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puedo cobrar el paro?

30 Comentarios
Viendo 21 - 30 de 30 comentarios
17/02/2012 20:02
No te disculpes por preguntar al menos por mi parte y por la de los demas me da que tampoco jajajaj. En lo q se pueda ayudar....yo viendo tu vida laboral no me preouparia, tienes como te dicen 359 dias cotizados desde el cobro de la ultima prestacion por desempleo y entiendo que la siguiente que te aparece es la que reanudaste del tiempo anterior asiq yo no me preocuparia mas de la cuenta.De todas maneras si se equivocaron se les podra reclamar digo yo .
Bueno lo dicho Suerte.
17/02/2012 20:02
hay una cosa que no entiendo, tenías derecho a dos años de paro, y en la suma total de días disfrutados, no llega por dos meses, que en teoría te faltan para agotar la prestación contributiva.

Eso, sumado a que en el propio inem parece que te dijeron que tenías que reanudar la prestación porque no te llegaba para un nuevo derecho... ¿porqué no llegaste a cobrar esos casi dos meses que faltan para completar los dos años y porqué estas cobrando el plan prepara sin haber agotado la prestación contributiva?


17/02/2012 20:03
ahhhhhh,Gracias Patatinpatatero!pues mira,si me lo hubieran explicado asi como vosotros desde un principio no me hubiera comido tanto la cabeza xD Muchas gracias,de verdad,habeis sido muy amables
17/02/2012 20:08
Afimco,el 01 de octubre del 2011 me despidieron,y me dijeron en el paro que me quedaban 43 dias de paro,y como no me dieron opcion de cojerme el nuevo ,pues los cobre.Termine de cobrarlo el 13 de noviembre, y al dia siguiente pedi la ayuda PREPARA
17/02/2012 20:14
Entonces,y ya por ultimo....ahora cuando despues de una semana o un mes me echen.el derecho que tengo de paro,es desde el dia de la primera concesión osea,desde el 20 dic 2006?
17/02/2012 20:21
Sí, siempre que desde la anterior prestación no haya pasado más de seis años, que es el límite que se tiene en cuenta.
Saludos.
17/02/2012 20:24
Gracias!!!!!!!!!!!!!
17/02/2012 20:32
Yo sinceramente tengo serias dudas, no soy un experto en prestaciones por desempleo, pero si te sumaran todos los dias cotizados desde 2006, no necesitarias 365 para acceder a la nueva prestación.

Yo creo que desde que, alternando el cobro de la prestación con el trabajo, alcanzaste los primeros 365 dias de cotización, generaste un nuevo derecho a prestación, más que reanudar la anterior, lo que hiciste fue optar una de las dos. Optaste por la anterior, y perdiste los días de cotización que hubieran dado derecho a un nuevo subsidio.

NO se si lo veis así, pero es que si no no tiene sentido que te digan que te faltan unos dias para poder generar un nuevo derecho.
17/02/2012 20:45
Afimco,Se genera derecho de opción cuando se trabaja más de 360 días desde la última reanudación. Si no se llega a los 360 días, estás obligado a reanudar.
Si te fijas en mi vida laboral,cada vez que he reanudado el paro,no han pasado mas de 360 dias,por eso nunca me dieron la opcion.
17/02/2012 20:51
Para generar nuevo derecho hay que trabajar más 360 días desde la suspensión de la prestación por colocación por cuenta ajena.
Si desde la suspensión de la prestación no se acumula un periodo de ocupación superior a 360 días (DESDE LA SUSPENSIÓN) se le obliga a reanudar, aunque tenga acumulado, desde que pidió el alta inicial, un periodo superior que le diese derecho a paro.
Como excepción, los fijos-discontinuos, un colectivo especial con sus peculiaridades, tienen la salvedad de poder optar aunque no hayan trabajado más de 360 días.
Puede ocurrir que una persona tenga mucho cotizado pero después de un trabajo de pocos días (posterior a la suspensión) encontrarse en la situación de reanudar dos días de derecho que le quedaban.
No obstante, en líneas generales lo aconsejable es que un parado siempre que trabaje vaya reanudando para que no acumule con diversos trabajos más de 360 días cotizados desde la suspensión de la prestación. Así agota una prestación poco a poco y va guardando todas las cotiaciones de la nueva.
Saludos.
17/02/2012 20:56
Pues repito, no lo tengo claro, lo miraré el lunes a ver si es que lo enfoco mal, pero yo entiendo que esos 360 dias que darían derecho de opción no tienen porqué ser seguidos.

