Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

que normas procesales se deben aplicar

4 Comentarios
 
Que normas procesales se deben aplicar
13/03/2014 09:23
Ley 37/2011 de 10 de octubre . Disposición transitoria única. Procesos en trámite.

Los procesos que estuvieren en trámite en cualquiera de sus instancias a la entrada

en vigor de la presente Ley, continuarán sustanciándose hasta que recaiga sentencia en

dicha instancia conforme a la legislación procesal anterior.



-Se trata de un recurso contencioso administrativo que se interpone en el 2010 ante un juzgado, este se declara incompetente por razon del territorio , se recurre alegando la modificación establecida mediante la Ley 37/2011 citada que otorgaba al demandante elegir el Juzgado donde tuviera su domicilio y el Juzgado resuelve declararse incompetente en favor de otro porque dicha reforma no es de aplicacion a este caso, ya que es de aplicación la disposicion transitoria citada, es decir que se regira por las normas procesales anteriores a la reforma, ya que tiene en cuenta el momento de interposición de la demanda. El Juzgado declarado competente da curso a la demanda con un nuevo numero de recurso en 2014. La duda es saber si este juzgado aplicará las normas procesales anteriores a la reforma o las posteriores, teniendo en cuenta que aunque sea un nuevo numero de recurso en realidad procede de la demanda que se interpuso en el 2010.

He presentado ante el Juzgado un escrito, para que me dijera el juzgado si cuando llegue el momento oportuno, aplicará las normas procesales anteriores a la reforma o las posteriores; esto es importante para mi cliente pues como sabeis si aplica las anteriores lo normal es que no haya condena en costas, sin embargo si aplica las normas procesales posteriores a la reforma habrá condena en costas.

El Juzgado me ha contestado diciendo que admite las alegaciones pero que no es el momento procesal oportuno para pronunciarse sobre las costas.

Veis oportuno volver a presentar un escrito aclarando que yo no quiere que se pronuncie sobre las costas, sino si va a aplicar unas normas u otras por seguridad jurídica, para que mi cliente sepa a que atenerse, pero yo creo que el juez se puede molestar y pensar que es una cuestión más como cualquier otra de interpretacion jurídica y lo resolvera en la sentencia, pero no esta obligado a decirlo antes.

Que pensais? Presento el escrito o no, no vaya a ser que al final por pesao me imponga las costas aunque me de la razón aplicando las normas procesales anterior a la reforma?



gracias.
13/03/2014 10:28
Las costas no te las va a cascar por pesao, pero yo no veo apropiado ni el escrito presentado ni el que tienes pensado ahora.
No es discutido que la pendencia del proceso se inicia con la demanda si luego esta es admitida, así que a falta de estudio a bote pronto diría que debería aplicarse la norma vigente al momento de la demanda. No obstante estoy seguro de que debe haber nutrida jurisprudencia sobre este tema.
14/03/2014 14:43
muchas gracias compi, es lo que yo pienso pero luego el juez ya veremos por donde sale.
buscare jurisprudencia por si acaso.

¿Sabes si el hecho de ir los autos a otro juzgado que al final fue el competente e iniciar un nuevo reparto con un nuevo numero de recurso cuando ya estaba vigente la reforma de la ley 37/11 Medidas Agilizacion Procesal, cambio en algo el asunto o no tiene nada que ver?
gracias
19/03/2014 10:19
Sabes si el hecho de ir los autos a otro juzgado que al final fue el competente e iniciar un nuevo reparto con un nuevo numero de recurso cuando ya estaba vigente la reforma de la ley 37/11 Medidas Agilizacion Procesal, cambio en algo el asunto o no tiene nada que ver?
19/03/2014 10:27
Como he dicho habría que mirar la jurisprudencia, pero a priori la litispendencia se produce al momento de presentar la demanda. Si el propio juzgado remite a otro los autos no hay más demanda que la presentada inicialmente....
que normas procesales se deben aplicar | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

que normas procesales se deben aplicar

4 Comentarios
 
Que normas procesales se deben aplicar
13/03/2014 09:23
Ley 37/2011 de 10 de octubre . Disposición transitoria única. Procesos en trámite.

