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Qué pasa cuando un cónyuge muere en Andalucía

4 Comentarios
 
18/07/2017 10:20
Albertohh
Si tiene varios hijos y no se ha desheredado a una parte de ellos por un motivo legítimo no puede dejar toda la propiedad a una sola hija. Esto no es legal y los otros hijos pueden reclamar su parte. La herencia pasa a los hijos, no a la mujer (salvo el usufructo, ya extinguido al fallecer tu madre). Suponiendo que hablemos solo de bienes gananciales (cuentas, propiedades inmobiliarias...) y que no haya diferencias considerables de patrimonio a tener en cuenta entre un fallecimiento y otro, correspondería de la mitad de tu padre 2/3 a la heredera mejorada, y el otro tercio a dividir entre todos los hermanos a partes iguales, incluida aquella. De la parte de tu madre todo a partes iguales entre los hijos si no hay disposición testamentaria que diga lo contrario. Por tanto si son, supongamos, 4 hermanos, sería para la beneficiada en el testamento 1/3 de los bienes de ambos (2/3 de la mitad de tu padre) más la cuarta parte de los otros dos tercios (la legítima estricta de tu padre más la mitad de tu madre). Sumando, 1/2 de la masa hereditaria de ambos progenitores para la heredera mejorada, y 1/6 para cada uno de los otros tres.
Esto, repito, suponiendo que todos los bienes fueran gananciales, y que no hubiera por ejemplo propiedades (casas, tierras...) que alguno de los fallecidos hubiera adquirido en su momento por herencia.
13/07/2017 11:05
Albertohh
Los testamentos se pueden cambiar cuantas veces se quieran, sin dar explicaciones a nadie.

Saludos
12/07/2017 00:06
Albertohh
Hay un detalle que no he comentado, hay un testamento común que hicieron en su momento (el primero), donde decía que lo de uno pasaba al otro al fallecimiento de uno de los dos. Mi abuela nunca hizo otro, sólo mi abuelo hizo uno nuevo hace un tiempo... Siendo así, el podía deshacer lo firmado primero?
11/07/2017 22:39
Albertohh
La mitad de los bienes que tuviera el matrimonio que fueran gananciales correspondían a tu abuelo (mas sus privativos).

A tu abuela de su herencia le corresponde el usufructo, el resto se reparte 2/3 para herederos forzosos (como estipulase tu abuelo) y 1/3 de libre disposición como quiera.

Y con tu abuela igual.
Qué pasa cuando un cónyuge muere en andalucía
11/07/2017 19:45
Hola, mi abuelo, casado, murió hace un año y algo, estaba empadronado en Andalucia, dejo un testamento donde daba todo a una de sus hijas. Mi abuela aún vivía y estaba empadronada en la misma población que él, la tutela de ella la tenía la hija que hereda todo. Ahora ha muerto mi abuela y su testamento hace herederos a partes iguales a todos los hijos. Estaban casados bajo régimen de gananciales. La pregunta es, ¿al morir mi abuelo, es correcto que pueda testar todo el dinero que tenia en su cuenta y la mitad de lo que tenía de inmuebles en escritura compartida con su mujer a una de sus hijas o debería haber pasado todo a su mujer?

Gracias.

Alberto
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18/07/2017 10:20
Albertohh
Si tiene varios hijos y no se ha desheredado a una parte de ellos por un motivo legítimo no puede dejar toda la propiedad a una sola hija. Esto no es legal y los otros hijos pueden reclamar su parte. La herencia pasa a los hijos, no a la mujer (salvo el usufructo, ya extinguido al fallecer tu madre). Suponiendo que hablemos solo de bienes gananciales (cuentas, propiedades inmobiliarias...) y que no haya diferencias considerables de patrimonio a tener en cuenta entre un fallecimiento y otro, correspondería de la mitad de tu padre 2/3 a la heredera mejorada, y el otro tercio a dividir entre todos los hermanos a partes iguales, incluida aquella. De la parte de tu madre todo a partes iguales entre los hijos si no hay disposición testamentaria que diga lo contrario. Por tanto si son, supongamos, 4 hermanos, sería para la beneficiada en el testamento 1/3 de los bienes de ambos (2/3 de la mitad de tu padre) más la cuarta parte de los otros dos tercios (la legítima estricta de tu padre más la mitad de tu madre). Sumando, 1/2 de la masa hereditaria de ambos progenitores para la heredera mejorada, y 1/6 para cada uno de los otros tres.
Esto, repito, suponiendo que todos los bienes fueran gananciales, y que no hubiera por ejemplo propiedades (casas, tierras...) que alguno de los fallecidos hubiera adquirido en su momento por herencia.
13/07/2017 11:05
Albertohh
Los testamentos se pueden cambiar cuantas veces se quieran, sin dar explicaciones a nadie.

Saludos
12/07/2017 00:06
Albertohh
Hay un detalle que no he comentado, hay un testamento común que hicieron en su momento (el primero), donde decía que lo de uno pasaba al otro al fallecimiento de uno de los dos. Mi abuela nunca hizo otro, sólo mi abuelo hizo uno nuevo hace un tiempo... Siendo así, el podía deshacer lo firmado primero?
11/07/2017 22:39
Albertohh
La mitad de los bienes que tuviera el matrimonio que fueran gananciales correspondían a tu abuelo (mas sus privativos).

A tu abuela de su herencia le corresponde el usufructo, el resto se reparte 2/3 para herederos forzosos (como estipulase tu abuelo) y 1/3 de libre disposición como quiera.

Y con tu abuela igual.
Qué pasa cuando un cónyuge muere en andalucía
11/07/2017 19:45
Hola, mi abuelo, casado, murió hace un año y algo, estaba empadronado en Andalucia, dejo un testamento donde daba todo a una de sus hijas. Mi abuela aún vivía y estaba empadronada en la misma población que él, la tutela de ella la tenía la hija que hereda todo. Ahora ha muerto mi abuela y su testamento hace herederos a partes iguales a todos los hijos. Estaban casados bajo régimen de gananciales. La pregunta es, ¿al morir mi abuelo, es correcto que pueda testar todo el dinero que tenia en su cuenta y la mitad de lo que tenía de inmuebles en escritura compartida con su mujer a una de sus hijas o debería haber pasado todo a su mujer?

Gracias.

Alberto