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¿Puede pagar directamente al hijo mayor de edad la pensión de alimentos?

4 Comentarios
 
21/07/2017 10:52
e-p@sante
Estoy totalmente de acuerdo con VMLEX, un acuerdo privado entre los miembros de la familia sería valido unicamente entre ellos, pero siempre quedará la posibilidad de que la madre inicie un proceso de ejecución ante un impago.

Considero que sólo tendría exito una modificación de medidas en el sentido que apuntas cuando el hijo mayor de edad que aún está formándose resida FUERA del domicilio habitual, por ejemplo en residencia universitaria o en el extranjero, ya que ahí sí existiría una verdadera administración personal de sus alimentos. Salvo mejor criterio, por supuesto.
17/07/2017 23:23
e-p@sante
No, el hijo no tiene ningún derecho reconocido judicialmente por lo que el acuerdo no puede ser con el hijo si no con la madre.

Si se prefiere se puede iniciar un procedimiento de modificación de medidas y se extinga el derecho de la madre (para posteriormente iniciar otro de reclamación de alimentos del hijo hacia los padres) aunque esto supone tiempo y un gasto. Otra opción es que se solicite que se pague directamente en la cuenta del hijo (pero el derecho sigue siendo de la madre y si el padre deja de pagar solo podrá ejecutar la sentencia la madre).
17/07/2017 19:27
e-p@sante
Muchas gracias por la respuesta. Aunque se redacte un acuerdo con el hijo mayor de edad, expresando que se abonará la pensión en la nueva cuenta, tampoco tendría validez, cierto?
17/07/2017 13:14
e-p@sante
No puede hacerlo salvo que medie acuerdo por escrito y homologado para dar más seguridad entre ambos progenitores, dado que si no seguiría teniendo derecho el progenitor custodio a reclamar esos alimentos, porque la sentencia obliga al pago a la madre y si paga al hijo se entiende que es por voluntad propia y eso no te exime de cumplir la sentencia.
¿puede pagar directamente al hijo mayor de edad la pensión de alimentos?
14/07/2017 19:11
Hola,

ST divorcio que atribuye la guarda de un menor a la madre. El padre paga la pertinente pensión de alimentos.

El hijo, a fecha de hoy, ya es mayor de edad (20 años). Y el padre me pregunta si, en lugar de pagar directamente la pensión a la madre, lo puede hacer al hijo directamente. O, como mínimo, si los gastos de formación que cursa el hijo se los puede abonar directamente a él...

Yo entiendo que no lo puede hacer y que debe seguir haciéndolo en la cuenta de su ex... Pero me gustaría saber vuestras opiniones. Gracias!
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¿Puede pagar directamente al hijo mayor de edad la pensión de alimentos?

4 Comentarios
 
21/07/2017 10:52
e-p@sante
Estoy totalmente de acuerdo con VMLEX, un acuerdo privado entre los miembros de la familia sería valido unicamente entre ellos, pero siempre quedará la posibilidad de que la madre inicie un proceso de ejecución ante un impago.

Considero que sólo tendría exito una modificación de medidas en el sentido que apuntas cuando el hijo mayor de edad que aún está formándose resida FUERA del domicilio habitual, por ejemplo en residencia universitaria o en el extranjero, ya que ahí sí existiría una verdadera administración personal de sus alimentos. Salvo mejor criterio, por supuesto.
17/07/2017 23:23
e-p@sante
No, el hijo no tiene ningún derecho reconocido judicialmente por lo que el acuerdo no puede ser con el hijo si no con la madre.

Si se prefiere se puede iniciar un procedimiento de modificación de medidas y se extinga el derecho de la madre (para posteriormente iniciar otro de reclamación de alimentos del hijo hacia los padres) aunque esto supone tiempo y un gasto. Otra opción es que se solicite que se pague directamente en la cuenta del hijo (pero el derecho sigue siendo de la madre y si el padre deja de pagar solo podrá ejecutar la sentencia la madre).
17/07/2017 19:27
e-p@sante
Muchas gracias por la respuesta. Aunque se redacte un acuerdo con el hijo mayor de edad, expresando que se abonará la pensión en la nueva cuenta, tampoco tendría validez, cierto?
17/07/2017 13:14
e-p@sante
No puede hacerlo salvo que medie acuerdo por escrito y homologado para dar más seguridad entre ambos progenitores, dado que si no seguiría teniendo derecho el progenitor custodio a reclamar esos alimentos, porque la sentencia obliga al pago a la madre y si paga al hijo se entiende que es por voluntad propia y eso no te exime de cumplir la sentencia.
¿puede pagar directamente al hijo mayor de edad la pensión de alimentos?
14/07/2017 19:11
Hola,

ST divorcio que atribuye la guarda de un menor a la madre. El padre paga la pertinente pensión de alimentos.

El hijo, a fecha de hoy, ya es mayor de edad (20 años). Y el padre me pregunta si, en lugar de pagar directamente la pensión a la madre, lo puede hacer al hijo directamente. O, como mínimo, si los gastos de formación que cursa el hijo se los puede abonar directamente a él...

Yo entiendo que no lo puede hacer y que debe seguir haciéndolo en la cuenta de su ex... Pero me gustaría saber vuestras opiniones. Gracias!