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Quien paga las costas

3 Comentarios
 
Quien paga las costas
19/05/2009 14:23
Un particular demanda a una Comunidad por deudas relativas a trabajos realizados y no abonados, por capricho de la Junta Directiva. La Comunidad acude a juicio como demandado y se opone (sin razón) y sin que lo sepan los propietarios previamente. O sea, no se convoca a los propietarios para que acuerden en Junta General, la postura de la Comunidad.
Por error del Abogado de la Comunidad, esta pierde el juicio y es condenada en costas.
¿Quien paga las costas del demandante, la Comunidad o el Abogado?.
¿Quien paga los honorarios del Abogado de la Comunidad, la Junta Directiva o todos los propietarios que no fueron consultados?.
19/05/2009 17:55
1ª.- Paga la Comunidad. El abogado se ha limitado a seguir las instrucciones, o la voluntad de lo que le han indicado.
2ª.- Los honorarios de los abogados y costas los paga la Comunidad, y después (cuando se haya pagado y liquidado), los no consultados pueden ir contra la Junta Directiva que se obstinó en el pleito sin consultar al resto, ni pedir acuerdo.
Salvo mejor criterio.
20/05/2009 17:47
Si, pero estamos hablando de un gran error cometido por el abogado de la Comunidad en su planteamiento ante el Juzgado. Ese error, es el que ha motivado que la Comunidad pierda el juicio.
¿Se le pueden pedir responsabilidades al abogado?, ¿se le puede exigir que sea él el que abone las costas?, ¿tendrá que devolver los honorarios cobrados a la Comunidad y los del procurador?.
21/05/2009 08:45
No, porque el error habría que demostrarlo, cosa muy dificil, y antes de designar abogado hay que buscar el adecuado, mediante consultas previas.. Es como si uno va al dermatólogo para que diagnostique una cuestión de huesos, por ejemplo.
Quien paga las costas | PorticoLegal
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19/05/2009 14:23
Un particular demanda a una Comunidad por deudas relativas a trabajos realizados y no abonados, por capricho de la Junta Directiva. La Comunidad acude a juicio como demandado y se opone (sin razón) y sin que lo sepan los propietarios previamente. O sea, no se convoca a los propietarios para que acuerden en Junta General, la postura de la Comunidad.
Por error del Abogado de la Comunidad, esta pierde el juicio y es condenada en costas.
¿Quien paga las costas del demandante, la Comunidad o el Abogado?.
¿Quien paga los honorarios del Abogado de la Comunidad, la Junta Directiva o todos los propietarios que no fueron consultados?.
19/05/2009 17:55
1ª.- Paga la Comunidad. El abogado se ha limitado a seguir las instrucciones, o la voluntad de lo que le han indicado.
2ª.- Los honorarios de los abogados y costas los paga la Comunidad, y después (cuando se haya pagado y liquidado), los no consultados pueden ir contra la Junta Directiva que se obstinó en el pleito sin consultar al resto, ni pedir acuerdo.
Salvo mejor criterio.
20/05/2009 17:47
Si, pero estamos hablando de un gran error cometido por el abogado de la Comunidad en su planteamiento ante el Juzgado. Ese error, es el que ha motivado que la Comunidad pierda el juicio.
¿Se le pueden pedir responsabilidades al abogado?, ¿se le puede exigir que sea él el que abone las costas?, ¿tendrá que devolver los honorarios cobrados a la Comunidad y los del procurador?.
21/05/2009 08:45
No, porque el error habría que demostrarlo, cosa muy dificil, y antes de designar abogado hay que buscar el adecuado, mediante consultas previas.. Es como si uno va al dermatólogo para que diagnostique una cuestión de huesos, por ejemplo.