De hecho, igual que cuando se trabaja en periodos alternos, sin derecho a ninguna prestación entre medias, llega un momento que si en los últimos 6 años consigues juntar 360 dias, tendrías derecho a solicitar el desempleo... no?
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17/02/2012 20:02
No te disculpes por preguntar al menos por mi parte y por la de los demas me da que tampoco jajajaj. En lo q se pueda ayudar....yo viendo tu vida laboral no me preouparia, tienes como te dicen 359 dias cotizados desde el cobro de la ultima prestacion por desempleo y entiendo que la siguiente que te aparece es la que reanudaste del tiempo anterior asiq yo no me preocuparia mas de la cuenta.De todas maneras si se equivocaron se les podra reclamar digo yo .
Bueno lo dicho Suerte.
17/02/2012 20:02
hay una cosa que no entiendo, tenías derecho a dos años de paro, y en la suma total de días disfrutados, no llega por dos meses, que en teoría te faltan para agotar la prestación contributiva.

Eso, sumado a que en el propio inem parece que te dijeron que tenías que reanudar la prestación porque no te llegaba para un nuevo derecho... ¿porqué no llegaste a cobrar esos casi dos meses que faltan para completar los dos años y porqué estas cobrando el plan prepara sin haber agotado la prestación contributiva?


17/02/2012 20:03
ahhhhhh,Gracias Patatinpatatero!pues mira,si me lo hubieran explicado asi como vosotros desde un principio no me hubiera comido tanto la cabeza xD Muchas gracias,de verdad,habeis sido muy amables
17/02/2012 20:08
Afimco,el 01 de octubre del 2011 me despidieron,y me dijeron en el paro que me quedaban 43 dias de paro,y como no me dieron opcion de cojerme el nuevo ,pues los cobre.Termine de cobrarlo el 13 de noviembre, y al dia siguiente pedi la ayuda PREPARA
17/02/2012 20:14
Entonces,y ya por ultimo....ahora cuando despues de una semana o un mes me echen.el derecho que tengo de paro,es desde el dia de la primera concesión osea,desde el 20 dic 2006?
17/02/2012 20:21
Sí, siempre que desde la anterior prestación no haya pasado más de seis años, que es el límite que se tiene en cuenta.
Saludos.
17/02/2012 20:24
Gracias!!!!!!!!!!!!!
17/02/2012 20:32
Yo sinceramente tengo serias dudas, no soy un experto en prestaciones por desempleo, pero si te sumaran todos los dias cotizados desde 2006, no necesitarias 365 para acceder a la nueva prestación.

Yo creo que desde que, alternando el cobro de la prestación con el trabajo, alcanzaste los primeros 365 dias de cotización, generaste un nuevo derecho a prestación, más que reanudar la anterior, lo que hiciste fue optar una de las dos. Optaste por la anterior, y perdiste los días de cotización que hubieran dado derecho a un nuevo subsidio.

NO se si lo veis así, pero es que si no no tiene sentido que te digan que te faltan unos dias para poder generar un nuevo derecho.
17/02/2012 20:45
Afimco,Se genera derecho de opción cuando se trabaja más de 360 días desde la última reanudación. Si no se llega a los 360 días, estás obligado a reanudar.
Si te fijas en mi vida laboral,cada vez que he reanudado el paro,no han pasado mas de 360 dias,por eso nunca me dieron la opcion.
17/02/2012 20:51
Para generar nuevo derecho hay que trabajar más 360 días desde la suspensión de la prestación por colocación por cuenta ajena.
Si desde la suspensión de la prestación no se acumula un periodo de ocupación superior a 360 días (DESDE LA SUSPENSIÓN) se le obliga a reanudar, aunque tenga acumulado, desde que pidió el alta inicial, un periodo superior que le diese derecho a paro.
Como excepción, los fijos-discontinuos, un colectivo especial con sus peculiaridades, tienen la salvedad de poder optar aunque no hayan trabajado más de 360 días.
Puede ocurrir que una persona tenga mucho cotizado pero después de un trabajo de pocos días (posterior a la suspensión) encontrarse en la situación de reanudar dos días de derecho que le quedaban.
No obstante, en líneas generales lo aconsejable es que un parado siempre que trabaje vaya reanudando para que no acumule con diversos trabajos más de 360 días cotizados desde la suspensión de la prestación. Así agota una prestación poco a poco y va guardando todas las cotiaciones de la nueva.
Saludos.
17/02/2012 20:56
Pues repito, no lo tengo claro, lo miraré el lunes a ver si es que lo enfoco mal, pero yo entiendo que esos 360 dias que darían derecho de opción no tienen porqué ser seguidos.

De hecho, igual que cuando se trabaja en periodos alternos, sin derecho a ninguna prestación entre medias, llega un momento que si en los últimos 6 años consigues juntar 360 dias, tendrías derecho a solicitar el desempleo... no?