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¿Qué resolución prevalece: la del INSS o la del Servicio de Salud?

2 Comentarios
 
¿qué resolución prevalece: la del inss o la del servicio de salud?
08/02/2013 16:14
Buenas tardes. Referente a la Reforma de la Ley de Asistencia Sanitaria (R.D. Ley 16/2012, en concreto a los nuevos porcentajes que se /aplican en el pago de recetas por medicamentos, que lleva en vigor unos meses) ¿me pueden decir quién tiene mayor competencia para resolver: el I.N.S.S. o el Servicio de Salud de la Comunidad Autónoma?.

La cuestión concreta es que a un desempleado, que cuando entró en vigor dicha ley llevaba años sin cobrar ninguna prestación por desempleo ni subsidio, le emiten las recetas con el subgrupo TSI 03, por lo que ha de pagar el 40%. El cree que tiene derecho a la gratuidad en los medicamentos (subgrupo TSI 01) y presentó reclamación ante el Servicio de Salud aportando copia con su original de la tarjeta de demanda de empleo. Semanas después, le respondieron que dirigían su escrito al I.N.S.S para verificar datos. El I.N.S.S. le respondió que su situación le correspondía el subgrupo TSI 01, pero era el Servicio de Salud quien debía tenerlo en cuenta en sus datos para la emisión de recetas. Se hizo nuevo escrito al Servicio de Salud aportando copia del escrito del INSS, solicitando la modificación y pidiendo el reintegro de las cantidades abonadas por medicamentos (adjuntando la copia de la receta y los justificantes de pagos. Después de varios meses, el Servicio de Salud, mediante carta ordinaria, dice responder a "la consulta" (que no era consulta sino reclamación), e indica que el subgrupo TSI 01 es para desempleados que agotaron subsidio, no prestación (esta persona no tuvo derecho al subsidio al no tener a su cargo hijos ni cónyuge). ¿Acaso no significa lo mismo estar en desempleo sin cobrar nada, bien por haber agotado la prestación o el subsidio?

¿Que se puede hacer?. Gracias.
10/05/2013 18:41
Buenas tardes, estoy en la misma situación que comentas y a la desesperada! yo ya agoté el derecho a prestación económica pero nunca llegué a recibir subsidio, pedí cita con la trabajadora social y me dijo que claramente pertenecia al grupo 0001 por haber agotado la prestacion por desempleo y no cobrar nada, con todos los papeles me fui al INSS y me hicieron una tarjeta nueva (ya que la antigua me caducaba) pero seguí en la misma situación, pagando los medicamentos, hoy he hablado con una amiga y dice que no los paga estando en la misma situación que yo, no entiendo nada, he vuelto a pedir cita con la trabajadora social y estoy ya desesperada, te rogaría que me dijieses que ha pasado al final con lo tuyo y si finalmente te lo han arreglado o estoy perdiendo el tiempo de nuevo.... un saludo!
13/05/2013 17:46
Hola Susyta. No tengo ninguna información nueva, tampoco he hecho más gestiones por problemas de salud, pero pienso reclamar, tanto por escrito (reclamación previa a la vía judicial) y también una queja al Defensor del Pueblo (aunque creo servirá de poco). Yo no he ido a la asistenta social. Puedes acudir al Colegio de Abogados a que te asignen uno de oficio (creo que la Asistencia Jurídica Gratuita la dan siempre para asuntos de tema social, como es éste, a ver qué opina del asunto). Cuando tenga más información, ya te cuento. Un saludo.
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¿qué resolución prevalece: la del inss o la del servicio de salud?
08/02/2013 16:14
Buenas tardes. Referente a la Reforma de la Ley de Asistencia Sanitaria (R.D. Ley 16/2012, en concreto a los nuevos porcentajes que se /aplican en el pago de recetas por medicamentos, que lleva en vigor unos meses) ¿me pueden decir quién tiene mayor competencia para resolver: el I.N.S.S. o el Servicio de Salud de la Comunidad Autónoma?.

La cuestión concreta es que a un desempleado, que cuando entró en vigor dicha ley llevaba años sin cobrar ninguna prestación por desempleo ni subsidio, le emiten las recetas con el subgrupo TSI 03, por lo que ha de pagar el 40%. El cree que tiene derecho a la gratuidad en los medicamentos (subgrupo TSI 01) y presentó reclamación ante el Servicio de Salud aportando copia con su original de la tarjeta de demanda de empleo. Semanas después, le respondieron que dirigían su escrito al I.N.S.S para verificar datos. El I.N.S.S. le respondió que su situación le correspondía el subgrupo TSI 01, pero era el Servicio de Salud quien debía tenerlo en cuenta en sus datos para la emisión de recetas. Se hizo nuevo escrito al Servicio de Salud aportando copia del escrito del INSS, solicitando la modificación y pidiendo el reintegro de las cantidades abonadas por medicamentos (adjuntando la copia de la receta y los justificantes de pagos. Después de varios meses, el Servicio de Salud, mediante carta ordinaria, dice responder a "la consulta" (que no era consulta sino reclamación), e indica que el subgrupo TSI 01 es para desempleados que agotaron subsidio, no prestación (esta persona no tuvo derecho al subsidio al no tener a su cargo hijos ni cónyuge). ¿Acaso no significa lo mismo estar en desempleo sin cobrar nada, bien por haber agotado la prestación o el subsidio?

¿Que se puede hacer?. Gracias.
10/05/2013 18:41
Buenas tardes, estoy en la misma situación que comentas y a la desesperada! yo ya agoté el derecho a prestación económica pero nunca llegué a recibir subsidio, pedí cita con la trabajadora social y me dijo que claramente pertenecia al grupo 0001 por haber agotado la prestacion por desempleo y no cobrar nada, con todos los papeles me fui al INSS y me hicieron una tarjeta nueva (ya que la antigua me caducaba) pero seguí en la misma situación, pagando los medicamentos, hoy he hablado con una amiga y dice que no los paga estando en la misma situación que yo, no entiendo nada, he vuelto a pedir cita con la trabajadora social y estoy ya desesperada, te rogaría que me dijieses que ha pasado al final con lo tuyo y si finalmente te lo han arreglado o estoy perdiendo el tiempo de nuevo.... un saludo!
13/05/2013 17:46
Hola Susyta. No tengo ninguna información nueva, tampoco he hecho más gestiones por problemas de salud, pero pienso reclamar, tanto por escrito (reclamación previa a la vía judicial) y también una queja al Defensor del Pueblo (aunque creo servirá de poco). Yo no he ido a la asistenta social. Puedes acudir al Colegio de Abogados a que te asignen uno de oficio (creo que la Asistencia Jurídica Gratuita la dan siempre para asuntos de tema social, como es éste, a ver qué opina del asunto). Cuando tenga más información, ya te cuento. Un saludo.