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pros y contras

33 Comentarios
Viendo 21 - 33 de 33 comentarios
21/10/2010 16:26
Nando: La empresa pasa a estar de acuerdo desde el momento en que el trabajador plantea no estar a gusto. De si lo estaba antes no podemos saberlo y me ciño a lo que ha comentado el trabajador.
En una situación dificil en su empresa plantea que no está contento y quiere irse. Evidentemente es una forma de presión y/o negociación con la empresa para que le de el paro y lo que se pueda llevar, porque sino no hay planteamiento que valga, si te quieres ir pides la baja voluntaria y punto.
Por tanto la opción del trabajador, quiero irme, pero... os quiero sacar alguna indemnización y que me arregleis el paro. Se entiende que si no es así, ya que no optado por la baja voluntaria, no se irá.
¿Cual es la opción de la empresa?, pues mantener a un trabajador que se quiere ir y que no sabe si va a rendir de aquí en adelante o negociar.
¿Negociar a costa de que?, pues de pagarle una indemnización que no le corresponde y de que todos los españoles le pagemos una prestación a la que, si quiere irse, que es el planteamiento inicial, no tiene derecho.
Creo haberte leido que trabajas en un departamento de Recursos Humanos, y si es así, te habrás encontrado con este tema varias veces.
Es un fraude lo mires por donde lo mires, el pago de la indemnización solo quiere decir que el ordago del trabajador ha sido mayor que otras veces.
SALUDOS.
21/10/2010 16:30
Vísteme un "mutuo acuerdo" como un despido, y estamos ante un fraude.

Desde el momento que nos ponemos de acuerdo, yo quiero irme, pues yo quiero que te vayas, y no plasmamos esas intenciones por escrito, sino que decimos que el trabajador ha sido malote y que aún siendo malote, le pago X, que es menos que un improcedente, pero que al trabajador le viene bien para su negocio, el cual se verá alimentado por una prestación que no le correspondería si va a la Oficina del INEM con una carta en la empresa empresa y trabajador acuerdan la rescisión de mutuo acuero de la relación laboral, sino que se presenta con una carta de despido inventada al efecto.

En serio, ¿No es un fraude?

Un saludo.
21/10/2010 16:47
Y yo te vuelvo a repetir Nando_bcn, que el fraude no se comete porque se abone una indemnización inferior a los mínimos establecidos por la norma en cuestión (como si quieres indemnizarle por 2 horas después de 30 años de servicios).

El fraude se establece si el trabajador accede al desempleo.

¿Y cómo se accede? Porque el empresario, en la carta de despido y en el certificado de empresa, pone como causa de extinción el "despido", al no venir recogido en este último documento la causa de "mutuo acuerdo", y eso... es connivencia / confabulación para la obtención de prestaciones indebidas.
21/10/2010 16:47
A ver si España tiene fama de fraudulenta debido a que tenemos un concepto equivocado del fraude de ley...Vamos hombre un poquito de seriedad...Es fraude de ley.... Pero como un piano de cola.
21/10/2010 18:50
La verdad es que no había pensado que lo que se debatía es la parte de la prestación por desempleo, es cierto que sería injusto que la cobrase ya que el derecho nace cuando la baja es involuntaria. En este caso no lo es, es un pacto por las dos partes, que es a lo que me refería cuando decía que no veía fraude. Un saludo.
21/10/2010 19:20
Creo que estamos entrando en un bucle. Yo repito que, nos parezca bien o no, una extincion a la que se la ha dado forma de despido y con una indemnizacion de 10.000 euros, calificaciones morales a parte, dificilmente va a correr el riesgo de que se llegue a considerar como un fraude.

Y si, efectivamente, como responsable de RRHH me llegan de ven en cuando peticiones tipo "¿porque no me arreglais los papeles del paro?", aunque, eso sí, cada vez menos, porque la empresa conoce la postura clara de la empresa en el sentido de no favorecer este tipo de apaños.

Así, si a mi me viene alguien con eso, la respuesta es clara, "aqui no arreglamos papeles", eso es un fraude y además pueden derivarse graves sanciones tanto para el trabajador como para la propia empresa, por tanto, si te quieres ir, comunicas tu baja voluntaria y punto. Aunque sabes que mantener esa politica (y os aseguro que yo lo intento) a menudo puede salir cara y suponer grandes esfuerzos, pues te encuentras que el trabajador puede intentar mantener un pulso con la empresa, o cogerse una baja (porque sabemos que, por desgracia, y aunque sin duda hay casos reales, si vas al médico con lo de que "me encuento muy mal anímicamente, en el trabajo me tratan muy mal",etc, no es tan dificil conseguir la baja), pero eso lo asumo y lo afronto, tanto por un tema de principios como por entender que a la larga, prestarse a ese juego puede salir caro. Sin duda, pensando a corto plazo y en casos concretos, a menudo resulta mucho más facil y barato ceder y “arreglar los papeles” sobretodo si sé que con eso se conforma y me quito de encima a un empleado que va a ser incómodo.

