Alguno de Ustedes sabe que hace la SS si le envía una providencia apremio por una deuda que no pagó a un ciudadano que no pesee bienes excepto una pensión. Gracias de antemano
Pues desde mi punto de vista, tendrán que embargarle la pensión, si no tiene más vienes y embargarle lo que la LEC 607 dice, no lo que la SS quiera, a ver si alguien más entendido/a que yo te conteste algo más concreto, porque a mi entender la SS es un acreedor como otro cualquiera