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puntos de sutura Falta o delito

3 Comentarios
 
Puntos de sutura falta o delito
20/01/2004 11:46
Unas lesiones en las que se han de aplicar unos puntos de sutura, será falta o delito, existe jurisprudencia al respecto del tribunal Supremo. Muchas Gracias
20/01/2004 12:58
Buenos días oscar,

Efectivamente existe doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo que ahora no la tengo en mi poder, pero dispone que cuando de las lesiones sufridas se tengan que aplicar "puntos de sutura" para restaurar el tejido dañado, es DELITO y ello porque requiere más que la somera primera asistencia facultativa, considerando el Tribunal Supremo que los reseñados constituyen el céntro neurálgico del tipo, que es: "tratamiento médico o quirúrgico".

Un saludo.
20/01/2004 13:23
Rehola oscar,

Como continuación a mi anterior respuesta debo añadir:
El TS considera tratamiento quirúrgico, "todo aquel acto médico que conlleve cirugía, ya sea esta mayor o menor"; o el efecto "reparador del cuerpo para restaurar o corregir, mediante aplicación de arte quirúrgico mayor o menor, cualquier alteración funcional u orgánica producida como consecuencia de la lesión" (SS 18 Junio y 13 Julio 1993).

Un saludo.
24/01/2004 17:58
Si hablamos de lesiones por agresión, es delito del art.147.1 C.P. ( mayoritaria jurisprudencia reciente recoje los puntos de sutura como intervención quirúrgica). Ahora bien, dependiendo del medio empleado y de la gravedad de la lesión se aplicará el art.147.2 o el 148.1 ( afecta a la mayor o menor pena). Ello sin contar con la pena salomónica para riña mutuamente aceptada, etc.
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Puntos de sutura falta o delito
20/01/2004 11:46
Unas lesiones en las que se han de aplicar unos puntos de sutura, será falta o delito, existe jurisprudencia al respecto del tribunal Supremo. Muchas Gracias
20/01/2004 12:58
Buenos días oscar,

Efectivamente existe doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo que ahora no la tengo en mi poder, pero dispone que cuando de las lesiones sufridas se tengan que aplicar "puntos de sutura" para restaurar el tejido dañado, es DELITO y ello porque requiere más que la somera primera asistencia facultativa, considerando el Tribunal Supremo que los reseñados constituyen el céntro neurálgico del tipo, que es: "tratamiento médico o quirúrgico".

Un saludo.
20/01/2004 13:23
Rehola oscar,

Como continuación a mi anterior respuesta debo añadir:
El TS considera tratamiento quirúrgico, "todo aquel acto médico que conlleve cirugía, ya sea esta mayor o menor"; o el efecto "reparador del cuerpo para restaurar o corregir, mediante aplicación de arte quirúrgico mayor o menor, cualquier alteración funcional u orgánica producida como consecuencia de la lesión" (SS 18 Junio y 13 Julio 1993).

Un saludo.
24/01/2004 17:58
Si hablamos de lesiones por agresión, es delito del art.147.1 C.P. ( mayoritaria jurisprudencia reciente recoje los puntos de sutura como intervención quirúrgica). Ahora bien, dependiendo del medio empleado y de la gravedad de la lesión se aplicará el art.147.2 o el 148.1 ( afecta a la mayor o menor pena). Ello sin contar con la pena salomónica para riña mutuamente aceptada, etc.