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próximo contrato de alquiler

3 Comentarios
 
Próximo contrato de alquiler
19/02/2021 22:15
En los próximos días voy a volver a alquilar mi vivienda. Después de mi última experiencia con los inquilinos. Hay 2 cláusulas son muy importantes para mi y no tengo claras.
1. Se puede poner por contrato que el inquilino tiene la obligación de permitir enseñar la vivienda un mes antes de ellos abandonarla. Nada abusivo. Alguna visita de la inmobiliaria con clientes muy interesados, siempre quedando con ellos y con el máximo respeto
2. No logro entender lo de la subida del IPC
Como.se calcula? De cuanto sería la subida según el IPC.del último año en una vivienda de 600 e?
O se puede poner en el contrato otro tipo de subida
20/02/2021 00:48
1.- En cuanto a la cláusula para enseñar la vivienda, hay división de opiniones y además sin seguridad porque no conozco ninguna sentencia ni en un sentido ni en otro. Mi opinión personal es que esa cláusula es perfectamente legal porque segun el art. 18.2 de la Constitución:
"El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él SIN CONSENTIMIENTO DEL TITULAR o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito."
Entonces soy de la opinión que esa cláusula de la que habla englobaría ese supuesto de consentimiento del que habla la constitución y por tanto que sería legal.
2.- En cuanto al IPC: ud. mira en la página del INE el IPC del mes en que se celebró el contrato y lo suma a la renta que tiene actualmente. Me explico: suponga que hace el contrato para marzo del 2021 por 600 euros. El año que viene, en el mes de abril de 2022, saldrá el dato del IPC de marzo del 2021 a marzo del 2022. Supongamos que es el 2%. Entonces a partir de mayo del 2022 la renta sería de 612 euros y además tendría que cobrarle al inquilino 12 euros "atrasados" de marzo de 2022 más otros 12 de abril de 2022 igualmente.
3.- Puede poner otro tipo de mecanismo de subida PERO nunca podrá ser superior a la subida del IPC.
20/02/2021 00:54
leonjbr
Pero entonces en un año solo puedes subir 12 e el alquiler?
Yo estoy harta de oír por la tele.. inquilino que deja la vivienda porque el casero le sube 300e, 400 e

Y muchas gracias por tus respuestas
Eres muy amable
20/02/2021 09:28
Puede subir la inflacion que será como mucho un 2 o un 3 por ciento. Lo que ha leido en la tele se da cuando finaliza un contrato y todas sus prorrogas obligatorias y el casero puede renegociar el contrato. Entonces es cuando se le plantea, dentro de la negociacion, la posibilidad no de subirle la renta, sino de establecer una renta nueva, que logicamente es bastante mas alta.
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Próximo contrato de alquiler
19/02/2021 22:15
En los próximos días voy a volver a alquilar mi vivienda. Después de mi última experiencia con los inquilinos. Hay 2 cláusulas son muy importantes para mi y no tengo claras.
1. Se puede poner por contrato que el inquilino tiene la obligación de permitir enseñar la vivienda un mes antes de ellos abandonarla. Nada abusivo. Alguna visita de la inmobiliaria con clientes muy interesados, siempre quedando con ellos y con el máximo respeto
2. No logro entender lo de la subida del IPC
Como.se calcula? De cuanto sería la subida según el IPC.del último año en una vivienda de 600 e?
O se puede poner en el contrato otro tipo de subida
20/02/2021 00:48
1.- En cuanto a la cláusula para enseñar la vivienda, hay división de opiniones y además sin seguridad porque no conozco ninguna sentencia ni en un sentido ni en otro. Mi opinión personal es que esa cláusula es perfectamente legal porque segun el art. 18.2 de la Constitución:
"El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él SIN CONSENTIMIENTO DEL TITULAR o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito."
Entonces soy de la opinión que esa cláusula de la que habla englobaría ese supuesto de consentimiento del que habla la constitución y por tanto que sería legal.
2.- En cuanto al IPC: ud. mira en la página del INE el IPC del mes en que se celebró el contrato y lo suma a la renta que tiene actualmente. Me explico: suponga que hace el contrato para marzo del 2021 por 600 euros. El año que viene, en el mes de abril de 2022, saldrá el dato del IPC de marzo del 2021 a marzo del 2022. Supongamos que es el 2%. Entonces a partir de mayo del 2022 la renta sería de 612 euros y además tendría que cobrarle al inquilino 12 euros "atrasados" de marzo de 2022 más otros 12 de abril de 2022 igualmente.
3.- Puede poner otro tipo de mecanismo de subida PERO nunca podrá ser superior a la subida del IPC.
20/02/2021 00:54
leonjbr
Pero entonces en un año solo puedes subir 12 e el alquiler?
Yo estoy harta de oír por la tele.. inquilino que deja la vivienda porque el casero le sube 300e, 400 e

Y muchas gracias por tus respuestas
Eres muy amable
20/02/2021 09:28
Puede subir la inflacion que será como mucho un 2 o un 3 por ciento. Lo que ha leido en la tele se da cuando finaliza un contrato y todas sus prorrogas obligatorias y el casero puede renegociar el contrato. Entonces es cuando se le plantea, dentro de la negociacion, la posibilidad no de subirle la renta, sino de establecer una renta nueva, que logicamente es bastante mas alta.