Obviamente, si no cedo antre eso, menos aún si el empleado encima espera que le paguemos una indemnización.
Por tanto, si estoy dispuesto a pagar es porque la empresa también tiene interés en deshacerse de ese empleado y sabe que si él también tiene cierto interés, puede conseguir un coste más bajo en la indemnización (a menudo es como una partida de cartas, en el sentido en que no sabes hasta que punto está la otra parte interesada en romper la relación). Es cierto que cuando se da este tipo de casos, suele ser la empresa la que toma la iniciativa (le planteas al trabajador que no estás contento con él, o que por otros motivos, la empresa no cuenta con él, con su puesto de trabajo, etc, pero admitiendo que no se da una situacion que justifique o que garantice un despido procedente, pero que la situacion tampoco justifica o permite asumir el coste total de la indmenización. A partir de ahi, tanteas en que medida pues aceptar una propuesta de salida y en fin, empieza la negociación).
En el caso ahora planteado es el empleado quien toma la iniciativa y eso puede generar ciertas reservas, es cierto, pero al final, si la empresa piensa pagarle 10000 euros o tal vez más, no se trata simplemente de colaborar en un fraude plabnteado por el trabajador, es que le interesa deshacerse de él inlcuso pagando un alto precio.

Y al margen de este tipo de situaciones, negociadas ya de inicio (a instancia de la empresa o del trabajador), por supuesto están los casos de despidos como tales, que son impugnados por el trabajador y luego puede inicarse una negociacion (formalizada en conciliación, en el mismo dia del juicio o antes de todo eso) y en la que cada parte pondera las posibilidades o no del despido y otras cuestiones (costes del proceso, incomodidad de la reincorporacion, etc.). Y al final todo puede quedar en una indemnizacion por debajo de la legal, un poco por debajo o muiy por debajo, pero eso no invalida el despido ni impide que el trabajador esté en sitaución legal de desempleo.

Repito, confundimos consideraciones morales con consecuencias legales. Y una vez más, repito, una extincion formalizada como despido y con una indemnziacion de 10.000 o más euros no le veo riesgos.
Y moralmente, aunque mantengo mis reservas, tampoco la equiparo al simple "arreglame los papeles del paro".

Espero haberme explicado
21/10/2010 19:39
Perdón, al margen de algun que otro error mecanográfico que ya no detallo (la verdad es que no tengo perdón, soy torpe con el teclado y encima no reviso lo que escribo antes de publicarlo), una corrección. Cuando al final del segundo párrafo de mi anterior mensaje digo:

"...porque la empresa conoce la postura clara de la empresa en el sentido de no favorecer este tipo de apaños"

Obviamente queria decie que "LOS EMPLEADOS o la gente conoce la postura clara de la empresa..."
21/10/2010 19:48
Te explicas clarísimamente, como siempre.

El caso es que, como tu dices, a la empresa le puede interesar negociar para deshacerse de un trabajador que no le interesa seguir, correcto. Pueden llegar a un acuerdo para indemnizarle con X euros, correcto. Y hasta ahí es el acuerdo, el trabajador se va con X euros de indemnización, y la empresa de deshace de un trabajador que le puede, hipotéticamente, dar más quebraderos de cabeza que otra cosa.

Lo que en mi opinión no puede entrar en una negociación de ese tipo es una prestación por desempleo que no sale del bolsillo de la empresa.

Con esto quiero decir que el acuerdo de rescisión de la relación laboral por mutuo acuerdo de ambas partes, deberá reflejar la realidad de las cosas, y no redactar una carta de despido, que no existe porque es algo pactado, aún con dinero por el medio, para que además de su "premio", la indemnización pactada, sea beneficiario de una prestación de la cual la empresa no es ni juez ni parte para conceder. Esta prestación la conseguiría si de verdad es un despido, no un acuerdo entre empresa y trabajador.

Cierto es que sería muy dificil detectarla, como un "arreglo de papeles" si se es un pelín hábil, pero al fin y al cabo es un fraude.

En resumen, la empresa no tiene potestad para conceder una prestación, que es lo que estaría haciendo si en lugar de plasmar la realidad en el escrito oportuno, lo que hace es inventarse una carta de despido.

