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Querella contra Ayuntamiento

3 Comentarios
 
19/01/2004 12:41
Buenos días.

En primer lugar decir que no existe "apropiación", puesto que no ha recibido nada en concepto de comisión ni depósito.

En segundo lugar no existe "prevaricación" al no existir una resolución administrativa.

Mi más modesto parecer sobre el proceder sería:

1º.-Solicitar del Ayuntamiento (Alcalde) la restitución de la cosa a su estado principal y hacerle constar en la misma de la pertenencia de la propiedad y donde se haya inscrita.

2º.-En base a la contestación iniciar el procedimiento administrativo, recursos y demás.... y según lo resuelto acudir a la vía C-Adm.

Si el lugar lo van a expropiar, este procedimiento NO se inicia plantando árboles y disponiendo así como así del mismo, la norma es común para particulares como para entidades jurídicas y físicas.

Un saludo.
04/01/2004 22:19
La reclamación ha sido en el Ayuntamiento, donde no se ha llevado a cabo expediente alguno. La apropiación se ha llevado a efecto por la vía de hecho. En este sentido podemos acudir al Juzgado de lo Contencioso Administrativo y reclamar la restitución a la situación anterior y los daños y perjuicios ocasionados; en otro caso, como lo piensan usar como zona verde, existen algunas sentencias que han obligado a la expropiación forzosa con valoración a precios de mercado, más la indemnización correspondiente.
El asunto de la querella, vendría dado en base a una posible prevaricación, al haber procedido a sabiendas, toda vez que les ha sido comunicado(haciendo constar que la finca está inscrita en el Registro de la Propiedad), especificando que se han alterado lindes y usurpado terrenos, y no rectifican, obligando, sin disponer de título alguno, a acudir a la vía judicial.
03/01/2004 20:51
Debes buscar un tipo penal por el cual poder querellarte contra el Ayto.
Yo impugnaria via contenciosa admtva. la resolución del ayto por la que se plantan árboles en una propedad particular. No creo que exista delito alguno, vamos. No se si la reclamación fue judicial o meramente administrativa. Faltan datos.
Querella contra ayuntamiento
21/12/2003 09:47
Un Ayuntamiento ha plantado árboles en una propiedad particular y pse a la reclamación efectuada no quieren volver a la situación anterior.¿Podemos interponer una querella criminal, ejerciendo la acción civil a la vez, contra el alcalde y el concejal que llevó a cabo esa actuación, o debemos interponerla contra el Ayuntamiento, entidad jurídica?¿O sólo tenemos la vía contencioso administrativa?
Querella contra Ayuntamiento | PorticoLegal
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3 Comentarios
 
19/01/2004 12:41
Buenos días.

En primer lugar decir que no existe "apropiación", puesto que no ha recibido nada en concepto de comisión ni depósito.

En segundo lugar no existe "prevaricación" al no existir una resolución administrativa.

Mi más modesto parecer sobre el proceder sería:

1º.-Solicitar del Ayuntamiento (Alcalde) la restitución de la cosa a su estado principal y hacerle constar en la misma de la pertenencia de la propiedad y donde se haya inscrita.

2º.-En base a la contestación iniciar el procedimiento administrativo, recursos y demás.... y según lo resuelto acudir a la vía C-Adm.

Si el lugar lo van a expropiar, este procedimiento NO se inicia plantando árboles y disponiendo así como así del mismo, la norma es común para particulares como para entidades jurídicas y físicas.

Un saludo.
04/01/2004 22:19
La reclamación ha sido en el Ayuntamiento, donde no se ha llevado a cabo expediente alguno. La apropiación se ha llevado a efecto por la vía de hecho. En este sentido podemos acudir al Juzgado de lo Contencioso Administrativo y reclamar la restitución a la situación anterior y los daños y perjuicios ocasionados; en otro caso, como lo piensan usar como zona verde, existen algunas sentencias que han obligado a la expropiación forzosa con valoración a precios de mercado, más la indemnización correspondiente.
El asunto de la querella, vendría dado en base a una posible prevaricación, al haber procedido a sabiendas, toda vez que les ha sido comunicado(haciendo constar que la finca está inscrita en el Registro de la Propiedad), especificando que se han alterado lindes y usurpado terrenos, y no rectifican, obligando, sin disponer de título alguno, a acudir a la vía judicial.
03/01/2004 20:51
Debes buscar un tipo penal por el cual poder querellarte contra el Ayto.
Yo impugnaria via contenciosa admtva. la resolución del ayto por la que se plantan árboles en una propedad particular. No creo que exista delito alguno, vamos. No se si la reclamación fue judicial o meramente administrativa. Faltan datos.
Querella contra ayuntamiento
21/12/2003 09:47
Un Ayuntamiento ha plantado árboles en una propiedad particular y pse a la reclamación efectuada no quieren volver a la situación anterior.¿Podemos interponer una querella criminal, ejerciendo la acción civil a la vez, contra el alcalde y el concejal que llevó a cabo esa actuación, o debemos interponerla contra el Ayuntamiento, entidad jurídica?¿O sólo tenemos la vía contencioso administrativa?