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Provisionalisimas Caducadas

11 Comentarios
 
01/04/2014 20:36
Ambos tienen el mismo derecho sobre el menor. Cosa distinta es que sea efectivo ese derecho. Solicite la justicia gratuita y regule bien todo. Un saludo.
01/04/2014 18:04
La custodia, si no hay pronunciamiento judicial al respecto, será en cada momento de quien tenga consigo al menor. Es decir, será una custodia de hecho, que puede durar unas horas o días enteros, según el tiempo que esté el menor en compañía de cada uno de sus progenitores.
01/04/2014 15:25
Si alguien pudiera decirme si al estar caducadas ambos progenitores tenemos la custodia se lo agradeceria... Un saludo.
31/03/2014 14:04
Bueno, así llevo 8 meses. EL hecho es que no tengo 180€, si no 90€ por que estoy pagando una tarjeta de ikea, de unos muebles que compre y estoy pagando 90 al mes de esos muebles que mi ex se llevo como " ajuar" y como recomendacion de mi ex abogado que tampoco a sabido ver en 5 meses que estaban las medidas caducadas... Pais. Entonces si estan caducadas... AMBOS TENEMOS CUSTODIA?
31/03/2014 13:56
Pone el Sr. de la toga 600 € de pensión, (aunque sea provisional) a un padre, cobrando él 780, a quien dictó esa sentencia deberían ponerle como "castigo" a su "buen hacer" que durante SOLO tres meses sobreviviese él con 180 €, a ver como lo hacía, luego le pediría por favor clases de como hacerlo, más que nada para aprender a ser buena administradora, mejor diría "milagrera"..............................pobre de la persona que caiga en manos de semejantes "profesionales", no entiendo porqué no los condenan a que se saquen el carnet de indigentes, más que nada para que esten legales pidiendo en las esquinas.
31/03/2014 12:12
Si después de esa sentencia, y dentro del plazo de los 30 días siguientes, ni usted ni su expareja han interpuesto ninguna demanda en el Juzgado civil para regular la situación de su hijo, LAS MEDIDAS ESTÁN CADUCADAS.
Por otra parte, si está considerando solicitar próximamente medidas paterno filiales, pidiendo la guardia y custodia compartida, yo le sugiero que no deje de pagar los alimentos, aunque en lugar de ingresar la cantidad que ponía en la sentencia, ingrese menos cantidad, la que usted considere que es suficiente para el mantenimiento de su hijo. Esto jugará a su favor en la vista de medidas, puesto que su abogado/a podrá alegar que desde siempre ha sido un padre responsable con sus obligaciones y según su realidad y posibilidades economicas.

Solicite justicia gratuita.

AR.Abogada, Alicante.
30/03/2014 20:27
Después de interponer las medidas, lo único que el juez dice en el auto es : Notifiquese esta resolución al Ministerio Fiscal y a las partes personadas.

Esta resolución no es firme, contra ella cabe recurso de reforma a interponer ante este Juzagado, dentro de los tres dias siguientes a su notificación (que se puso pero que no admitieron por un formalismo)
Tambien cabe recurso de apelación que puede interponerse subsidiariamente con el de reforma o directamente por separado en el plazo de 5 dias ante este juzgado. No siendo necesario interponer preciamente el de reforma para presentar apelación (art 766 de la LECrim) ESTO ULTIMO, entiendo que es por que fue un juicio por violencia de mi expareja a mi hijo. COn estos datos... Alguien puede decirme si estan caducadas las medidas=? Es muy urgente que sepa vuestras opiniones por que TODOS Los abogados que he visitado me dicen que NO estan caducadas, pero encuentro abogados de asociaciones de ayuda a hombres maltratados que me dicen que si estan caducadas por lo que ya no se a quien acudir para que me lo aclare, bueno al juez pero no me va a atender antes de una semana que es el tiempo que tengo antes de que desaparezca mi exmujer con nuestro hijo... Muchas gracias de antemano
30/03/2014 20:18
EL hecho es que el juez invocó el 158 del código civil, y después en el texto del auto indica aparte de las medidas, pensión custodia, visitas.. indica que "sin perjuicio de que en un posterior proceso civil se establezcan las medidas paterno filiales que resulten pertinentes". (Fundamento de Derecho Segundo)