Y la cuestión no es moral, es como tu dices en multitud de ocasiones, en llamar las cosas por su nombre, en este caso, en dejar reflejada la realidad.

Un saludo.
21/10/2010 23:34
El tema es muy sencillo, porque lo complicamos?. Si las dos partes están de acuerdo (empresa y trabajador), pueden negociar desde una cantidad simbólica a los 45 o más días de indemnización, y ese reconocimiento de la indemnización en nómina, es el reconocimiento de la improcedencia, por lo tanto, está en situación de paro; que al fin y al cabo era la consulta, expuesta. No hay fraude de ley, etc... es perfectamente legal.



21/10/2010 23:53
¿Ya han desaparecido las sentencias que alegabas ayer para fundamentar el tema?
De legal no tiene nada, pero paso de discutir (ya lo comprobaréis si la ITSS rasca más allá de la simple superficie).

Y tanta literalidad de la norma que os gusta a muchos de vosotros, y ahora os la saltáis a la torera...
22/10/2010 01:22
pga2010 si te lo estan haciendo pasar mal lo que tienes que hacer es darle la vuelta a la tortilla.
demuestrales a tus jefes que ahora tu tienes la sarten por el mango y que te despidan con la maxima indennizacion.aprovechate de todas las irregularidades que se cometan en la empresa que seguro que son muchas amenazandoles con denunciar en inspeccion de trabajo y o demandarlos hasta un año antes por oras extra no abonadas.categoria inferior a la real falta de conprementos o no aprocacion del c.colectivo correto etc. miralo bien que seguro encuentas muhas irregularidades como en el 99'9 de las empresas de este pais.
animo y a por ellos.
22/10/2010 11:40
Yo no hablo de un simple "Arreglame los papeles", sino de lo que se conoce como "No estoy a gusto y voy a ver si negocio mi despido", que se plantea a la empresa como "Me quiero ir pero con indemnización y paro, o si no..."
El o si no creo que tenemos todos claro lo que es. Bajar el rendimiento hasta que la empresa trage.
A partir de aquí empieza la negociación, la empresa evidentemente va a intentar sacar la indemnización más baja, y le arreglará los papeles porque eso no supone un coste para ella.
Pero de donde parte todo, y en este caso es lo únicio que nos da a entender lo que cuenta el trabajador, es de su idea de marcharse, osea una decisión voluntaria de finiquitar la relación laboral.
¿Que la empresa esta dispuesta a pagar y a cometer un fraude para no tener problemas?. Pues muy bien. Pero eso no quita que legalmente y moralmente sea un fraude.
Y me refiero a la conclusiones que en mi opinión podemos sacar de este caso. Habrá otros donde la inciativa venga de la empresa u otra donde se encuentren ambas partes. Pero solo la iniciativa de la empresa para el despido da derecho a prestación.
Y como hace muy poco he tenido un caso así y a pesar de mi negativa la empresa ha terminado tragando, pues la verdad es que lo tengo muy claro.
SALUDOS.
25/10/2010 14:38
Vamos a ver..., porque estamos ante una cuestión en la que, en el fondo estamos todos de acuerdo (opinión sobre amañar despidos, o el propósito de forzarlos a base de someter a un pulso a la empresa y, sobretodo, el pretender obtener asesoramiento en un foro público).
Aquí, la discusión se centra en una cuestión de matiz, en el sentido de que la iniciativa para extinguir el contrato parece partir del empleado. Reconozco que el tema me provoca ciertas reservas e incluso posibles contradicciones y es cierto que cuando pienso en casos que he vivido (directa o indirectamente) y cuyas conclusiones trato de aplicar a éste, en ellos la iniciativa partía de la empresa.

No se trata de no ser fiel al “literal de la norma” como alguno apunta (justo al norma establece el despido como una de las causas de la “situación legal de desempleo”, y en este caso la forma dada a la extinción es la de despido. La cuestión sería, más que de literal, de fondo, por si alguien puede entender que se trata de una mera simulación de despido)

Y también trato de ser coherente (por lo que alguien tambien apunta) con mi premisa de “llamar a las cosas por su nombre”. Y aquí se trata de decidir si estamos ante un despido o ante “otra cosa” .

De forma general, como ya he dicho, cuando me he encontrado con el típico caso de un trabajador que me pide “arreglar los papeles del paro” o me insinua que a la empresa le convendría facilitarle las cosas ya que si no a la larga le puede salir muy caro (bajas por IT, actitudes poco positivas ante el trabajo, etc.) mi respuesta ha sido rotunda en el sentido de no acceder a este tipo de pretensiones y presiones, aunque he podido comprobar lo caro que sale a menudo. En todo caso, como también decía, se trata de una cuestión de principios y de política a largo plazo (si permites esto a las primeras de cambio te pùedes encontrar con más peticiones de este tipo por parte del resto de trabajadores).

