicio objeto del contrato. A la finalización del contrato, excepto en los casos del contrato de interinidad y de los contratos formativos, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización de cuantía equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría
de abonar doce días de salario por cada año de servicio, o la establecida, en su caso, en la normativa específica que sea de aplicación.

Los contratos de duración determinada que tengan establecido plazo máximo de duración, incluidos los
contratos en prácticas y para la formación, concertados por una duración inferior a la máxima legalmente establecida, se entenderán prorrogados automáticamente hasta dicho plazo cuando no medie denuncia o prórroga expresa y el trabajador continúe prestando servicios.

Expirada dicha duración máxima o realizada la obra o servicio objeto del contrato, si no hubiera denuncia y se continuara en la prestación laboral, el contrato se considerará prorrogado tácitamente por tiempo indefinido, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de la prestación.

Si el contrato de trabajo de duración determinada es superior a un año, la parte del contrato que formule la denuncia está obligada a notificar a la otra la terminación del mismo con una antelación mínima de quince días.

2.Si la empresa quiere prorrogar, ¿con cuántos días avisa?

Sí la empresa quiere prorrogar dicho contrato de trabajo, no debe hacer nada, simplemente tramitar tal prórroga cuando éste venza.

¿O lo comunica el último día?

Insisto no debe notificar su intención de prorrogar, ahora bien, yo se lo notificaría al trabajador con la intencion de motivar y garantizarle tranquilidad y obtener un mejor rendimiento de trabajo. Existe reciprocidad de conveniencia por ambas partes. Obviamente, ésta es mi opinión personal, este último comentario no se ajusta a derecho, es simplemente, sentido común, y el deber y volar básico que debemos adquirir de una vez para ayudarnos los unos a los otros.
22/04/2012 15:06
"volar" quise decir valores básicos.