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Quebrantamiento de condena o no?

15 Comentarios
 
13/11/2006 08:43
Al ser un tema tratado antes, me remito a la consulta de XAVA que bajo el título "quebrantamiento condena" se realizó el pasado 20/09/2006.Paralelamente subo dicha consulta a los primeros puestos para que la podais leer.

No obstante, respecto a la lógica jurídica inapelable de la que habla el amigo MA con respecto a la STS de fecha 26/09/20005, yo no diría tanto.

Un saludo.
13/11/2006 00:22
He leido la sentencia del T.S. en la que resuelve que el quebrantamiento de la orden de alejamiento, consentido por parte de la persona protegida, no constituye ningún ilícito penal. Los razonamientos de la sentencia son de una lógica jurídica inapelable. Si el consentimiento por parte de la víctima es evidente, no está viciado por coacción física o psicologica alguna, y además es expresado por la misma de forma explícita, no existe el quebrantamiento de condena.
Yo he dejado en libertad, tras su presentación como detenidos, a decenas de " quebrantadores", tras oír en declaración a la presunta víctima.
Por otra parte quiero expresar mi opinión sobre la ley de Violencia de Género: Es una Ley voluntarista, volcada a toda costa en la defensa de la integridad física y psicologica de la mujer respecto del entorno de sus relaciones afectivas y familiares, pero es una Ley lineal, perversa y vejatoria en algunos casos, para el varón.
Un buen " guión" (ni siquiera hace falta que sea muy bueno, a veces vale con una denuncia de contenido mediocre, sin grandes alardes argumentales) acaba dando con los huesos del denunciado en los calabozos de Comisaría.
Quede claro que no tengo dudas respecto a los maltratadores ( duro con ellos, y ninguna piedad), pero la práctica diaria me ha hecho ver el cinismo de muchas mujeres que fabulan, con una capacidad teatral inefable, secuencias cuyo único escenario ha sido su mente. Esa conducta es un gravísimo maltrato que no comtempla esta limitadísima Ley.
Existe un dato demoledor: el 80% de los detenidos pasados a disposición judicial por violencia de género ( en el ámbito jurisdiccional en el que trabajo ) acaban siendo juzgados por falta.
¿ Quien repara el daño de los 2 ó 3 días de calabozo? ¿ Quien repara los antecedentes policiales? ¿ Quien repara el daño moral ?
Conclusión: NO a la violencia de género, pero NO a las víctimas que son verdugos.
12/11/2006 20:17
Muchas gracias a todos y en especial a Pato por colgarme los escritos, sin duda bastante interesantes.
09/11/2006 23:17
Continuación del anterior...


Noticia del Diario “El Mundo” 29/11/2005
La Sala Penal del Tribunal Supremo (TS) ha anulado la condena por quebrantamiento de medida cautelar impuesta a un maltratador que no cumplió la orden de alejamiento que tenía decretada y entró en varias ocasiones en el domicilio de su ex mujer sin que se haya probado la oposición de ésta. El Alto Tribunal afirma que, cuando la víctima reanuda voluntariamente la relación o la convivencia con su ex pareja, la orden de alejamiento «queda extinguida».
Este pronunciamiento del Supremo sobre la controvertida orden de alejamiento -cuya imposición obligatoria en casos de malos tratos domésticos está cuestionada ante el Tribunal Constitucional por varios jueces- se produce con ocasión del recurso interpuesto por Abdelhak Siali contra la sentencia que dictó contra él la Sección Tercera de la Audiencia de Madrid. Este ciudadano marroquí, que carecía de permiso de residencia y de trabajo, protagonizó varios episodios de violencia, persecución y acoso a su mujer desde el momento en que ésta le comunicó su deseo de finalizar la relación sentimental.

Un saludo a todos.
09/11/2006 23:15
Continuación del anterior...

Un saludo a todos.