Pero vuelvo a repetir mi mismo argumento (y reconociendo ciertas reservas y contradicciones, tanto técnicas como morales), aquí la empresa está puede estar dispuesta a pagar una importante indemnización, aunque no llegue a los 45 días, aunque ahora, repasando la exposicion del consultante, además de quedar claro que es él quien asume la iniciativa, parece que la empresa de entrada no está muy por la labor de “arreglarle” nada, consciente de los riesgos que ello puede implicar y de hecho es el propio consultante quien propone esa cantidad como indemnizacion. No sé cuál puede ser la posura real y definitiva por parte de la empresa. Por lo que comenta el consultante, la empresa puede tener interés en prescindir de él, pero no sé hasta que punto.

En los casos que tenía yo en mente, incluso hace unos años yo mismo plantee uno en este mismo foro, era la empresa la que tenía intención de prescindir de un trabajador y la cuestión era si podía o estaba dispuesta a hacerlo asumiendo la totalidad de la indemnización y partiendo de la base que de, para la prestacion de desempleo no se exige una indemnizacion mínima (es decir, no se trata de disimular nada, simplemente que la norma no lo exije, otra cosa es que si no hay indenizacion o esta es practicamente simbólica pueda entenderse que hay fraude en el sentido de que realmente es una baja voluntaria y que la empresa se ha prestado a seguirle el juego al trabajador, sin asumir practicamente ningún coste). Repito, no estamos ante el caso de un trabajador que te plantea “arreglarle los papeles” o que intenta chantajearte. Más allá de la situacion y voluntad del empleado, te planteas prescindir de un empleado, no tienes causa suficiente o acreditable para conseguir un despido procedente y simplemente es cuestión de determinar el coste, tratando que éste se lo menor posible. Y en estos casos, el tener evidencias o tratar de contrastar su interés en ser despedido es importante (y para él, la expectativa de tener o no derecho a desempleo puede ser un factor importante).
Y en este sentido me ha podido ocurrir que algun trabajador en esta situación me lo haya puesto fácil, adelantándose con alguna “oferta”, pero siempre partiendo de la base de que se trata de alguien del que quería prescindir y asumiendo que ello iba a suponer un coste, es decir, no se trata simplemente de ceder ante una petición de arreglar nada por parte de un trabajador que me es igual que siga o no. La empresa tiene intencion de despedir, asume el coste que ello puede representar, pero consciente de que el trabajador tambien tiene cierto interés (pero no a cualquier precio) lo utiliza como recurso para rebajar el coste del despido.

25/10/2010 14:38
(cont.)

Y estas cosas suceden. Y cuando resulta que de alguna manera la inciativa (al menos aparente, porque ya he dicho que puede ocurrir que la empresa estuviera barajando la posibilidad de despido) la ha llevado el empleado, ya he reconocido las dudas o reservas que me puede generar, pero hablando sobretodo desde un punto de vista práctico, vuelvo a repetir, dificilmente nadie (INEM, inspección...) nos va a cuestionar nada. Es decir, yo puedo explicar en voz alta “y en este caso acordamos con el trabajador una indemnizacion por despido de 10.000 euros, cuyo pago, en concepto de tal, acreditamos...”, cosa que no puedo decir si simplemente me limité a “arreglarle los paleles” sin pagar nada o pagando una indemnización simbólica. Es a este punto al que pretendo darle alguna vuelta. Nos parecerá bien o mal, pero, formalmente, incluso sabiendo que hay un acuerdo mutuo, un despido en esos términos será dicifilmente cuestionable desde el plano legal (y por tanto, sus consecuencias a nivel de considerar exenta la indemnizacion acordada y el generar una situación legal de desempleo). Aunque si no tengo que dar explicaciones mejor, claro.
Pero repito, negociar una indemnización, sea formalizada vía conciliación o sin ella, es de lo más normal del mundo y cuando hablamos de varios miles de euros, dificilmente habrá riesgo de que pueda ser considerada como fraude (y vuelvo a repetir el argumento de que incluso hasta el año 2002, cuando era necesaria sentencia o conciliacion para acreditar la situacion legal de desempleo, se reconocia como suficiente, a estos efectos, acreditar una indemnizacion minima de 35 dias de salario (que en muchos casos podía ser simple calderilla). Y ahora ni eso, por tanto, será cuestionable aún con menos motivos.