Entiendo que según indica el auto son provisionales. Pero el 771 del cod civil en su punto 5 dice: "5. Los efectos y medidas acordados de conformidad con lo dispuesto en este artículo sólo subsistirán si, dentro de los treinta días siguientes a su adopción se presenta la demanda de nulidad, separación o divorcio."

POr lo que el juez al haber usado el 158 para adoptar medidas urgentes para el menor, no son definitivas si no provisionales y caducaron al mes de establecerlas (Agosto) .

Me puede alguien aclarar esto?
Están cadudadas?

Un cordial saludo.
30/03/2014 20:17
Hobla papajoe,
Esas medidas tienen una vigencIa de 30 días y en ese plazo se debe interponer demanda, si no se hace, las medidas pierden vigencia, ni esta obligado a nada, hasta que se interponga por su parte o por la madre.
Un saludo,
30/03/2014 19:35
Precisamente lo que necesito es si alguno me puede indicar a la vista del auto, si están caducadas o no. Por que unos abogados (bufetes y s sociales me dicen que si) y otros que no. Si alguien me puede indicar estaria enormemente agradecido.

Puedo escribir el auto aquí sin datos personales...
29/03/2014 21:20
Si las medidas han caducado porque no interpuso demanda, la obligación de pago, también. Por tanto, el derecho decae. Para estar obligado al pago, habría que interponer una nueva demanda. Con lo que gana, tiene asegurada la asistencia jurídica gratuita. Interponga Vd. la demanda. Un saludo.
Provisionalisimas caducadas
28/03/2014 14:46
Muy buenas y ante todo mi respeto por todas las opiniones que se que serán varias por ser un tema peliagudo.

Soy Papa de un nene de 3 años, me separé de mi expareja en Julio de 2013 por motivos variados. Al separarme mi expareja me prohibio ver a mi hijo, por lo que y entre otras cosas pendientes mi padre la denunció por maltratar a mi hijo, teniendo un parte de lesiones anterior a la separación.

En ese juicio, del mes de agosto de 2013, el juez de urgencia, la absolvio por no quedar demostradamente el maltrato peeeerroo, estipulo sin que ninguna de las partes lo pidiera unas medidas urgentes preventivas para el menor, en ese mismo juicio penal, el juez estipulo la guarda y custodia del menor a favor de la madre, y una pensión de 600€ mensuales a favor del menor, teniendo yo un sueldo de 780€. Imaginense que he estado haciendo desde entonces además de mendigar. Resulta que empiezo a recuperarme psicologicamente del desarraigo total de no ver a mi hijo nada mas que 4 dias al mes, y QUE DESCUBRO!!!, que las medidas son provisionales y caducan a los 30 días si ninguna de las partes presenta demanda de custodia o medidas paterno filiales por que no estabamos casados. Por lo que ahora me están empezando a sugerir mis pensamientos paternales, que si mi exmujer lleva 8 meses con mi hijo fingiendo un teatrillo para cobrar y quedarse con el, por que no puedo yo, el dia que me toque recoger a mi hijo, y quedarme con el en casa de mis padres que es donde yo vivo por la falta total de recursos y el empobrecimiento al que me han llevado. A todo esto hay que sumarle que la madre no pago jamas el alquiler de la vivienda y la iban a desahuciar, por lo que se ha mudado por 2 vez desde que nos separamos, a otro pueblo mas lejos, presuntamente a casa de su nueva pareja. Entiendo que si esas medidas estan caducadas, puedo hacer lo mismo que ella ha hecho hasta que se dicte sentencia de custodia? Espero vuestras respuestas muchas gracias.
Provisionalisimas Caducadas | PorticoLegal
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11 Comentarios
 
