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¿Qué cosas se puede llevar el inquilino al dejar el inmueble?

9 Comentarios
 
27/06/2012 14:59
Lo que tú digas... si total, llevas razón...
27/06/2012 00:42
Entonces?
27/06/2012 00:39
Los bienes muebles, por oposición a los bienes inmuebles, son todos aquellos bienes personales depositados en estancias que son transportables, pero que uno no suele llevar consigo. Esto incluye, pero no se limita, a los elementos decorativos de una vivienda. En el Derecho se incluyen diferentes objetos bajo esta denominación dependiendo de la rama en que se esté trabajando. Así en Derecho civil no se consideran cosas muebles aquellas que naturalmente VAN ADHERIDAS al suelo u otras superficies (lavabos, baldosas, etc.) mientras que éstas si son consideradas muebles para el Derecho penal (por ejemplo, pueden efectivamente ser objeto de hurto). En contraposición a los bienes muebles existen los bienes inmuebles.
25/06/2012 15:17
Es bien mueble..... lo que no se podría llevar sería los azulejos, la pintura, los cables, el cemento del suelo, el hormigón.... no es tan difícil.
25/06/2012 12:07
La barra por abajo esta sujetada por escuedras , pero por los laterales esta pegada a la pared, eso es bien mueble o inmueble? Para quitarla hace falta minimo destornillador, martillo y cincel.
24/06/2012 20:56
Si la barra es un bien mueble, se la puede llevar. Igual que todos los demás bienes muebles. Y si usted está diciendo que la pueden quitar fácilmente, pues no tiene mucha más ciencia.... Si estuviese hecha de obra, no se podría quitar, por lo tanto se la quedaría usted.

Las mejoras del local en sí, se quedarán echas, entre otras cosas porque no se pueden quitar.
24/06/2012 14:10
Pues el derecho que me da (o no, esa es la cuestion) la clausula del contrato donde pone que TODAS LAS OBRAS Y MEJORAS DEL LOCAL SERAN EN BENEFICIO DEL MISMO.

Que una persona se juegue su dinero, arriesgue lo que tiene, lo haga todo LEGAL, se porte bien con la gente, regale dos meses de renta para que el inquilino tenga un empujoncito para empezar, rebaje el alquiler hasta el minimo con tal de ayudarles, todo eso para que te lo agradezcan haciendo las obras que les de la gana sin tu consentimiento y saltansose a la torera todas las normativas de medio ambiente, ni llegando al año te dejen de pagar sin avisar, se coman la fianza y dejen ronchas de luz, agua, comunidad y basuras, te dejen el local hecho una porqueria y encima, una vez que estan fuera piden una barbaridad por la licencia de apertura e incluyen la barra en el precio "porque es suya" y si no se la llevan, para colmo siendo personas solventes y con dinero ¿A ESO SI HAY DERECHO?

Si por ley se la tienen que llevar, que se la lleven, pero segun me ha dicho todo el mundo solo se podrian llevar los bienes muebles, y por otro lado me dicen que solo se pueden llevar lo que se pueda desatornillar, esa es mi duda.
24/06/2012 10:33
si usted no pago la barra, que derecho cree usted que tiene sobre ella
24/06/2012 04:24
de quién es la barra?
¿qué cosas se puede llevar el inquilino al dejar el inmueble?
23/06/2012 23:03
Hola!! Necesitaria saber que cosas del inmueble se puede llevar legalmente el arrendatario al irse. En mi caso es por el alquiler de un bar,el arrendatario pretende llevarse la encimera de la barra y un mueble con encimera que esta empotrado a la pared. Cierto es que la barra por abajo va sujeta con escuadras, pero por los laterales va pegado o bien con silicona o com un embellecedor pegado a la pared, como las encimeras de las cocinas. Si alguien me lo pudiera decir y a poder ser el articulo de la ley de arrendamientos urbanos o donde venga esa cuestieon. Gracias.
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27/06/2012 14:59
Lo que tú digas... si total, llevas razón...
27/06/2012 00:42
Entonces?
27/06/2012 00:39
Los bienes muebles, por oposición a los bienes inmuebles, son todos aquellos bienes personales depositados en estancias que son transportables, pero que uno no suele llevar consigo. Esto incluye, pero no se limita, a los elementos decorativos de una vivienda. En el Derecho se incluyen diferentes objetos bajo esta denominación dependiendo de la rama en que se esté trabajando. Así en Derecho civil no se consideran cosas muebles aquellas que naturalmente VAN ADHERIDAS al suelo u otras superficies (lavabos, baldosas, etc.) mientras que éstas si son consideradas muebles para el Derecho penal (por ejemplo, pueden efectivamente ser objeto de hurto). En contraposición a los bienes muebles existen los bienes inmuebles.
25/06/2012 15:17
Es bien mueble..... lo que no se podría llevar sería los azulejos, la pintura, los cables, el cemento del suelo, el hormigón.... no es tan difícil.
25/06/2012 12:07
La barra por abajo esta sujetada por escuedras , pero por los laterales esta pegada a la pared, eso es bien mueble o inmueble? Para quitarla hace falta minimo destornillador, martillo y cincel.
24/06/2012 20:56
Si la barra es un bien mueble, se la puede llevar. Igual que todos los demás bienes muebles. Y si usted está diciendo que la pueden quitar fácilmente, pues no tiene mucha más ciencia.... Si estuviese hecha de obra, no se podría quitar, por lo tanto se la quedaría usted.

Las mejoras del local en sí, se quedarán echas, entre otras cosas porque no se pueden quitar.
24/06/2012 14:10
Pues el derecho que me da (o no, esa es la cuestion) la clausula del contrato donde pone que TODAS LAS OBRAS Y MEJORAS DEL LOCAL SERAN EN BENEFICIO DEL MISMO.

Que una persona se juegue su dinero, arriesgue lo que tiene, lo haga todo LEGAL, se porte bien con la gente, regale dos meses de renta para que el inquilino tenga un empujoncito para empezar, rebaje el alquiler hasta el minimo con tal de ayudarles, todo eso para que te lo agradezcan haciendo las obras que les de la gana sin tu consentimiento y saltansose a la torera todas las normativas de medio ambiente, ni llegando al año te dejen de pagar sin avisar, se coman la fianza y dejen ronchas de luz, agua, comunidad y basuras, te dejen el local hecho una porqueria y encima, una vez que estan fuera piden una barbaridad por la licencia de apertura e incluyen la barra en el precio "porque es suya" y si no se la llevan, para colmo siendo personas solventes y con dinero ¿A ESO SI HAY DERECHO?

Si por ley se la tienen que llevar, que se la lleven, pero segun me ha dicho todo el mundo solo se podrian llevar los bienes muebles, y por otro lado me dicen que solo se pueden llevar lo que se pueda desatornillar, esa es mi duda.
24/06/2012 10:33
si usted no pago la barra, que derecho cree usted que tiene sobre ella
24/06/2012 04:24
de quién es la barra?
¿qué cosas se puede llevar el inquilino al dejar el inmueble?
23/06/2012 23:03
Hola!! Necesitaria saber que cosas del inmueble se puede llevar legalmente el arrendatario al irse. En mi caso es por el alquiler de un bar,el arrendatario pretende llevarse la encimera de la barra y un mueble con encimera que esta empotrado a la pared. Cierto es que la barra por abajo va sujeta con escuadras, pero por los laterales va pegado o bien con silicona o com un embellecedor pegado a la pared, como las encimeras de las cocinas. Si alguien me lo pudiera decir y a poder ser el articulo de la ley de arrendamientos urbanos o donde venga esa cuestieon. Gracias.