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Qué gastos cubre la pensión alimenticia?

9 Comentarios
 
27/05/2009 23:02
Hola, el divorcio y el convenio regulador está echo en base a las leyes españolas,no importa la nacionalidad,al ser residentes nos acogemos a las leyes de aquí, si fuera a las cubanas seguro que no habría tanto problema, gracias, Marlene.
27/05/2009 17:34
Te lo digo porque en ese caso no podremos ayudar mucho, toda vez que la separación o el divorcio entre dos cónyuges de la misma nacionalidad, se regirá por su ley común, en este caso la ley cubana, así que lo que te podamos decir aquí en cuanto a lo que engloban los alimentos no sirve de nada.

Es un extremo que muchas veces no tenemos en cuenta...

Un saludo
27/05/2009 14:31
Si, los dos son cubanos, me imagino que el abogado de él lo delcare insolvente o algo parecido ya que en estos momentos por él tener antecedentes penales está sin papeles, o sea ilegal, esa es otra historia, y ella al parecer se ha acogido muy rápido a las leyes de aquí, yo también soy cubana pero no haría nada de lo que estoy viendo en este caso,para mi opinión y me pongo en un lugar neutral aunque sea mi pareja hay mucha injusticia,leo mucho todos los foros estos para tener una visión del mundo real y lo que le pasa a mucha gente, gracias.
27/05/2009 14:00
Marlene, las partes son de la misma nacionalidad?
27/05/2009 13:45
"Es una ejecución firme pero dice que puede oponerse en diez días"

A ver, aclaremos conceptos....entonces es demanda de ejecución por la que le reclaman esos 1800€ dándole plazo para opinerse, y NO una "sentencia firme" por la que sólo cabe pagar esos 1800€.

Debe acudir sin dilación a Abogad@ porque lo que Vd. manifiesta NO es extraordinario, sin lugar a dudas.
27/05/2009 13:35
Es una ejecución firme pero dice que puede oponerse en diez días, que le van a embargar la cuenta bancaria y si tuviera algo más,otra cosa hay alguna vía para que ella le haga llegar las facturas de los libros en tiempo o que él se las reclame cuando los niños empiecen el colegio? no avisa a través de ninguna manera lo que él tiene que pagar y ahora dice que él no quiere pagar esos gastos de libros.
27/05/2009 13:30
Gracias por contestar, el convenio regulador de ellos dice que ambos asumen los gastos extraordinarios que serían médicos que no entren en la seguridad social, gastos escolares y otros que fuesen necesarios, ahí es donde veo la duda, no creo que toda esa ropa cara de marca, gorras, cholas, disfrases de carnaval, etc, entre en gastos extraordinarios, a veces las mujeres nos aprovechamos, ahora mismo, él no está en condiciones de pagar eso, y lo tiene todo justificado, gracias nuevamente, Marlene.
27/05/2009 13:04
artº 142 y ss CC: "...ropa, sustento, habitación, educación y asistencia médica (incluido embarazo y parto)"



Debería indicar el tipo de procedimiento del que dimana esa sentencia firme, si realmente es firme y en base a qué título le han reclamado esos 1800€, porque no tiene aspecto de ser una ejecución por gastos extraordinarios, y tampoco podría ser ejecucion de impago der pensión pues el aporte de esas facturas sería innecesario.


Y hablamos desde España....obvio
27/05/2009 13:03
Claro que no. Los gastos de vestido están incluidos en la pensión por alimentos, salvo que en la sentencia se diga otra cosa. La pensión incluye gastos por vivienda, salud, alimentación, educación y vestido.
Qué gastos cubre la pensión alimenticia?
27/05/2009 12:56
Hola,mi pareja tiene 2 niños de 7 y 8 años, pasa una pensión alimenticia de 200 euros al mes, previo acuerdo de las partes ya que somos extranjeros,a él le llega ahora una sentencia firme que debe pagar 1900 y tantos euros de gastos de ropa, envían facturas de 200,100 y varias más de ropas,pregunto si esa pensión no es para cubrir gasatos de ropa,calzado y comida, lo extraordinario es a la mitad entre ambas partes, creo él no tiene culpa que ella compre en tiendas de marca no? gracias Marlene.
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27/05/2009 23:02
Hola, el divorcio y el convenio regulador está echo en base a las leyes españolas,no importa la nacionalidad,al ser residentes nos acogemos a las leyes de aquí, si fuera a las cubanas seguro que no habría tanto problema, gracias, Marlene.
27/05/2009 17:34
Te lo digo porque en ese caso no podremos ayudar mucho, toda vez que la separación o el divorcio entre dos cónyuges de la misma nacionalidad, se regirá por su ley común, en este caso la ley cubana, así que lo que te podamos decir aquí en cuanto a lo que engloban los alimentos no sirve de nada.