Los juristas alertan del riesgo de que el acoso de los maltratadores quede impune

Temen que se imponga una interpretación que no castiga al que se salta una medida cautelar

CAROL ALVAREZBARCELONA.- Si la víctima de malos tratos consiente que su agresor se acerque a ella, el maltratador no puede ser castigado por quebrantar una orden de alejamiento. Esta es la nueva interpretación jurídica que ha hecho el Tribunal Supremo de la siempre espinosa cuestión de la violencia de género, y jueces y abogados ya temen que una segunda sentencia siente doctrina y se pueda así imponer. Hasta ahora, los acusados que debían cumplir una orden de alejamiento de una víctima de malos tratos se enfrentaban a un nuevo proceso judicial por quebrantamiento de condena en caso de que se la saltaran. «Esa medida daba garantías a las víctimas, porque ejercía un efecto disuasorio en la conducta del agresor», señalaba ayer una juez de instrucción de Barcelona. Todo incumplimiento de la orden daba automáticamente lugar a unas diligencias y, si se probaba de forma objetiva, a una condena. «Ahora, si se consolida la interpretación del Tribunal Supremo, se tendrá que mirar también si la víctima consintió, y si es así, dejar impune la acción», añadió ayer otro magistrado. La abogada Lara Padilla, especialista en violencia doméstica, señalaba ayer, por su parte, que valorar la actitud de la beneficiaria del alejamiento a la hora de enjuiciar a quien no respeta la prohibición de acercamiento «vuelve a poner sobre los hombros de la víctima una responsabilidad que no puede soportar, y que asumía el Estado». Según la letrada, «el bien jurídico que protege el delito de quebrantamiento de condena es la obediencia a la autoridad, y la víctima aquí no tiene nada que ver». Además, la letrada subrayó que las víctimas de malos tratos son mujeres que sufren una importante dependencia emocional de sus agresores y la mayoría experimenta un Síndrome de Estocolmo que casi las incapacita para tomar decisiones acerca de su relación con el agresor, al tiempo que las convierte en personas muy vulnerables. Según la psicóloga Mila Arch, experta en malos tratos a la pareja, del Colegio Oficial de Psicólogos de Barcelona, «el chantaje emocional y el juego emotivo son terrenos en los que dominan los maltratadores».Por su parte, la letrada Olga Carretero, del Colegio de Abogados de Barcelona, anima a las mujeres a que piensen seriamente en lo que puede pasar si se acercan de nuevo a su maltratador. La mayoría de consultas que llegan al turno de oficio especial de violencia doméstica del Colegio de Abogados de Barcelona se refieren al levantamiento de medidas de alejamiento, en especial, en fechas señaladas como las Navidades o las vacaciones. «Si ceden a la presión suelen arrepentirse y acaban de nuevo en el juzgado, poniendo una denuncia», advierte Carretero. Cuando ella consiente En aplicación de la nueva línea del TS, la Audiencia de Barcelona ha absuelto a un hombre que fue condenado a seis meses de prisión por quebrantar la medida de alejamiento de su compañera, a la que había maltratado. La sentencia, dictada por la sección quinta de la Audiencia de Barcelona, estima que la denunciante «permitía que el acusado pernoctara en su domicilio y reanudara la relación de pareja, situación que aunque fuera intermitente se prolongó hasta el incidente» en el cual volvió a producirse una agresión de nuevo denunciada.La Audiencia entiende que de acuerdo con la sentencia del TS de noviembre, que valora el consentimiento de la víctima a la hora de decidir el posible castigo a quien incumple una orden de alejamiento, «es evidente que[la prohibición] cesó de facto desde el mismo instante en que la mujer decidió que el acusado se acercara a ella, señal de que la medida ya no era necesaria y, por lo tanto, ésta quedaba sin efecto tácitamente». Por estas circunstancias, los jueces entienden que «no puede aceptarse que haya existido quebrantamiento de medida ni, por tanto, delito del artículo 468, lo que lleva directamente a la absolución del acusado por este delito».

Continúa...
09/11/2006 23:14
Cancerbero, por lo que he podido encontrar, de momento sólo hay una sentencia del Tribunal Supremo que parece indicar que en el supuesto que has planteado no procedería la detención del quebrantador.
En mi humilde opinión, y mientras no haya dos o más sentencias en el mismo sentido del T.S., yo detendría al que quebrantare la condena, incluso con anuencia de la víctima, puesto que son situaciones muy delicadas, en las que no se sabe nunca cómo van a terminar los mimos entre la pareja.
Ya se sabe que muchas veces existe una dependencia psicológica, no sólo del autor sobre la víctima, sino también de la víctima con respecto al autor.
Yo, por mi parte, he detenido en muchas ocasiones por quebrantamiento de condena, existiendo consentimiento de la víctima, y no me han dicho nunca nada en el Juzgado de "Violencia de Género" por ello.

Te aporto, por si te resulta de interés, unos comentarios de juristas sobre esta controvertida cuestión, así como un artículo del Diario "El Mundo" en relación a la famosa sentencia del Tribunal Supremo de Noviembre del año pasado.