Saludos
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Viendo 21 - 33 de 33 comentarios
21/10/2010 16:26
Nando: La empresa pasa a estar de acuerdo desde el momento en que el trabajador plantea no estar a gusto. De si lo estaba antes no podemos saberlo y me ciño a lo que ha comentado el trabajador.
En una situación dificil en su empresa plantea que no está contento y quiere irse. Evidentemente es una forma de presión y/o negociación con la empresa para que le de el paro y lo que se pueda llevar, porque sino no hay planteamiento que valga, si te quieres ir pides la baja voluntaria y punto.
Por tanto la opción del trabajador, quiero irme, pero... os quiero sacar alguna indemnización y que me arregleis el paro. Se entiende que si no es así, ya que no optado por la baja voluntaria, no se irá.
¿Cual es la opción de la empresa?, pues mantener a un trabajador que se quiere ir y que no sabe si va a rendir de aquí en adelante o negociar.
¿Negociar a costa de que?, pues de pagarle una indemnización que no le corresponde y de que todos los españoles le pagemos una prestación a la que, si quiere irse, que es el planteamiento inicial, no tiene derecho.
Creo haberte leido que trabajas en un departamento de Recursos Humanos, y si es así, te habrás encontrado con este tema varias veces.
Es un fraude lo mires por donde lo mires, el pago de la indemnización solo quiere decir que el ordago del trabajador ha sido mayor que otras veces.
SALUDOS.
21/10/2010 16:30
Vísteme un "mutuo acuerdo" como un despido, y estamos ante un fraude.

Desde el momento que nos ponemos de acuerdo, yo quiero irme, pues yo quiero que te vayas, y no plasmamos esas intenciones por escrito, sino que decimos que el trabajador ha sido malote y que aún siendo malote, le pago X, que es menos que un improcedente, pero que al trabajador le viene bien para su negocio, el cual se verá alimentado por una prestación que no le correspondería si va a la Oficina del INEM con una carta en la empresa empresa y trabajador acuerdan la rescisión de mutuo acuero de la relación laboral, sino que se presenta con una carta de despido inventada al efecto.

En serio, ¿No es un fraude?

Un saludo.
21/10/2010 16:47
Y yo te vuelvo a repetir Nando_bcn, que el fraude no se comete porque se abone una indemnización inferior a los mínimos establecidos por la norma en cuestión (como si quieres indemnizarle por 2 horas después de 30 años de servicios).

El fraude se establece si el trabajador accede al desempleo.

¿Y cómo se accede? Porque el empresario, en la carta de despido y en el certificado de empresa, pone como causa de extinción el "despido", al no venir recogido en este último documento la causa de "mutuo acuerdo", y eso... es connivencia / confabulación para la obtención de prestaciones indebidas.
21/10/2010 16:47
A ver si España tiene fama de fraudulenta debido a que tenemos un concepto equivocado del fraude de ley...Vamos hombre un poquito de seriedad...Es fraude de ley.... Pero como un piano de cola.
21/10/2010 18:50
La verdad es que no había pensado que lo que se debatía es la parte de la prestación por desempleo, es cierto que sería injusto que la cobrase ya que el derecho nace cuando la baja es involuntaria. En este caso no lo es, es un pacto por las dos partes, que es a lo que me refería cuando decía que no veía fraude. Un saludo.
21/10/2010 19:20
Creo que estamos entrando en un bucle. Yo repito que, nos parezca bien o no, una extincion a la que se la ha dado forma de despido y con una indemnizacion de 10.000 euros, calificaciones morales a parte, dificilmente va a correr el riesgo de que se llegue a considerar como un fraude.

Y si, efectivamente, como responsable de RRHH me llegan de ven en cuando peticiones tipo "¿porque no me arreglais los papeles del paro?", aunque, eso sí, cada vez menos, porque la empresa conoce la postura clara de la empresa en el sentido de no favorecer este tipo de apaños.

Así, si a mi me viene alguien con eso, la respuesta es clara, "aqui no arreglamos papeles", eso es un fraude y además pueden derivarse graves sanciones tanto para el trabajador como para la propia empresa, por tanto, si te quieres ir, comunicas tu baja voluntaria y punto. Aunque sabes que mantener esa politica (y os aseguro que yo lo intento) a menudo puede salir cara y suponer grandes esfuerzos, pues te encuentras que el trabajador puede intentar mantener un pulso con la empresa, o cogerse una baja (porque sabemos que, por desgracia, y aunque sin duda hay casos reales, si vas al médico con lo de que "me encuento muy mal anímicamente, en el trabajo me tratan muy mal",etc, no es tan dificil conseguir la baja), pero eso lo asumo y lo afronto, tanto por un tema de principios como por entender que a la larga, prestarse a ese juego puede salir caro. Sin duda, pensando a corto plazo y en casos concretos, a menudo resulta mucho más facil y barato ceder y “arreglar los papeles” sobretodo si sé que con eso se conforma y me quito de encima a un empleado que va a ser incómodo.