Es un extremo que muchas veces no tenemos en cuenta...

Un saludo
27/05/2009 14:31
Si, los dos son cubanos, me imagino que el abogado de él lo delcare insolvente o algo parecido ya que en estos momentos por él tener antecedentes penales está sin papeles, o sea ilegal, esa es otra historia, y ella al parecer se ha acogido muy rápido a las leyes de aquí, yo también soy cubana pero no haría nada de lo que estoy viendo en este caso,para mi opinión y me pongo en un lugar neutral aunque sea mi pareja hay mucha injusticia,leo mucho todos los foros estos para tener una visión del mundo real y lo que le pasa a mucha gente, gracias.
27/05/2009 14:00
Marlene, las partes son de la misma nacionalidad?
27/05/2009 13:45
"Es una ejecución firme pero dice que puede oponerse en diez días"

A ver, aclaremos conceptos....entonces es demanda de ejecución por la que le reclaman esos 1800€ dándole plazo para opinerse, y NO una "sentencia firme" por la que sólo cabe pagar esos 1800€.

Debe acudir sin dilación a Abogad@ porque lo que Vd. manifiesta NO es extraordinario, sin lugar a dudas.
27/05/2009 13:35
Es una ejecución firme pero dice que puede oponerse en diez días, que le van a embargar la cuenta bancaria y si tuviera algo más,otra cosa hay alguna vía para que ella le haga llegar las facturas de los libros en tiempo o que él se las reclame cuando los niños empiecen el colegio? no avisa a través de ninguna manera lo que él tiene que pagar y ahora dice que él no quiere pagar esos gastos de libros.
27/05/2009 13:30
Gracias por contestar, el convenio regulador de ellos dice que ambos asumen los gastos extraordinarios que serían médicos que no entren en la seguridad social, gastos escolares y otros que fuesen necesarios, ahí es donde veo la duda, no creo que toda esa ropa cara de marca, gorras, cholas, disfrases de carnaval, etc, entre en gastos extraordinarios, a veces las mujeres nos aprovechamos, ahora mismo, él no está en condiciones de pagar eso, y lo tiene todo justificado, gracias nuevamente, Marlene.
27/05/2009 13:04
artº 142 y ss CC: "...ropa, sustento, habitación, educación y asistencia médica (incluido embarazo y parto)"



Debería indicar el tipo de procedimiento del que dimana esa sentencia firme, si realmente es firme y en base a qué título le han reclamado esos 1800€, porque no tiene aspecto de ser una ejecución por gastos extraordinarios, y tampoco podría ser ejecucion de impago der pensión pues el aporte de esas facturas sería innecesario.


Y hablamos desde España....obvio
27/05/2009 13:03
Claro que no. Los gastos de vestido están incluidos en la pensión por alimentos, salvo que en la sentencia se diga otra cosa. La pensión incluye gastos por vivienda, salud, alimentación, educación y vestido.
Qué gastos cubre la pensión alimenticia?
27/05/2009 12:56
Hola,mi pareja tiene 2 niños de 7 y 8 años, pasa una pensión alimenticia de 200 euros al mes, previo acuerdo de las partes ya que somos extranjeros,a él le llega ahora una sentencia firme que debe pagar 1900 y tantos euros de gastos de ropa, envían facturas de 200,100 y varias más de ropas,pregunto si esa pensión no es para cubrir gasatos de ropa,calzado y comida, lo extraordinario es a la mitad entre ambas partes, creo él no tiene culpa que ella compre en tiendas de marca no? gracias Marlene.