En la encomienda de gestion regulada en el art. 15 de la Ley 30/92, ¿es preceptiva la publicación del instrumento de formalización en el Boletín Oficial correspondiente?. En el supuesto práctico, el órgano encomendante es un Ayuntamiento y la encomendada es una Empresa Pública dependiente de una Mancomunidad en la cual se integra el Ayuntamiento encomendante. Gracias de antemano y un saludo.