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¿Puedo donar mi 50% de usufructo vitalicio de vivienda?

5 Comentarios
 
¿puedo donar mi 50% de usufructo vitalicio de vivienda?
01/08/2020 19:04
Muy buenas.
Pues eso como dice el.titulo.

Tengo con mi hermano el 50% del Usufructo Vitalicio de la vivienda, y de la propiedad.

La pregunta es si puedo donar en vida mi 50% 'de Usufructo Vitalicio de la vivienda a una familia pobre.

Cualquier respuesta es bienvenida,
Gracias,

AC
01/08/2020 20:17
Angelito: NO PUEDE donar el usufructo constituido en testamento. Su madre le está volviendo loco con la jeremiada de que le va a donar el usufructo a sus nietas. Como ya se le ha contestado, ese usufructo es personal, es intransferible y se extingue al mismo tiempo que la vida del usufrutuario.
01/08/2020 20:45
Grisolía
Pues desearia encontrar un abogado que interprete igual que usted para defenderme y pensar que tendré un techo donde caerme muerto.

Se lo digo muy en serio, nadie de las/los profesionales contactados me garantiza que tenga el 100% del Usufructo Vitalicio de la vivienda.

Porque me dicen que mi.madre tiene por bienes gananciales la mitad de todo incluido el Usufructo de la vivienda y que en vida con su usufructo vitalicio de la vivienda puede hacer testamento y legar a quien quiera.
Lo que me dicen es que yo solo puedo tener la parte de mi padre, el 50%', y esa voluntad de mi padre no se puede alterar.

Pero me insisten en que la otra mitad pertenece a mi madre.y ella puede hacer lo que quiera.

Esto es de locos, es un circo, una comedia, sirve para un monologo en el club de la comedia donde todos rien menos uno que llora
02/08/2020 03:14
Grisolía
Hola Grisolia, Ya lo entiendo, o eso creo.

Entonces mi madre puede hacer su propio testamento y legar a quien quiera lo que sea suyo, Pero No puede incluir el Usufructo de la Vivienda porque no es suyo, a parte de que la ley dice que es personal e intransferible.

Entonces, si mi padre no hubiera hecho esa mejora para mi del 50% en la vivienda, ahora el Usufructo seria 100% de mi madre y pasaria a mi hermano y a mi 50/50 cuando ella falleciera, verdad?

Es correcto?
02/08/2020 19:40
Casi, pero no. Hay una vivienda sobre la que le han constituido en favor de usted el 100% del usufructo. Entiéndalo: no el 100% sobre el 50% que correspondería a su padre, sino el 100% sobre el 100%. Eso es invariable, porque es una mejora. Es más: aunque el usufructo estuviese constituido sobre una vivienda ajena sería también del 100%, puesto que eso de legar cosas ajenas mediante testamento es jurídicamente posible. Por lo tanto, su padre hizo su testamento con las magnitudes todas aplicables sobre el 50% que le hubiese correspondido tras la liquidación de gananciales que sobreviene con la muerte, EXCEPTO sobre la vivienda mejorada en cuanto al usufructo en favor de usted, que recae también sobre la parte de su madre. Si ella no acepta la mejora, se quedará con la legítima estricta, que no es más que el usufructo de la tercera parte.
02/08/2020 21:14
Grisolía
Ok, entiendo lo que dice.

Usted conoce a algun abogado/a que pueda recomendarme en Castellón de la Plana, o provincia, o provincia de Valencia?

Necesito localizarle y tenerle para cuando llegue el momento de adquisición de Bienes porque a mi madre le quedan 4 dias, mi hermano y cuñada son dos lobos hambrientos y yo necesito un buen abogado/a.
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¿puedo donar mi 50% de usufructo vitalicio de vivienda?
01/08/2020 19:04
Muy buenas.
Pues eso como dice el.titulo.

Tengo con mi hermano el 50% del Usufructo Vitalicio de la vivienda, y de la propiedad.

La pregunta es si puedo donar en vida mi 50% 'de Usufructo Vitalicio de la vivienda a una familia pobre.

Cualquier respuesta es bienvenida,
Gracias,

AC
01/08/2020 20:17
Angelito: NO PUEDE donar el usufructo constituido en testamento. Su madre le está volviendo loco con la jeremiada de que le va a donar el usufructo a sus nietas. Como ya se le ha contestado, ese usufructo es personal, es intransferible y se extingue al mismo tiempo que la vida del usufrutuario.
01/08/2020 20:45
Grisolía
Pues desearia encontrar un abogado que interprete igual que usted para defenderme y pensar que tendré un techo donde caerme muerto.

Se lo digo muy en serio, nadie de las/los profesionales contactados me garantiza que tenga el 100% del Usufructo Vitalicio de la vivienda.

Porque me dicen que mi.madre tiene por bienes gananciales la mitad de todo incluido el Usufructo de la vivienda y que en vida con su usufructo vitalicio de la vivienda puede hacer testamento y legar a quien quiera.
Lo que me dicen es que yo solo puedo tener la parte de mi padre, el 50%', y esa voluntad de mi padre no se puede alterar.

Pero me insisten en que la otra mitad pertenece a mi madre.y ella puede hacer lo que quiera.

Esto es de locos, es un circo, una comedia, sirve para un monologo en el club de la comedia donde todos rien menos uno que llora
02/08/2020 03:14
Grisolía
Hola Grisolia, Ya lo entiendo, o eso creo.

Entonces mi madre puede hacer su propio testamento y legar a quien quiera lo que sea suyo, Pero No puede incluir el Usufructo de la Vivienda porque no es suyo, a parte de que la ley dice que es personal e intransferible.

Entonces, si mi padre no hubiera hecho esa mejora para mi del 50% en la vivienda, ahora el Usufructo seria 100% de mi madre y pasaria a mi hermano y a mi 50/50 cuando ella falleciera, verdad?

Es correcto?
02/08/2020 19:40
Casi, pero no. Hay una vivienda sobre la que le han constituido en favor de usted el 100% del usufructo. Entiéndalo: no el 100% sobre el 50% que correspondería a su padre, sino el 100% sobre el 100%. Eso es invariable, porque es una mejora. Es más: aunque el usufructo estuviese constituido sobre una vivienda ajena sería también del 100%, puesto que eso de legar cosas ajenas mediante testamento es jurídicamente posible. Por lo tanto, su padre hizo su testamento con las magnitudes todas aplicables sobre el 50% que le hubiese correspondido tras la liquidación de gananciales que sobreviene con la muerte, EXCEPTO sobre la vivienda mejorada en cuanto al usufructo en favor de usted, que recae también sobre la parte de su madre. Si ella no acepta la mejora, se quedará con la legítima estricta, que no es más que el usufructo de la tercera parte.
02/08/2020 21:14
Grisolía
Ok, entiendo lo que dice.

Usted conoce a algun abogado/a que pueda recomendarme en Castellón de la Plana, o provincia, o provincia de Valencia?

Necesito localizarle y tenerle para cuando llegue el momento de adquisición de Bienes porque a mi madre le quedan 4 dias, mi hermano y cuñada son dos lobos hambrientos y yo necesito un buen abogado/a.