Continúa...
09/11/2006 21:52
buenas/os. El forero :) me colgó muy amablemente una sentencia relativa a lo que pregunta cancerbero. No te la puedo colgar pero era la STS 26/09/05. FUNDAMENTOS DE DERECHO...QUINTO...
Aquí está muy bién explicado lo de la cooperadora necesaria.

un saludete
09/11/2006 17:23
Con respecto al comentario de Azgz, recuerdo un caso, hace una pila de años, no estaba tan de moda lo de la violencia en el ámbito familiar, o por lo menos no salía todos los días en los medios, que detuvimos a un señor por haber agredido a su esposa; pasan los meses, llega el día del juicio, aparecen ambos acarameladitos, nos pega un broncazo el Sr. Juez (el único que recuerdo que me han pegado), supongo que absolvieron al señor agresor; pasan los meses, quizás un año, y el buen señor pasa a criar malvas por obra y gracia de su señora. Saludos.
09/11/2006 16:14
Yo cuando el incumplimiento de la medida, cuenta con la anuencia de la protegida no detengo, informo al juzgado y nunca ha pasado nada.

El último juicio al que asistí se detuvo al hombre por golpear (bofetón) a su mujer, además tenía orden de alejamiento por una denuncia anterior. La mujer no quiso denunciar, es más consentía el acercamiento del hombre. La detención se llevó a cabo por el bofetón, no por la oreden de alejamiento aunque se hizo constar en el atestado.

El día del juicio aparecieron los dos abrazados, ¿tendríamos que haberlo detenido de nuevo en la sala del juzgado?. En la vista el abogado defensor mencionó que según jurisprudencia del T. Supremo cuando la mujer consiente el acercamiento del que tiene impuesta esa medida no se comete el delito de quebrantamiento de condena; de lo que no dispongo es de ninguna sentencia que lo contemple.

Un saludo.
09/11/2006 14:07
Pues que no lo meta mas en su casa. (Luego, cuando ocurra lo del ataque de celos, le echaran la culpa a Juez)
09/11/2006 14:02
De acuerdo con Habeas.
Un saludo.
09/11/2006 13:16
Pues cuando parecia que lo tenía claro y pensaba limitarme a levantar acta y mandarla al Juez, aparece Joe y me propone lo de "cooperadora necesaria". No sé, no sé.
Lo curioso es que, probablemente, cualquier día de estos, el tipejo este se tomará unas copas de más, le dará un ataque de celos y "lo que es mio no es de nadie" y ....
La que más perderá será ella claro.
Un saludo a todos
08/11/2006 22:45
Pues sí, sería un quebrantamiento, y ella? no sería cooperadora necesaria?
08/11/2006 21:08
yo he podido presenciar varios casos de estos y lo que se ha hecho es coger acta de manifestación de la víctima en la que exponga que está de mutuo acuerdo con el que fué su agresor y de manera totalmente voluntaria. Esto se adjunta a un oficio y...al juzgado. También hay que decir que en los casos que menciono casi siempre la policia se ha encontrado a los dos cogidos de la mano paseando tranquilamente por la calle.

pos eso...un saludo
08/11/2006 20:49
estimado lo que el juez dicta debe de cumplirse o en caso de no estar de acuerdo apelar. si usted tiene una orden de alejamiento resultante esta de un proceso y de una interpretacion juridica que el juez estimo.Esta usted obligado a su cumplimiento es evidente que si no es asi existe el quebrantamiento. Lo mas normal es que si la situacion entre usted y su pareja se han modificado con acuerdos mutuo de segundas oportunidades que lo comunique a la sala o a su abogado para solicitar del juez el cambio de las medidas impuesta.... a mejor criterio un saludo
Quebrantamiento de condena o no?
08/11/2006 19:31
Es frecuente que, aquellos autores de violencia de género, a los que el juez ha impuesto Orden de Alejamiento de su compañera, quebranten la mencionada Orden, conviviendo de nuevo con ella con la excusa de que ella lo ha perdonado, corroborados estos extremos por la víctima que admite y consiente de nuevo esa convivencia.

Lo correcto, según mi parecer, por parte de la Policía, en caso de tener conocimiento de esta nueva convivencia, sería detener y poner a disposición judicial al infractor por un delito de quebrantamiento de condena (art. 468) al quebrantar una “medida cautelar”.
Mi pregunta es ¿hay jurisprudencia sobre esta materia por la que, en estos casos deba actuarse de otra forma? P.ej. remitir oficio al juez competente informado del hecho, sin poner a disposición al infractor.

Espero opiniones. Muchas Gracias.
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Quebrantamiento de condena o no?

