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¿Pueden inadmitir la presentación de querellas?

1 Comentarios
 
¿pueden inadmitir la presentación de querellas?
01/07/2020 21:47
Viendo las noticias de querellas por cualquier cosa, mi duda es si se puede 'saturar' a la justicia de esta manera. Supongamos que 1000 personas empiezan a presentar 50 querellas de todo tipo contra Pedro Sánchez (o cualquier otra persona): genocidio, aborto, matrimonio ilegal, falsificación de moneda, etc. ¿Podría impedirseles presentar las querellas, tal vez multa u orden de alejamiento contra el Tribunal Supremo? ¿De no ser así, el TS tendría que responder de forma razonada para archivar las 50000 querellas o pueden hacer copia-pega?
02/07/2020 13:00
No puede impedirse presentar querellas, porque el derecho a la defensa está recogido en la Constitución como fundamental.
Si se hacen con temeridad, pueden imponerles costas (lo que es una especie de multa).
No hace falta orden de alejamiento contra el Tribunal Supremo, porque la querella la envía el procurador/a por Internet.
En efecto el TS tendría que responder de forma razonada para archivar las 50000 querellas, haciendo uso, como todos los demás mortales, del invento de copiar-pegar.
¿Pueden inadmitir la presentación de querellas? | PorticoLegal
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¿Pueden inadmitir la presentación de querellas?

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¿pueden inadmitir la presentación de querellas?
01/07/2020 21:47
Viendo las noticias de querellas por cualquier cosa, mi duda es si se puede 'saturar' a la justicia de esta manera. Supongamos que 1000 personas empiezan a presentar 50 querellas de todo tipo contra Pedro Sánchez (o cualquier otra persona): genocidio, aborto, matrimonio ilegal, falsificación de moneda, etc. ¿Podría impedirseles presentar las querellas, tal vez multa u orden de alejamiento contra el Tribunal Supremo? ¿De no ser así, el TS tendría que responder de forma razonada para archivar las 50000 querellas o pueden hacer copia-pega?
02/07/2020 13:00
No puede impedirse presentar querellas, porque el derecho a la defensa está recogido en la Constitución como fundamental.
Si se hacen con temeridad, pueden imponerles costas (lo que es una especie de multa).
No hace falta orden de alejamiento contra el Tribunal Supremo, porque la querella la envía el procurador/a por Internet.
En efecto el TS tendría que responder de forma razonada para archivar las 50000 querellas, haciendo uso, como todos los demás mortales, del invento de copiar-pegar.