01/04/2014 20:36
Ambos tienen el mismo derecho sobre el menor. Cosa distinta es que sea efectivo ese derecho. Solicite la justicia gratuita y regule bien todo. Un saludo.
01/04/2014 18:04
La custodia, si no hay pronunciamiento judicial al respecto, será en cada momento de quien tenga consigo al menor. Es decir, será una custodia de hecho, que puede durar unas horas o días enteros, según el tiempo que esté el menor en compañía de cada uno de sus progenitores.
01/04/2014 15:25
Si alguien pudiera decirme si al estar caducadas ambos progenitores tenemos la custodia se lo agradeceria... Un saludo.
31/03/2014 14:04
Bueno, así llevo 8 meses. EL hecho es que no tengo 180€, si no 90€ por que estoy pagando una tarjeta de ikea, de unos muebles que compre y estoy pagando 90 al mes de esos muebles que mi ex se llevo como " ajuar" y como recomendacion de mi ex abogado que tampoco a sabido ver en 5 meses que estaban las medidas caducadas... Pais. Entonces si estan caducadas... AMBOS TENEMOS CUSTODIA?
31/03/2014 13:56
Pone el Sr. de la toga 600 € de pensión, (aunque sea provisional) a un padre, cobrando él 780, a quien dictó esa sentencia deberían ponerle como "castigo" a su "buen hacer" que durante SOLO tres meses sobreviviese él con 180 €, a ver como lo hacía, luego le pediría por favor clases de como hacerlo, más que nada para aprender a ser buena administradora, mejor diría "milagrera"..............................pobre de la persona que caiga en manos de semejantes "profesionales", no entiendo porqué no los condenan a que se saquen el carnet de indigentes, más que nada para que esten legales pidiendo en las esquinas.
31/03/2014 12:12
Si después de esa sentencia, y dentro del plazo de los 30 días siguientes, ni usted ni su expareja han interpuesto ninguna demanda en el Juzgado civil para regular la situación de su hijo, LAS MEDIDAS ESTÁN CADUCADAS.
Por otra parte, si está considerando solicitar próximamente medidas paterno filiales, pidiendo la guardia y custodia compartida, yo le sugiero que no deje de pagar los alimentos, aunque en lugar de ingresar la cantidad que ponía en la sentencia, ingrese menos cantidad, la que usted considere que es suficiente para el mantenimiento de su hijo. Esto jugará a su favor en la vista de medidas, puesto que su abogado/a podrá alegar que desde siempre ha sido un padre responsable con sus obligaciones y según su realidad y posibilidades economicas.

Solicite justicia gratuita.

AR.Abogada, Alicante.
30/03/2014 20:27
Después de interponer las medidas, lo único que el juez dice en el auto es : Notifiquese esta resolución al Ministerio Fiscal y a las partes personadas.

Esta resolución no es firme, contra ella cabe recurso de reforma a interponer ante este Juzagado, dentro de los tres dias siguientes a su notificación (que se puso pero que no admitieron por un formalismo)
Tambien cabe recurso de apelación que puede interponerse subsidiariamente con el de reforma o directamente por separado en el plazo de 5 dias ante este juzgado. No siendo necesario interponer preciamente el de reforma para presentar apelación (art 766 de la LECrim) ESTO ULTIMO, entiendo que es por que fue un juicio por violencia de mi expareja a mi hijo. COn estos datos... Alguien puede decirme si estan caducadas las medidas=? Es muy urgente que sepa vuestras opiniones por que TODOS Los abogados que he visitado me dicen que NO estan caducadas, pero encuentro abogados de asociaciones de ayuda a hombres maltratados que me dicen que si estan caducadas por lo que ya no se a quien acudir para que me lo aclare, bueno al juez pero no me va a atender antes de una semana que es el tiempo que tengo antes de que desaparezca mi exmujer con nuestro hijo... Muchas gracias de antemano
30/03/2014 20:18
EL hecho es que el juez invocó el 158 del código civil, y después en el texto del auto indica aparte de las medidas, pensión custodia, visitas.. indica que "sin perjuicio de que en un posterior proceso civil se establezcan las medidas paterno filiales que resulten pertinentes". (Fundamento de Derecho Segundo)