Obviamente, si no cedo antre eso, menos aún si el empleado encima espera que le paguemos una indemnización.
Por tanto, si estoy dispuesto a pagar es porque la empresa también tiene interés en deshacerse de ese empleado y sabe que si él también tiene cierto interés, puede conseguir un coste más bajo en la indemnización (a menudo es como una partida de cartas, en el sentido en que no sabes hasta que punto está la otra parte interesada en romper la relación). Es cierto que cuando se da este tipo de casos, suele ser la empresa la que toma la iniciativa (le planteas al trabajador que no estás contento con él, o que por otros motivos, la empresa no cuenta con él, con su puesto de trabajo, etc, pero admitiendo que no se da una situacion que justifique o que garantice un despido procedente, pero que la situacion tampoco justifica o permite asumir el coste total de la indmenización. A partir de ahi, tanteas en que medida pues aceptar una propuesta de salida y en fin, empieza la negociación).
En el caso ahora planteado es el empleado quien toma la iniciativa y eso puede generar ciertas reservas, es cierto, pero al final, si la empresa piensa pagarle 10000 euros o tal vez más, no se trata simplemente de colaborar en un fraude plabnteado por el trabajador, es que le interesa deshacerse de él inlcuso pagando un alto precio.

Y al margen de este tipo de situaciones, negociadas ya de inicio (a instancia de la empresa o del trabajador), por supuesto están los casos de despidos como tales, que son impugnados por el trabajador y luego puede inicarse una negociacion (formalizada en conciliación, en el mismo dia del juicio o antes de todo eso) y en la que cada parte pondera las posibilidades o no del despido y otras cuestiones (costes del proceso, incomodidad de la reincorporacion, etc.). Y al final todo puede quedar en una indemnizacion por debajo de la legal, un poco por debajo o muiy por debajo, pero eso no invalida el despido ni impide que el trabajador esté en sitaución legal de desempleo.

Repito, confundimos consideraciones morales con consecuencias legales. Y una vez más, repito, una extincion formalizada como despido y con una indemnziacion de 10.000 o más euros no le veo riesgos.
Y moralmente, aunque mantengo mis reservas, tampoco la equiparo al simple "arreglame los papeles del paro".

Espero haberme explicado
21/10/2010 19:39
Perdón, al margen de algun que otro error mecanográfico que ya no detallo (la verdad es que no tengo perdón, soy torpe con el teclado y encima no reviso lo que escribo antes de publicarlo), una corrección. Cuando al final del segundo párrafo de mi anterior mensaje digo:

"...porque la empresa conoce la postura clara de la empresa en el sentido de no favorecer este tipo de apaños"

Obviamente queria decie que "LOS EMPLEADOS o la gente conoce la postura clara de la empresa..."
21/10/2010 19:48
Te explicas clarísimamente, como siempre.

El caso es que, como tu dices, a la empresa le puede interesar negociar para deshacerse de un trabajador que no le interesa seguir, correcto. Pueden llegar a un acuerdo para indemnizarle con X euros, correcto. Y hasta ahí es el acuerdo, el trabajador se va con X euros de indemnización, y la empresa de deshace de un trabajador que le puede, hipotéticamente, dar más quebraderos de cabeza que otra cosa.

Lo que en mi opinión no puede entrar en una negociación de ese tipo es una prestación por desempleo que no sale del bolsillo de la empresa.

Con esto quiero decir que el acuerdo de rescisión de la relación laboral por mutuo acuerdo de ambas partes, deberá reflejar la realidad de las cosas, y no redactar una carta de despido, que no existe porque es algo pactado, aún con dinero por el medio, para que además de su "premio", la indemnización pactada, sea beneficiario de una prestación de la cual la empresa no es ni juez ni parte para conceder. Esta prestación la conseguiría si de verdad es un despido, no un acuerdo entre empresa y trabajador.

Cierto es que sería muy dificil detectarla, como un "arreglo de papeles" si se es un pelín hábil, pero al fin y al cabo es un fraude.

En resumen, la empresa no tiene potestad para conceder una prestación, que es lo que estaría haciendo si en lugar de plasmar la realidad en el escrito oportuno, lo que hace es inventarse una carta de despido.