15 Comentarios
 
13/11/2006 08:43
Al ser un tema tratado antes, me remito a la consulta de XAVA que bajo el título "quebrantamiento condena" se realizó el pasado 20/09/2006.Paralelamente subo dicha consulta a los primeros puestos para que la podais leer.

No obstante, respecto a la lógica jurídica inapelable de la que habla el amigo MA con respecto a la STS de fecha 26/09/20005, yo no diría tanto.

Un saludo.
13/11/2006 00:22
He leido la sentencia del T.S. en la que resuelve que el quebrantamiento de la orden de alejamiento, consentido por parte de la persona protegida, no constituye ningún ilícito penal. Los razonamientos de la sentencia son de una lógica jurídica inapelable. Si el consentimiento por parte de la víctima es evidente, no está viciado por coacción física o psicologica alguna, y además es expresado por la misma de forma explícita, no existe el quebrantamiento de condena.
Yo he dejado en libertad, tras su presentación como detenidos, a decenas de " quebrantadores", tras oír en declaración a la presunta víctima.
Por otra parte quiero expresar mi opinión sobre la ley de Violencia de Género: Es una Ley voluntarista, volcada a toda costa en la defensa de la integridad física y psicologica de la mujer respecto del entorno de sus relaciones afectivas y familiares, pero es una Ley lineal, perversa y vejatoria en algunos casos, para el varón.
Un buen " guión" (ni siquiera hace falta que sea muy bueno, a veces vale con una denuncia de contenido mediocre, sin grandes alardes argumentales) acaba dando con los huesos del denunciado en los calabozos de Comisaría.
Quede claro que no tengo dudas respecto a los maltratadores ( duro con ellos, y ninguna piedad), pero la práctica diaria me ha hecho ver el cinismo de muchas mujeres que fabulan, con una capacidad teatral inefable, secuencias cuyo único escenario ha sido su mente. Esa conducta es un gravísimo maltrato que no comtempla esta limitadísima Ley.
Existe un dato demoledor: el 80% de los detenidos pasados a disposición judicial por violencia de género ( en el ámbito jurisdiccional en el que trabajo ) acaban siendo juzgados por falta.
¿ Quien repara el daño de los 2 ó 3 días de calabozo? ¿ Quien repara los antecedentes policiales? ¿ Quien repara el daño moral ?
Conclusión: NO a la violencia de género, pero NO a las víctimas que son verdugos.
12/11/2006 20:17
Muchas gracias a todos y en especial a Pato por colgarme los escritos, sin duda bastante interesantes.
09/11/2006 23:17
Continuación del anterior...


Noticia del Diario “El Mundo” 29/11/2005
La Sala Penal del Tribunal Supremo (TS) ha anulado la condena por quebrantamiento de medida cautelar impuesta a un maltratador que no cumplió la orden de alejamiento que tenía decretada y entró en varias ocasiones en el domicilio de su ex mujer sin que se haya probado la oposición de ésta. El Alto Tribunal afirma que, cuando la víctima reanuda voluntariamente la relación o la convivencia con su ex pareja, la orden de alejamiento «queda extinguida».
Este pronunciamiento del Supremo sobre la controvertida orden de alejamiento -cuya imposición obligatoria en casos de malos tratos domésticos está cuestionada ante el Tribunal Constitucional por varios jueces- se produce con ocasión del recurso interpuesto por Abdelhak Siali contra la sentencia que dictó contra él la Sección Tercera de la Audiencia de Madrid. Este ciudadano marroquí, que carecía de permiso de residencia y de trabajo, protagonizó varios episodios de violencia, persecución y acoso a su mujer desde el momento en que ésta le comunicó su deseo de finalizar la relación sentimental.

Un saludo a todos.
09/11/2006 23:15
Continuación del anterior...

Un saludo a todos.

