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¿Puede despedirme la empresa al cumplir sesenta y cinco años?

1 Comentarios
 
¿puede despedirme la empresa al cumplir sesenta y cinco años?
19/05/2019 18:32
Hola voy a cumplir 65 años en julio y ahora estoy de baja por enfermedad laboral.
Mi pregunta es si llegado el tiempo en que cumplo los 65 años la empresa puede mandarme a la jubilación obligándome a marcharme de la empresa, o puedo continuar en ella hasta que edad máxima.
Tengo los años cotizados pero todavía no quiero marcharme.
Muchas gracias y un saludo
19/05/2019 20:06
Maryta
Llegada la edad de jubilación para la empresa es obligatoria, para el trabajador es voluntaria.
Si como dice tiene los años necesarios y tb cumple el requisito de edad física, si usted quiere seguir trabajando aumentará un 1 % por encima del 100 % para su jubilación, creo que el limite es a los 70 años.
Si proceden a jubilarla de forma forzosa usted demande por despido improcedente le tendran que pagar un despido bastante suculento (con tantos años cotizados como poco sacaría un par de años de salario y después de cobrar la indemnización, no se haga ilusiones,no pasara, no son tontos, se podría usted jubilar).
¿Puede despedirme la empresa al cumplir sesenta y cinco años? | PorticoLegal
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¿Puede despedirme la empresa al cumplir sesenta y cinco años?

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¿puede despedirme la empresa al cumplir sesenta y cinco años?
19/05/2019 18:32
Hola voy a cumplir 65 años en julio y ahora estoy de baja por enfermedad laboral.
Mi pregunta es si llegado el tiempo en que cumplo los 65 años la empresa puede mandarme a la jubilación obligándome a marcharme de la empresa, o puedo continuar en ella hasta que edad máxima.
Tengo los años cotizados pero todavía no quiero marcharme.
Muchas gracias y un saludo
19/05/2019 20:06
Maryta
Llegada la edad de jubilación para la empresa es obligatoria, para el trabajador es voluntaria.
Si como dice tiene los años necesarios y tb cumple el requisito de edad física, si usted quiere seguir trabajando aumentará un 1 % por encima del 100 % para su jubilación, creo que el limite es a los 70 años.
Si proceden a jubilarla de forma forzosa usted demande por despido improcedente le tendran que pagar un despido bastante suculento (con tantos años cotizados como poco sacaría un par de años de salario y después de cobrar la indemnización, no se haga ilusiones,no pasara, no son tontos, se podría usted jubilar).