Y la cuestión no es moral, es como tu dices en multitud de ocasiones, en llamar las cosas por su nombre, en este caso, en dejar reflejada la realidad.

Un saludo.
21/10/2010 23:34
El tema es muy sencillo, porque lo complicamos?. Si las dos partes están de acuerdo (empresa y trabajador), pueden negociar desde una cantidad simbólica a los 45 o más días de indemnización, y ese reconocimiento de la indemnización en nómina, es el reconocimiento de la improcedencia, por lo tanto, está en situación de paro; que al fin y al cabo era la consulta, expuesta. No hay fraude de ley, etc... es perfectamente legal.



21/10/2010 23:53
¿Ya han desaparecido las sentencias que alegabas ayer para fundamentar el tema?
De legal no tiene nada, pero paso de discutir (ya lo comprobaréis si la ITSS rasca más allá de la simple superficie).

Y tanta literalidad de la norma que os gusta a muchos de vosotros, y ahora os la saltáis a la torera...
22/10/2010 01:22
pga2010 si te lo estan haciendo pasar mal lo que tienes que hacer es darle la vuelta a la tortilla.
demuestrales a tus jefes que ahora tu tienes la sarten por el mango y que te despidan con la maxima indennizacion.aprovechate de todas las irregularidades que se cometan en la empresa que seguro que son muchas amenazandoles con denunciar en inspeccion de trabajo y o demandarlos hasta un año antes por oras extra no abonadas.categoria inferior a la real falta de conprementos o no aprocacion del c.colectivo correto etc. miralo bien que seguro encuentas muhas irregularidades como en el 99'9 de las empresas de este pais.
animo y a por ellos.
22/10/2010 11:40
Yo no hablo de un simple "Arreglame los papeles", sino de lo que se conoce como "No estoy a gusto y voy a ver si negocio mi despido", que se plantea a la empresa como "Me quiero ir pero con indemnización y paro, o si no..."
El o si no creo que tenemos todos claro lo que es. Bajar el rendimiento hasta que la empresa trage.
A partir de aquí empieza la negociación, la empresa evidentemente va a intentar sacar la indemnización más baja, y le arreglará los papeles porque eso no supone un coste para ella.
Pero de donde parte todo, y en este caso es lo únicio que nos da a entender lo que cuenta el trabajador, es de su idea de marcharse, osea una decisión voluntaria de finiquitar la relación laboral.
¿Que la empresa esta dispuesta a pagar y a cometer un fraude para no tener problemas?. Pues muy bien. Pero eso no quita que legalmente y moralmente sea un fraude.
Y me refiero a la conclusiones que en mi opinión podemos sacar de este caso. Habrá otros donde la inciativa venga de la empresa u otra donde se encuentren ambas partes. Pero solo la iniciativa de la empresa para el despido da derecho a prestación.
Y como hace muy poco he tenido un caso así y a pesar de mi negativa la empresa ha terminado tragando, pues la verdad es que lo tengo muy claro.
SALUDOS.
25/10/2010 14:38
Vamos a ver..., porque estamos ante una cuestión en la que, en el fondo estamos todos de acuerdo (opinión sobre amañar despidos, o el propósito de forzarlos a base de someter a un pulso a la empresa y, sobretodo, el pretender obtener asesoramiento en un foro público).
Aquí, la discusión se centra en una cuestión de matiz, en el sentido de que la iniciativa para extinguir el contrato parece partir del empleado. Reconozco que el tema me provoca ciertas reservas e incluso posibles contradicciones y es cierto que cuando pienso en casos que he vivido (directa o indirectamente) y cuyas conclusiones trato de aplicar a éste, en ellos la iniciativa partía de la empresa.

No se trata de no ser fiel al “literal de la norma” como alguno apunta (justo al norma establece el despido como una de las causas de la “situación legal de desempleo”, y en este caso la forma dada a la extinción es la de despido. La cuestión sería, más que de literal, de fondo, por si alguien puede entender que se trata de una mera simulación de despido)

Y también trato de ser coherente (por lo que alguien tambien apunta) con mi premisa de “llamar a las cosas por su nombre”. Y aquí se trata de decidir si estamos ante un despido o ante “otra cosa” .

De forma general, como ya he dicho, cuando me he encontrado con el típico caso de un trabajador que me pide “arreglar los papeles del paro” o me insinua que a la empresa le convendría facilitarle las cosas ya que si no a la larga le puede salir muy caro (bajas por IT, actitudes poco positivas ante el trabajo, etc.) mi respuesta ha sido rotunda en el sentido de no acceder a este tipo de pretensiones y presiones, aunque he podido comprobar lo caro que sale a menudo. En todo caso, como también decía, se trata de una cuestión de principios y de política a largo plazo (si permites esto a las primeras de cambio te pùedes encontrar con más peticiones de este tipo por parte del resto de trabajadores).