Los juristas alertan del riesgo de que el acoso de los maltratadores quede impune

Temen que se imponga una interpretación que no castiga al que se salta una medida cautelar

CAROL ALVAREZBARCELONA.- Si la víctima de malos tratos consiente que su agresor se acerque a ella, el maltratador no puede ser castigado por quebrantar una orden de alejamiento. Esta es la nueva interpretación jurídica que ha hecho el Tribunal Supremo de la siempre espinosa cuestión de la violencia de género, y jueces y abogados ya temen que una segunda sentencia siente doctrina y se pueda así imponer. Hasta ahora, los acusados que debían cumplir una orden de alejamiento de una víctima de malos tratos se enfrentaban a un nuevo proceso judicial por quebrantamiento de condena en caso de que se la saltaran. «Esa medida daba garantías a las víctimas, porque ejercía un efecto disuasorio en la conducta del agresor», señalaba ayer una juez de instrucción de Barcelona. Todo incumplimiento de la orden daba automáticamente lugar a unas diligencias y, si se probaba de forma objetiva, a una condena. «Ahora, si se consolida la interpretación del Tribunal Supremo, se tendrá que mirar también si la víctima consintió, y si es así, dejar impune la acción», añadió ayer otro magistrado. La abogada Lara Padilla, especialista en violencia doméstica, señalaba ayer, por su parte, que valorar la actitud de la beneficiaria del alejamiento a la hora de enjuiciar a quien no respeta la prohibición de acercamiento «vuelve a poner sobre los hombros de la víctima una responsabilidad que no puede soportar, y que asumía el Estado». Según la letrada, «el bien jurídico que protege el delito de quebrantamiento de condena es la obediencia a la autoridad, y la víctima aquí no tiene nada que ver». Además, la letrada subrayó que las víctimas de malos tratos son mujeres que sufren una importante dependencia emocional de sus agresores y la mayoría experimenta un Síndrome de Estocolmo que casi las incapacita para tomar decisiones acerca de su relación con el agresor, al tiempo que las convierte en personas muy vulnerables. Según la psicóloga Mila Arch, experta en malos tratos a la pareja, del Colegio Oficial de Psicólogos de Barcelona, «el chantaje emocional y el juego emotivo son terrenos en los que dominan los maltratadores».Por su parte, la letrada Olga Carretero, del Colegio de Abogados de Barcelona, anima a las mujeres a que piensen seriamente en lo que puede pasar si se acercan de nuevo a su maltratador. La mayoría de consultas que llegan al turno de oficio especial de violencia doméstica del Colegio de Abogados de Barcelona se refieren al levantamiento de medidas de alejamiento, en especial, en fechas señaladas como las Navidades o las vacaciones. «Si ceden a la presión suelen arrepentirse y acaban de nuevo en el juzgado, poniendo una denuncia», advierte Carretero. Cuando ella consiente En aplicación de la nueva línea del TS, la Audiencia de Barcelona ha absuelto a un hombre que fue condenado a seis meses de prisión por quebrantar la medida de alejamiento de su compañera, a la que había maltratado. La sentencia, dictada por la sección quinta de la Audiencia de Barcelona, estima que la denunciante «permitía que el acusado pernoctara en su domicilio y reanudara la relación de pareja, situación que aunque fuera intermitente se prolongó hasta el incidente» en el cual volvió a producirse una agresión de nuevo denunciada.La Audiencia entiende que de acuerdo con la sentencia del TS de noviembre, que valora el consentimiento de la víctima a la hora de decidir el posible castigo a quien incumple una orden de alejamiento, «es evidente que[la prohibición] cesó de facto desde el mismo instante en que la mujer decidió que el acusado se acercara a ella, señal de que la medida ya no era necesaria y, por lo tanto, ésta quedaba sin efecto tácitamente». Por estas circunstancias, los jueces entienden que «no puede aceptarse que haya existido quebrantamiento de medida ni, por tanto, delito del artículo 468, lo que lleva directamente a la absolución del acusado por este delito».

Continúa...
09/11/2006 23:14
Cancerbero, por lo que he podido encontrar, de momento sólo hay una sentencia del Tribunal Supremo que parece indicar que en el supuesto que has planteado no procedería la detención del quebrantador.
En mi humilde opinión, y mientras no haya dos o más sentencias en el mismo sentido del T.S., yo detendría al que quebrantare la condena, incluso con anuencia de la víctima, puesto que son situaciones muy delicadas, en las que no se sabe nunca cómo van a terminar los mimos entre la pareja.
Ya se sabe que muchas veces existe una dependencia psicológica, no sólo del autor sobre la víctima, sino también de la víctima con respecto al autor.
Yo, por mi parte, he detenido en muchas ocasiones por quebrantamiento de condena, existiendo consentimiento de la víctima, y no me han dicho nunca nada en el Juzgado de "Violencia de Género" por ello.

Te aporto, por si te resulta de interés, unos comentarios de juristas sobre esta controvertida cuestión, así como un artículo del Diario "El Mundo" en relación a la famosa sentencia del Tribunal Supremo de Noviembre del año pasado.