Los procesos que estuvieren en trámite en cualquiera de sus instancias a la entrada

en vigor de la presente Ley, continuarán sustanciándose hasta que recaiga sentencia en

dicha instancia conforme a la legislación procesal anterior.



-Se trata de un recurso contencioso administrativo que se interpone en el 2010 ante un juzgado, este se declara incompetente por razon del territorio , se recurre alegando la modificación establecida mediante la Ley 37/2011 citada que otorgaba al demandante elegir el Juzgado donde tuviera su domicilio y el Juzgado resuelve declararse incompetente en favor de otro porque dicha reforma no es de aplicacion a este caso, ya que es de aplicación la disposicion transitoria citada, es decir que se regira por las normas procesales anteriores a la reforma, ya que tiene en cuenta el momento de interposición de la demanda. El Juzgado declarado competente da curso a la demanda con un nuevo numero de recurso en 2014. La duda es saber si este juzgado aplicará las normas procesales anteriores a la reforma o las posteriores, teniendo en cuenta que aunque sea un nuevo numero de recurso en realidad procede de la demanda que se interpuso en el 2010.

He presentado ante el Juzgado un escrito, para que me dijera el juzgado si cuando llegue el momento oportuno, aplicará las normas procesales anteriores a la reforma o las posteriores; esto es importante para mi cliente pues como sabeis si aplica las anteriores lo normal es que no haya condena en costas, sin embargo si aplica las normas procesales posteriores a la reforma habrá condena en costas.

El Juzgado me ha contestado diciendo que admite las alegaciones pero que no es el momento procesal oportuno para pronunciarse sobre las costas.

Veis oportuno volver a presentar un escrito aclarando que yo no quiere que se pronuncie sobre las costas, sino si va a aplicar unas normas u otras por seguridad jurídica, para que mi cliente sepa a que atenerse, pero yo creo que el juez se puede molestar y pensar que es una cuestión más como cualquier otra de interpretacion jurídica y lo resolvera en la sentencia, pero no esta obligado a decirlo antes.

Que pensais? Presento el escrito o no, no vaya a ser que al final por pesao me imponga las costas aunque me de la razón aplicando las normas procesales anterior a la reforma?



gracias.
13/03/2014 10:28
Las costas no te las va a cascar por pesao, pero yo no veo apropiado ni el escrito presentado ni el que tienes pensado ahora.
No es discutido que la pendencia del proceso se inicia con la demanda si luego esta es admitida, así que a falta de estudio a bote pronto diría que debería aplicarse la norma vigente al momento de la demanda. No obstante estoy seguro de que debe haber nutrida jurisprudencia sobre este tema.
14/03/2014 14:43
muchas gracias compi, es lo que yo pienso pero luego el juez ya veremos por donde sale.
buscare jurisprudencia por si acaso.

¿Sabes si el hecho de ir los autos a otro juzgado que al final fue el competente e iniciar un nuevo reparto con un nuevo numero de recurso cuando ya estaba vigente la reforma de la ley 37/11 Medidas Agilizacion Procesal, cambio en algo el asunto o no tiene nada que ver?
gracias
19/03/2014 10:19
Sabes si el hecho de ir los autos a otro juzgado que al final fue el competente e iniciar un nuevo reparto con un nuevo numero de recurso cuando ya estaba vigente la reforma de la ley 37/11 Medidas Agilizacion Procesal, cambio en algo el asunto o no tiene nada que ver?
19/03/2014 10:27
Como he dicho habría que mirar la jurisprudencia, pero a priori la litispendencia se produce al momento de presentar la demanda. Si el propio juzgado remite a otro los autos no hay más demanda que la presentada inicialmente....