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Prórroga para contratos anteriores a junio 2013

1 Comentarios
 
29/01/2018 11:52
Esoleram
1.- Lo que pretende el casero no es una prórroga sino un nuevo contrato. Con la redacción de la LAU anterior a junio del 2013 si al finalizar el plazo de 5 años no se dice nada el contrato se prorroga por 3 años más, pero entonces no se puede subir la renta un 10%. Por tanto, aunque no lo sepan expresamente, lo que en realidad están haciendo es concertar un contrato totalmente nuevo segun la redacción de la LAU posterior a junio del 2013.
2.- Por otra parte no hay contratos de larga o corta duración. Eso es una categoría que no está reflejada en la LAU ni ahora ni antes. Lo normal es firmar por un año prorrogable otros 2 por un total de 3 que es lo que establece la LAU después de junio del 2013.
3.- Siendo así lo que dice la LAU es que ud., tiene que permanercer en el alquiler al menos 6 meses, y que si decide de esos 6 meses decide marcharse puede hacerlo pagando (si se pacta) una indemnización de un mes de renta por año que quede hasta finalizar el contrato o la parte proporcional si lo que queda es menos de un año.
RESUMIENDO: ud. puede pactar irse sin indemnización, por poder puede intentarlo, pero dudo mucho que el casero quiera y las negociaciones iban a alargarse mucho. Si como dice quiere irse en agosto, no hay demasiado problema, ya que si firma el 10 de febrero por un año, los 6 meses de su contrato terminarían el 10 de agosto, fecha en la que podría irse libremente pagando tan solo la mitad de una mensualidad, que dentro de lo que cabe no es demasiado.
Piénse tranquilamente si esta opción no le interesa más, porque yo creo que estando el cole de los niños por medio es lo mejor (o por si se prefiere la menos mala).
Prórroga para contratos anteriores a junio 2013
27/01/2018 08:52
Buenos dias
El 10 de febrero finaliza mis 5 años de arrendamiento de mi vivienda habitual, la casera me escribe para avisarme que a partir de esta tal como reza en contrato , me actualiza la renta un 10%. y el contrato se prorroga por 3 años mas.
La subida me supone 100 e mas , intento negociar con ella y no hay ningun acuerdo. Los alquieres en la zona han subido considerablemente y sabe que le puede sacar mas dinero al inmueble,
No me queda otro remedio que aceptar la subida y entonces me dice que tendremos que quedar para la firma de una adenda con las nuevas condiciones,
Mi idea es buscar un alquiler mas barato por la zona o irnos en verano (por tema de coles ) a otra zona .
Mi consulta es si yo con la nueva adenda puedo pactar que con un mes de antelación de aviso, no se me penalice porque segun lo que he leido, puede obligarme a pagar si no cumplo en contrato con ,( trascribo literal)
......."En los contratos de larga duración anteriores al 6 de junio de 2013 en los que arrendador quisiera asegurarse una mayor permanencia de su inquilino, al finalizar el plazo pactado podría optar por:
- Pactar una prórroga con el inquilino por el tiempo que consideren oportuno antes de finalizar el contrato y manteniendo todas las cláusulas y estipulaciones del contrato. En este caso el contrato quedaría sujeto a la normativa anterior a la reforma, por la que el inquilino deberá cumplir el tiempo de prórroga o indemnizar con las rentas de los meses que queden por cumplir el contrato.
- Firmar un nuevo contrato sujeto a la nueva Ley de fomento del alquiler en el que se pacte una larga duración y en el que el casero pueda incluir una que especifique que en caso de que el inquilino decida marcharse dejando incumplido el plazo de duración pactado, deberá indemnizar al arrendador con un mes de alquiler por cada año que deje de cumplir."""
Muchas Gracias , espero haberlo explicado bien.
Un saludo
Prórroga para contratos anteriores a junio 2013 | PorticoLegal
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Prórroga para contratos anteriores a junio 2013

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29/01/2018 11:52
Esoleram
1.- Lo que pretende el casero no es una prórroga sino un nuevo contrato. Con la redacción de la LAU anterior a junio del 2013 si al finalizar el plazo de 5 años no se dice nada el contrato se prorroga por 3 años más, pero entonces no se puede subir la renta un 10%. Por tanto, aunque no lo sepan expresamente, lo que en realidad están haciendo es concertar un contrato totalmente nuevo segun la redacción de la LAU posterior a junio del 2013.
2.- Por otra parte no hay contratos de larga o corta duración. Eso es una categoría que no está reflejada en la LAU ni ahora ni antes. Lo normal es firmar por un año prorrogable otros 2 por un total de 3 que es lo que establece la LAU después de junio del 2013.
3.- Siendo así lo que dice la LAU es que ud., tiene que permanercer en el alquiler al menos 6 meses, y que si decide de esos 6 meses decide marcharse puede hacerlo pagando (si se pacta) una indemnización de un mes de renta por año que quede hasta finalizar el contrato o la parte proporcional si lo que queda es menos de un año.
RESUMIENDO: ud. puede pactar irse sin indemnización, por poder puede intentarlo, pero dudo mucho que el casero quiera y las negociaciones iban a alargarse mucho. Si como dice quiere irse en agosto, no hay demasiado problema, ya que si firma el 10 de febrero por un año, los 6 meses de su contrato terminarían el 10 de agosto, fecha en la que podría irse libremente pagando tan solo la mitad de una mensualidad, que dentro de lo que cabe no es demasiado.
Piénse tranquilamente si esta opción no le interesa más, porque yo creo que estando el cole de los niños por medio es lo mejor (o por si se prefiere la menos mala).
Prórroga para contratos anteriores a junio 2013
27/01/2018 08:52
Buenos dias
El 10 de febrero finaliza mis 5 años de arrendamiento de mi vivienda habitual, la casera me escribe para avisarme que a partir de esta tal como reza en contrato , me actualiza la renta un 10%. y el contrato se prorroga por 3 años mas.
La subida me supone 100 e mas , intento negociar con ella y no hay ningun acuerdo. Los alquieres en la zona han subido considerablemente y sabe que le puede sacar mas dinero al inmueble,
No me queda otro remedio que aceptar la subida y entonces me dice que tendremos que quedar para la firma de una adenda con las nuevas condiciones,
Mi idea es buscar un alquiler mas barato por la zona o irnos en verano (por tema de coles ) a otra zona .
Mi consulta es si yo con la nueva adenda puedo pactar que con un mes de antelación de aviso, no se me penalice porque segun lo que he leido, puede obligarme a pagar si no cumplo en contrato con ,( trascribo literal)
......."En los contratos de larga duración anteriores al 6 de junio de 2013 en los que arrendador quisiera asegurarse una mayor permanencia de su inquilino, al finalizar el plazo pactado podría optar por:
- Pactar una prórroga con el inquilino por el tiempo que consideren oportuno antes de finalizar el contrato y manteniendo todas las cláusulas y estipulaciones del contrato. En este caso el contrato quedaría sujeto a la normativa anterior a la reforma, por la que el inquilino deberá cumplir el tiempo de prórroga o indemnizar con las rentas de los meses que queden por cumplir el contrato.
- Firmar un nuevo contrato sujeto a la nueva Ley de fomento del alquiler en el que se pacte una larga duración y en el que el casero pueda incluir una que especifique que en caso de que el inquilino decida marcharse dejando incumplido el plazo de duración pactado, deberá indemnizar al arrendador con un mes de alquiler por cada año que deje de cumplir."""
Muchas Gracias , espero haberlo explicado bien.
Un saludo