Buenas tardes. Me gustaría saber si en el caso de un contrato celebrado con anterioridad a la modificación de la ley 29/1994, de 24 de noviembre, de arrendamientos urbanos (en la que el plazo de la prórroga obligatoria era de hasta 5 años), el arrendador podría solicitar una reducción de la prórroga obligatoria en base a la ley nueva (ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas). Me estoy volviendo loca porque no encuentro nada al respecto. Muchas gracias de antemano.
No: el plazo de 5 años es obligatorio. La modificación operada en junio del 2013 no tiene caracter retroactivo porque eso seria tanto como perjudicar a los inquilinos (aparte de que en nuestra constitución establece el principio general de irretroactividad de las normas jurídicas).
muchas gracias!! Es que como en la Disposición Transitoria Primera de la Ley 4/2013 dice que ''Los contratos de arrendamiento sometidos a la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, celebrados con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley, continuarán rigiéndose por lo establecido en el régimen jurídico que les era de aplicación. Sin perjuicio de ello, cuando las partes lo acuerden y no resulte contrario a las previsiones legales, los contratos preexistentes podrán adaptarse al régimen jurídico establecido en esta Ley'' no sabía si podrían acordar la reducción sin rebajar el plazo obligatorio de 3 años que estableces la nueva ley. Estaba un poco desorientada.