Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Quién se hace cargo de los pagos

3 Comentarios
 
Quién se hace cargo de los pagos
22/09/2020 11:23
En junio me iniciaron el expediente de incapacidad y la mutua me ha estado pagando hasta el mes de julio, el mes de agosto ya no me ha pagado y lo que va de septiembre tampoco, he mirado hoy mis expedientes y tengo una incapacidad concedida desde el dia 17 de este mes, la seguridad social, me pone que me paga del dia 17 al 30 de septiembre, quien tiene que pagarme el resto?Podriais ayudarme, os lo agradeceria, por que ando un poco perdido.
Muchas gracias
11/10/2020 11:54
pedro6
Hola. Si hasta el día 17-9-2020 no habían transcurrido más de 730 días de baja, es la mutua la que debe abonarte la baja de esos días.
Debes reclamar la baja a la mutua hasta el 16-9-2020.
Saludos
14/10/2020 12:02
Expertolaboral
Hola Expertolaboral

Y si han pasado los 730 días de baja? la resolución, en mi caso, ha sido denegatoria y han pasado 21 días de esos 730 días, a mi me pagaba INSS por pago directo, pero me ha pagado hasta que se han cumplido los 730 días.

He hecho un escrito al INSS reclamando esos 21 días que faltan por cobrar, ya que en todos lados me han comentado que se tienen que hacer cargo hasta que dictan resolución, y los 730 días se han traspasado por retraso del INSS y no por mi culpa....es así?

Muchas gracias!
17/10/2020 12:25
Alexia777
Hola. Existe una laguna legal respecto al pago de los días posteriores a los 730 días de baja.
Yo considero que hay que interpretar la ley en el sentido favorable al beneficiario de la seguridad social.Yo reclamaría esos días bien como interpretación humana y flexible de la ley y subsidiariamente como indemnización por el perjucio económico causado por el INSS por el retraso en la tramitación del expediente de incapacidad permanente. Tú en absoluto, has sido culpable de dicho retraso. Existen varias sentencias del Tribunal Supremo y de Tribunales Superiores de Justicia . Por ejemplo las del Tribunal Supremo de fecha 6-2-2012 en el recurso de casación para unificación de doctrina n º1995/2011 , o la de 8-7-2013 dictada en el recurso nº 2988/20012, entre otras.
El problema que te se presentará es que si el INSS , no te paga deberás hacer una reclamación previa y posteriormente presentar una demanda ante el Juzgado.Si buscas un abogado, no te saldrá a cuenta por 21 días.Yo intentaría hacer la reclamación en base a esas sentencias y a ver que pasa.
Saludos
Quién se hace cargo de los pagos | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Quién se hace cargo de los pagos

3 Comentarios
 
Quién se hace cargo de los pagos
22/09/2020 11:23
En junio me iniciaron el expediente de incapacidad y la mutua me ha estado pagando hasta el mes de julio, el mes de agosto ya no me ha pagado y lo que va de septiembre tampoco, he mirado hoy mis expedientes y tengo una incapacidad concedida desde el dia 17 de este mes, la seguridad social, me pone que me paga del dia 17 al 30 de septiembre, quien tiene que pagarme el resto?Podriais ayudarme, os lo agradeceria, por que ando un poco perdido.
Muchas gracias
11/10/2020 11:54
pedro6
Hola. Si hasta el día 17-9-2020 no habían transcurrido más de 730 días de baja, es la mutua la que debe abonarte la baja de esos días.
Debes reclamar la baja a la mutua hasta el 16-9-2020.
Saludos
14/10/2020 12:02
Expertolaboral
Hola Expertolaboral

Y si han pasado los 730 días de baja? la resolución, en mi caso, ha sido denegatoria y han pasado 21 días de esos 730 días, a mi me pagaba INSS por pago directo, pero me ha pagado hasta que se han cumplido los 730 días.

He hecho un escrito al INSS reclamando esos 21 días que faltan por cobrar, ya que en todos lados me han comentado que se tienen que hacer cargo hasta que dictan resolución, y los 730 días se han traspasado por retraso del INSS y no por mi culpa....es así?

Muchas gracias!
17/10/2020 12:25
Alexia777
Hola. Existe una laguna legal respecto al pago de los días posteriores a los 730 días de baja.
Yo considero que hay que interpretar la ley en el sentido favorable al beneficiario de la seguridad social.Yo reclamaría esos días bien como interpretación humana y flexible de la ley y subsidiariamente como indemnización por el perjucio económico causado por el INSS por el retraso en la tramitación del expediente de incapacidad permanente. Tú en absoluto, has sido culpable de dicho retraso. Existen varias sentencias del Tribunal Supremo y de Tribunales Superiores de Justicia . Por ejemplo las del Tribunal Supremo de fecha 6-2-2012 en el recurso de casación para unificación de doctrina n º1995/2011 , o la de 8-7-2013 dictada en el recurso nº 2988/20012, entre otras.
El problema que te se presentará es que si el INSS , no te paga deberás hacer una reclamación previa y posteriormente presentar una demanda ante el Juzgado.Si buscas un abogado, no te saldrá a cuenta por 21 días.Yo intentaría hacer la reclamación en base a esas sentencias y a ver que pasa.
Saludos