Continúa...
09/11/2006 21:52
buenas/os. El forero :) me colgó muy amablemente una sentencia relativa a lo que pregunta cancerbero. No te la puedo colgar pero era la STS 26/09/05. FUNDAMENTOS DE DERECHO...QUINTO...
Aquí está muy bién explicado lo de la cooperadora necesaria.

un saludete
09/11/2006 17:23
Con respecto al comentario de Azgz, recuerdo un caso, hace una pila de años, no estaba tan de moda lo de la violencia en el ámbito familiar, o por lo menos no salía todos los días en los medios, que detuvimos a un señor por haber agredido a su esposa; pasan los meses, llega el día del juicio, aparecen ambos acarameladitos, nos pega un broncazo el Sr. Juez (el único que recuerdo que me han pegado), supongo que absolvieron al señor agresor; pasan los meses, quizás un año, y el buen señor pasa a criar malvas por obra y gracia de su señora. Saludos.
09/11/2006 16:14
Yo cuando el incumplimiento de la medida, cuenta con la anuencia de la protegida no detengo, informo al juzgado y nunca ha pasado nada.

El último juicio al que asistí se detuvo al hombre por golpear (bofetón) a su mujer, además tenía orden de alejamiento por una denuncia anterior. La mujer no quiso denunciar, es más consentía el acercamiento del hombre. La detención se llevó a cabo por el bofetón, no por la oreden de alejamiento aunque se hizo constar en el atestado.

El día del juicio aparecieron los dos abrazados, ¿tendríamos que haberlo detenido de nuevo en la sala del juzgado?. En la vista el abogado defensor mencionó que según jurisprudencia del T. Supremo cuando la mujer consiente el acercamiento del que tiene impuesta esa medida no se comete el delito de quebrantamiento de condena; de lo que no dispongo es de ninguna sentencia que lo contemple.

Un saludo.
09/11/2006 14:07
Pues que no lo meta mas en su casa. (Luego, cuando ocurra lo del ataque de celos, le echaran la culpa a Juez)
09/11/2006 14:02
De acuerdo con Habeas.
Un saludo.
09/11/2006 13:16
Pues cuando parecia que lo tenía claro y pensaba limitarme a levantar acta y mandarla al Juez, aparece Joe y me propone lo de "cooperadora necesaria". No sé, no sé.
Lo curioso es que, probablemente, cualquier día de estos, el tipejo este se tomará unas copas de más, le dará un ataque de celos y "lo que es mio no es de nadie" y ....
La que más perderá será ella claro.
Un saludo a todos
08/11/2006 22:45
Pues sí, sería un quebrantamiento, y ella? no sería cooperadora necesaria?
08/11/2006 21:08
yo he podido presenciar varios casos de estos y lo que se ha hecho es coger acta de manifestación de la víctima en la que exponga que está de mutuo acuerdo con el que fué su agresor y de manera totalmente voluntaria. Esto se adjunta a un oficio y...al juzgado. También hay que decir que en los casos que menciono casi siempre la policia se ha encontrado a los dos cogidos de la mano paseando tranquilamente por la calle.

pos eso...un saludo
08/11/2006 20:49
estimado lo que el juez dicta debe de cumplirse o en caso de no estar de acuerdo apelar. si usted tiene una orden de alejamiento resultante esta de un proceso y de una interpretacion juridica que el juez estimo.Esta usted obligado a su cumplimiento es evidente que si no es asi existe el quebrantamiento. Lo mas normal es que si la situacion entre usted y su pareja se han modificado con acuerdos mutuo de segundas oportunidades que lo comunique a la sala o a su abogado para solicitar del juez el cambio de las medidas impuesta.... a mejor criterio un saludo
Quebrantamiento de condena o no?
08/11/2006 19:31
Es frecuente que, aquellos autores de violencia de género, a los que el juez ha impuesto Orden de Alejamiento de su compañera, quebranten la mencionada Orden, conviviendo de nuevo con ella con la excusa de que ella lo ha perdonado, corroborados estos extremos por la víctima que admite y consiente de nuevo esa convivencia.

Lo correcto, según mi parecer, por parte de la Policía, en caso de tener conocimiento de esta nueva convivencia, sería detener y poner a disposición judicial al infractor por un delito de quebrantamiento de condena (art. 468) al quebrantar una “medida cautelar”.
Mi pregunta es ¿hay jurisprudencia sobre esta materia por la que, en estos casos deba actuarse de otra forma? P.ej. remitir oficio al juez competente informado del hecho, sin poner a disposición al infractor.

Espero opiniones. Muchas Gracias.