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Puede el hijo sacar dinero de la cuenta del padre

10 Comentarios
 
Puede el hijo sacar dinero de la cuenta del padre
23/11/2010 13:34
Hola:
Estoy pensando en abrir una cuenta bancaria a mi nombre solamente, pero quisiera saber si en caso de fallecimiento, mi hijo puede recuperar, administrar, etc., el dinero que pudiera haber en la cuenta.
Un saludo
24/11/2010 08:34
Cuando tu faltes, tu hijo como heredero te sustituye en la propiedad de los bienes que le correspondan.
24/11/2010 16:04
Gracias por la respuesta.
Es hijo único, por lo que creo que no hace falta hacer declaración de herederos, ni tendrá ningún problema.
Un saludo
24/11/2010 18:36
Hola Daylo,

Debería aportar algunos datos más ¿está usted casado? si lo está ¿que régimen matrimonial tiene? si es el de gananciales, la mitad de lo que usted tenga en esa cuenta, será de su cónyuge.

Saludos,
24/11/2010 19:36
Desde luego no será tan sencillo como ir al Banco y decir que su padre ha fallecido.
Le pediran declaración de herederos, posible testamentaría si la hubiera y requiere algun tiempo para que el heredero tenga la posiblidad de disponer del saldo que hubiera.
26/11/2010 00:41
Lo más fácil, si no tienes inconveniente, es poner a tu hijo como cotitular, así podrá disponer del dinero en cualquier momento. Si lo tienes, sería mejor hacer testamento, eso le facilitará las cosas y es más barato que la declaración de herederos que se verá obligado a hacer cuando llegue el momento.
13/12/2010 17:25
Estoy casado, pero hemos acordado que cada uno tenga una cuenta independiente.
Un saludo
13/12/2010 21:58
manubad,en un banco no sé si será como dice, pero desde luego en una caja ,por propia experiencia te digo que te dan no solo la parte que te pueda corresponder, sino el total del saldo sin un solo papel que justifique quien o quienes son herederos.Y lo más sangrante,con denuncia al propio banco y....... no ha pasado nada.
13/12/2010 22:13
Lo que dice canta puede suceder por algún director inepto pero tenga la seguridad que ni bancos ni cajas actuan de ésta manera.

Legalmente para la entrega del dinero se requiere acreditar ser heredero que puede ser mediante la declaración de herederos o bien mediante la escritura de aceptación de herencia y en todo caso y lo mas importante haber liquidado el impuesto de sucesiones.

Si se acompaña declaracion de herederos porque el fallecido murio intestado y el impreso sellado por la correspondiente oficina de haber liquidado el impuesto, no le pueden exigir nada mas pues los herederos no estan obligados hacer escritura de herencia, la simple entrega del dinero a los herederos es aceptación tácita de herencia.
14/12/2010 09:07
Efectivamente, en mi caso por una directora inepta,que se ha creido que por trabajar en la caja es una funcionaria, es decir, responsabilidad cero, lo demás, lo hace la "calidad" del cliente, en este caso por encima de la normativa está que es cliente de toda la vida, en un banco no pasaría porque el jefe de zona, la pondría bien.pero poder se puede, esto y muchas más cosas.......En mi caso encima, como la cuenta del difunto no se puede cerrar,puesto que es una cta. asociada a unas letras del tesoro, y la herencia no se acaba de repartir todo el tiempo que transcurra la cta, a cero, encima generará unos gastos, está denunciado y no veais lo que les preocupa....no les preocupa lo más mínimo.
14/12/2010 21:08
Pero aunque tengan cuentas separadas usted y su mujer en que regimen estan casados en separacion o gananciales?.
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23/11/2010 13:34
Hola:
Estoy pensando en abrir una cuenta bancaria a mi nombre solamente, pero quisiera saber si en caso de fallecimiento, mi hijo puede recuperar, administrar, etc., el dinero que pudiera haber en la cuenta.
Un saludo
24/11/2010 08:34
Cuando tu faltes, tu hijo como heredero te sustituye en la propiedad de los bienes que le correspondan.
24/11/2010 16:04
Gracias por la respuesta.
Es hijo único, por lo que creo que no hace falta hacer declaración de herederos, ni tendrá ningún problema.
Un saludo
24/11/2010 18:36
Hola Daylo,

Debería aportar algunos datos más ¿está usted casado? si lo está ¿que régimen matrimonial tiene? si es el de gananciales, la mitad de lo que usted tenga en esa cuenta, será de su cónyuge.

Saludos,
24/11/2010 19:36
Desde luego no será tan sencillo como ir al Banco y decir que su padre ha fallecido.
Le pediran declaración de herederos, posible testamentaría si la hubiera y requiere algun tiempo para que el heredero tenga la posiblidad de disponer del saldo que hubiera.
26/11/2010 00:41
Lo más fácil, si no tienes inconveniente, es poner a tu hijo como cotitular, así podrá disponer del dinero en cualquier momento. Si lo tienes, sería mejor hacer testamento, eso le facilitará las cosas y es más barato que la declaración de herederos que se verá obligado a hacer cuando llegue el momento.
13/12/2010 17:25
Estoy casado, pero hemos acordado que cada uno tenga una cuenta independiente.
Un saludo
13/12/2010 21:58
manubad,en un banco no sé si será como dice, pero desde luego en una caja ,por propia experiencia te digo que te dan no solo la parte que te pueda corresponder, sino el total del saldo sin un solo papel que justifique quien o quienes son herederos.Y lo más sangrante,con denuncia al propio banco y....... no ha pasado nada.
13/12/2010 22:13
Lo que dice canta puede suceder por algún director inepto pero tenga la seguridad que ni bancos ni cajas actuan de ésta manera.

Legalmente para la entrega del dinero se requiere acreditar ser heredero que puede ser mediante la declaración de herederos o bien mediante la escritura de aceptación de herencia y en todo caso y lo mas importante haber liquidado el impuesto de sucesiones.

Si se acompaña declaracion de herederos porque el fallecido murio intestado y el impreso sellado por la correspondiente oficina de haber liquidado el impuesto, no le pueden exigir nada mas pues los herederos no estan obligados hacer escritura de herencia, la simple entrega del dinero a los herederos es aceptación tácita de herencia.
14/12/2010 09:07
Efectivamente, en mi caso por una directora inepta,que se ha creido que por trabajar en la caja es una funcionaria, es decir, responsabilidad cero, lo demás, lo hace la "calidad" del cliente, en este caso por encima de la normativa está que es cliente de toda la vida, en un banco no pasaría porque el jefe de zona, la pondría bien.pero poder se puede, esto y muchas más cosas.......En mi caso encima, como la cuenta del difunto no se puede cerrar,puesto que es una cta. asociada a unas letras del tesoro, y la herencia no se acaba de repartir todo el tiempo que transcurra la cta, a cero, encima generará unos gastos, está denunciado y no veais lo que les preocupa....no les preocupa lo más mínimo.
14/12/2010 21:08
Pero aunque tengan cuentas separadas usted y su mujer en que regimen estan casados en separacion o gananciales?.