Hola, despido producido en 2011, la empresa en concurso de acreedores desde 2012 y la sentencia despido improcedente dictada en 2013. Para el pago de FOGASA ¿me aplicarán la nueva reforma de julio de 2012 o la anterior? Gracias anticipadas
Buenos días, Me han aplicado 120 días, entiendo que será correcto, lo que no entiendo es, cómo si en la Sentencia Judicial y en el Certificado del Administrador Concursal se hace mención a un salarió día de 35 euros, en Fogasa resuelven, tanto para salarios de tramitación como para indemnización un salario día de 9 euros. ¿A qué puede ser debido eso? Agradecería que alguien me lo pudiera explicar por saber si a podido ser un error en las cuentas, pues las diferencias son muy grandes. Gracias anticipadas