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¿puede el tutor de un dependiente actuar como albacea en la herencia de su padre, sin estar designado en el testamento?

3 Comentarios
 
¿puede el tutor de un dependiente actuar como albacea en la herencia de su padre, sin estar designado en el testamento?
20/04/2012 19:20
En relación a un señor de 77 años, viudo recientemente, que es herederos usufructuario de todos los bienes y que tiene cuatro hijos, uno de los hijos le ha incapacitado judicialmente antes de cumplimentar los tramites de reparto de herencia
¿puede el tutor de un dependiente actuar como albacea en la herencia de su padre, sin estar designado en el testamento? ¿puede vender el inmueble y manejar libremente su patrimonio dinerario?; el hijo tras incapacitarle le ha recluido en una residencia y ha puesto el piso del padre en venta. ¿es éso legal?
20/04/2012 19:31
Puede manejar su patrimonio, pero no libremente, porque deberá rendir cuentas anualmente.

En cuanto a lo de vender el inmueble, no puede salvo autorización judicial. Pero hay que tener en cuenta que el señor no era propietario según dices, si no usufructuario... y eso no quita para que los legítimos propietarios puedan vender su propia parte.

Con respecto a lo del albacea, no hay problema, ya que en cuanto fallezca el señor el hijo deja de ser tutor legal..
20/04/2012 19:49
Gracias por tu rápida respuesta; indicas que debe rendir cuentas anualmente ¿cómo se puede comprobar que efectivamente ha informado de la totalidad del patrimonio de origen?, porque puede hacer "omitido" parte del patrimonio dinerario-esa es la duda que tenemos, precisamente de que se haya apropiado de una inversión bancaria-.
Por otro lado, el señor sí es propietario del 50% del bien inmueble y disfruta del otro 50% en calidad usufructo.
Creo que no me he explicado bien en el anterior mensaje, porque lo de albacea es en relación a la herencia del señor "tutelado" que le dejó su difunta esposa que aún está sin repartir, y es el señor "incapacitado" el que según testamento debe optar entre disfrutar del "legado" o permitir que los hijos reciban su parte. Gracias
21/04/2012 10:49
La información sobre el total del patrimonio, el rendimiento de cuentas y la autorización a enajenar bienes del tutelado (que puede ser que la tenga) es a través del Juzgado.
Poneros en contacto con la Fiscalia del juzgado donde se tramitó la incapacidad (llevando cuanta documentación/prueba obre en vuestro poder), que en caso de que se esté actuando en perjuicio del tutelado, actuará requiriendo al tutor.
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3 Comentarios
 
¿puede el tutor de un dependiente actuar como albacea en la herencia de su padre, sin estar designado en el testamento?
20/04/2012 19:20
En relación a un señor de 77 años, viudo recientemente, que es herederos usufructuario de todos los bienes y que tiene cuatro hijos, uno de los hijos le ha incapacitado judicialmente antes de cumplimentar los tramites de reparto de herencia
¿puede el tutor de un dependiente actuar como albacea en la herencia de su padre, sin estar designado en el testamento? ¿puede vender el inmueble y manejar libremente su patrimonio dinerario?; el hijo tras incapacitarle le ha recluido en una residencia y ha puesto el piso del padre en venta. ¿es éso legal?
20/04/2012 19:31
Puede manejar su patrimonio, pero no libremente, porque deberá rendir cuentas anualmente.

En cuanto a lo de vender el inmueble, no puede salvo autorización judicial. Pero hay que tener en cuenta que el señor no era propietario según dices, si no usufructuario... y eso no quita para que los legítimos propietarios puedan vender su propia parte.

Con respecto a lo del albacea, no hay problema, ya que en cuanto fallezca el señor el hijo deja de ser tutor legal..
20/04/2012 19:49
Gracias por tu rápida respuesta; indicas que debe rendir cuentas anualmente ¿cómo se puede comprobar que efectivamente ha informado de la totalidad del patrimonio de origen?, porque puede hacer "omitido" parte del patrimonio dinerario-esa es la duda que tenemos, precisamente de que se haya apropiado de una inversión bancaria-.
Por otro lado, el señor sí es propietario del 50% del bien inmueble y disfruta del otro 50% en calidad usufructo.
Creo que no me he explicado bien en el anterior mensaje, porque lo de albacea es en relación a la herencia del señor "tutelado" que le dejó su difunta esposa que aún está sin repartir, y es el señor "incapacitado" el que según testamento debe optar entre disfrutar del "legado" o permitir que los hijos reciban su parte. Gracias
21/04/2012 10:49
La información sobre el total del patrimonio, el rendimiento de cuentas y la autorización a enajenar bienes del tutelado (que puede ser que la tenga) es a través del Juzgado.
Poneros en contacto con la Fiscalia del juzgado donde se tramitó la incapacidad (llevando cuanta documentación/prueba obre en vuestro poder), que en caso de que se esté actuando en perjuicio del tutelado, actuará requiriendo al tutor.