Entiendo que según indica el auto son provisionales. Pero el 771 del cod civil en su punto 5 dice: "5. Los efectos y medidas acordados de conformidad con lo dispuesto en este artículo sólo subsistirán si, dentro de los treinta días siguientes a su adopción se presenta la demanda de nulidad, separación o divorcio."

POr lo que el juez al haber usado el 158 para adoptar medidas urgentes para el menor, no son definitivas si no provisionales y caducaron al mes de establecerlas (Agosto) .

Me puede alguien aclarar esto?
Están cadudadas?

Un cordial saludo.
30/03/2014 20:17
Hobla papajoe,
Esas medidas tienen una vigencIa de 30 días y en ese plazo se debe interponer demanda, si no se hace, las medidas pierden vigencia, ni esta obligado a nada, hasta que se interponga por su parte o por la madre.
Un saludo,
30/03/2014 19:35
Precisamente lo que necesito es si alguno me puede indicar a la vista del auto, si están caducadas o no. Por que unos abogados (bufetes y s sociales me dicen que si) y otros que no. Si alguien me puede indicar estaria enormemente agradecido.

Puedo escribir el auto aquí sin datos personales...
29/03/2014 21:20
Si las medidas han caducado porque no interpuso demanda, la obligación de pago, también. Por tanto, el derecho decae. Para estar obligado al pago, habría que interponer una nueva demanda. Con lo que gana, tiene asegurada la asistencia jurídica gratuita. Interponga Vd. la demanda. Un saludo.
Provisionalisimas caducadas
28/03/2014 14:46
Muy buenas y ante todo mi respeto por todas las opiniones que se que serán varias por ser un tema peliagudo.

Soy Papa de un nene de 3 años, me separé de mi expareja en Julio de 2013 por motivos variados. Al separarme mi expareja me prohibio ver a mi hijo, por lo que y entre otras cosas pendientes mi padre la denunció por maltratar a mi hijo, teniendo un parte de lesiones anterior a la separación.

En ese juicio, del mes de agosto de 2013, el juez de urgencia, la absolvio por no quedar demostradamente el maltrato peeeerroo, estipulo sin que ninguna de las partes lo pidiera unas medidas urgentes preventivas para el menor, en ese mismo juicio penal, el juez estipulo la guarda y custodia del menor a favor de la madre, y una pensión de 600€ mensuales a favor del menor, teniendo yo un sueldo de 780€. Imaginense que he estado haciendo desde entonces además de mendigar. Resulta que empiezo a recuperarme psicologicamente del desarraigo total de no ver a mi hijo nada mas que 4 dias al mes, y QUE DESCUBRO!!!, que las medidas son provisionales y caducan a los 30 días si ninguna de las partes presenta demanda de custodia o medidas paterno filiales por que no estabamos casados. Por lo que ahora me están empezando a sugerir mis pensamientos paternales, que si mi exmujer lleva 8 meses con mi hijo fingiendo un teatrillo para cobrar y quedarse con el, por que no puedo yo, el dia que me toque recoger a mi hijo, y quedarme con el en casa de mis padres que es donde yo vivo por la falta total de recursos y el empobrecimiento al que me han llevado. A todo esto hay que sumarle que la madre no pago jamas el alquiler de la vivienda y la iban a desahuciar, por lo que se ha mudado por 2 vez desde que nos separamos, a otro pueblo mas lejos, presuntamente a casa de su nueva pareja. Entiendo que si esas medidas estan caducadas, puedo hacer lo mismo que ella ha hecho hasta que se dicte sentencia de custodia? Espero vuestras respuestas muchas gracias.