Pero vuelvo a repetir mi mismo argumento (y reconociendo ciertas reservas y contradicciones, tanto técnicas como morales), aquí la empresa está puede estar dispuesta a pagar una importante indemnización, aunque no llegue a los 45 días, aunque ahora, repasando la exposicion del consultante, además de quedar claro que es él quien asume la iniciativa, parece que la empresa de entrada no está muy por la labor de “arreglarle” nada, consciente de los riesgos que ello puede implicar y de hecho es el propio consultante quien propone esa cantidad como indemnizacion. No sé cuál puede ser la posura real y definitiva por parte de la empresa. Por lo que comenta el consultante, la empresa puede tener interés en prescindir de él, pero no sé hasta que punto.

En los casos que tenía yo en mente, incluso hace unos años yo mismo plantee uno en este mismo foro, era la empresa la que tenía intención de prescindir de un trabajador y la cuestión era si podía o estaba dispuesta a hacerlo asumiendo la totalidad de la indemnización y partiendo de la base que de, para la prestacion de desempleo no se exige una indemnizacion mínima (es decir, no se trata de disimular nada, simplemente que la norma no lo exije, otra cosa es que si no hay indenizacion o esta es practicamente simbólica pueda entenderse que hay fraude en el sentido de que realmente es una baja voluntaria y que la empresa se ha prestado a seguirle el juego al trabajador, sin asumir practicamente ningún coste). Repito, no estamos ante el caso de un trabajador que te plantea “arreglarle los papeles” o que intenta chantajearte. Más allá de la situacion y voluntad del empleado, te planteas prescindir de un empleado, no tienes causa suficiente o acreditable para conseguir un despido procedente y simplemente es cuestión de determinar el coste, tratando que éste se lo menor posible. Y en estos casos, el tener evidencias o tratar de contrastar su interés en ser despedido es importante (y para él, la expectativa de tener o no derecho a desempleo puede ser un factor importante).
Y en este sentido me ha podido ocurrir que algun trabajador en esta situación me lo haya puesto fácil, adelantándose con alguna “oferta”, pero siempre partiendo de la base de que se trata de alguien del que quería prescindir y asumiendo que ello iba a suponer un coste, es decir, no se trata simplemente de ceder ante una petición de arreglar nada por parte de un trabajador que me es igual que siga o no. La empresa tiene intencion de despedir, asume el coste que ello puede representar, pero consciente de que el trabajador tambien tiene cierto interés (pero no a cualquier precio) lo utiliza como recurso para rebajar el coste del despido.

25/10/2010 14:38
(cont.)

Y estas cosas suceden. Y cuando resulta que de alguna manera la inciativa (al menos aparente, porque ya he dicho que puede ocurrir que la empresa estuviera barajando la posibilidad de despido) la ha llevado el empleado, ya he reconocido las dudas o reservas que me puede generar, pero hablando sobretodo desde un punto de vista práctico, vuelvo a repetir, dificilmente nadie (INEM, inspección...) nos va a cuestionar nada. Es decir, yo puedo explicar en voz alta “y en este caso acordamos con el trabajador una indemnizacion por despido de 10.000 euros, cuyo pago, en concepto de tal, acreditamos...”, cosa que no puedo decir si simplemente me limité a “arreglarle los paleles” sin pagar nada o pagando una indemnización simbólica. Es a este punto al que pretendo darle alguna vuelta. Nos parecerá bien o mal, pero, formalmente, incluso sabiendo que hay un acuerdo mutuo, un despido en esos términos será dicifilmente cuestionable desde el plano legal (y por tanto, sus consecuencias a nivel de considerar exenta la indemnizacion acordada y el generar una situación legal de desempleo). Aunque si no tengo que dar explicaciones mejor, claro.
Pero repito, negociar una indemnización, sea formalizada vía conciliación o sin ella, es de lo más normal del mundo y cuando hablamos de varios miles de euros, dificilmente habrá riesgo de que pueda ser considerada como fraude (y vuelvo a repetir el argumento de que incluso hasta el año 2002, cuando era necesaria sentencia o conciliacion para acreditar la situacion legal de desempleo, se reconocia como suficiente, a estos efectos, acreditar una indemnizacion minima de 35 dias de salario (que en muchos casos podía ser simple calderilla). Y ahora ni eso, por tanto, será cuestionable aún con menos motivos.

Saludos